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Más información sobre nuevas normas jurídicas para el sector Empresarial

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El sistema empresarial estatal no se va a subordinar a los ministerios. Foto: Jorge Luís González/Granma.

Directivos del Ministerio de Economía y Planificación y la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo esclarecieron, en conferencia de prensa, varios de los aspectos relacionados con las nuevas normas jurídicas para el sector empresarial.

Para el sistema empresarial estatal la palabra autonomía continúa motivando a transformar y perfeccionar los modos de hacer, al tiempo que mantiene in crescendo la responsabilidad en la realización eficiente del ejercicio económico, en un contexto que se aleja del burocratismo y la verticalidad en la toma de decisiones.

Precisamente, el proceso gradual de cambios emprendidos en el ámbito de las empresas estatales, desde el 2011 hasta la fecha, ha estado dirigido a dar mayor independencia en su desenvolvimiento y ha fijado propósitos muy claros: separar las funciones estatales de las empresariales, incrementar los niveles de eficiencia y organización, así como garantizar que las entidades se recapitalicen y transformar los mecanismos de distribución de las ganancias.

Las nuevas normas jurídicas sobre el sistema empresarial cubano, publicadas este miércoles en la Gaceta Oficial Extraordinaria No.58, significan, al decir de directivos del Ministerio de Economía y Planificación (MEP) y la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo (CPID), un paso más en la concreción de esos objetivos y adecuan la legislación a las políticas aprobadas para la actualización del modelo económico.

Respecto al Decreto No.336, Johana Odriozola Guitart, directora jurídica del MEP, aclaró que no aplica para todas las Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial (OSDE) existentes en el país, las cuales suman más de 80, sino que toma en cuenta las creadas como parte del perfeccionamiento institucional de los Organismos de la Administración Central del Estado y otras que ya existían, pero han sido reestructuradas a partir de ese proceso.

Un elemento significativo, dijo, en función de estas nuevas relaciones, «es que el sistema empresarial estatal no se va a subordinar a los ministerios. Las OSDE tendrán relaciones directas con el resto de los OACE, órganos estatales nacionales y demás instituciones.

«¿Y qué significa establecer relaciones directas? Antes, las OSDE y las empresas, para realizar cualquier trámite con otro organismo, tenían que apelar al ministerio al cual se supeditaban. Hoy (cuando entren en vigor las normas), el presidente de esta estructura de dirección puede dirigirse, directamente, a cualquier instancia.

«Ello, además de tener un efecto en la agilidad de los procesos, tributa a la separación de las funciones estatales de las empresariales. Se trata de liberar a los ministerios de esa gestión diaria referida, en muchos casos, a la administración de los recursos del sistema empresarial estatal».

Estas transformaciones, apuntó Odriozola Guitart, «suponen un cambio de mentalidad importante, pues ya no constituyen relaciones de subordinación, sino de coordinación, orientación y control».

En sus palabras, esto no es un proceso que comienza ahora con el dictamen de la norma, sino que ha venido avanzando como parte del proceso de perfeccionamiento institucional. El MEP, por ejemplo, a aquellos ministerios perfeccionados les define un plan por OSDE. De ese modo, los propios procesos de planificación están más cerca del hecho económico en sí mismo, de la realidad.

De igual forma, luego de reseñar brevemente el contenido del Decreto Ley No.334, y los Decretos No.334 y No.335, Yovana Vega Mato, segunda jefa del Área de Perfeccionamiento a Entidades de la CPID, repasó las facultades que han sido extendidas al sistema empresarial estatal y que anteriormente eran privativas de las entidades en perfeccionamiento.

En ese sentido, enfatizó en la labor de las Juntas de Gobierno, órganos que representan los intereses del Estado en el control del sistema empresarial, y que inicialmente fueron concebidas para la atención de las entidades en perfeccionamiento. A partir del 2012 se aprobó su extensión gradual a las OSDE; ya hoy existen 28 y hay otras 23 en proceso de constitución.

Sus funciones, especificó, consisten en aprobar la proyección estratégica de las OSDE, evaluar la pertinencia del plan de la economía, chequear trimestralmente el cumplimiento de los indicadores directivos y determinar la distribución de utilidades.

De igual modo, Vega Mato llamó la atención sobre el papel determinante de la capacitación de los empresarios, porque hacer uso de mayores facultades implica responsabilidades superiores.

«En ocasiones, las transformaciones no han tenido todo el reflejo que esperamos por lagunas en el conocimiento y preparación de los encargados de llevarlas a cabo a todos los niveles», reconoció. De ahí que esté previsto un proceso amplio de capacitación, que comenzará en febrero y abarcará alrededor de 40 000 directivos en todo el país.

Tanto Yovana Vega como Johana Odriozola coincidieron en la pertinencia de una Ley de empresas, pues las nuevas disposiciones aprobadas resultan pasos intermedios, hasta tanto sea posible resolver otros asuntos que entorpecen la gestión empresarial y que guardan relación con la autonomía financiera de las entidades, la distribución de los recursos y la necesidad de poner fin a la dualidad monetaria y cambiaria.

Las normativas pretenden, en términos institucionales y estructurales, situar a todo el sistema empresarial en igualdad de condiciones, puntualizó Odriozola Guitart, pero en su éxito es determinante la preparación de los cuadros que acometan los cambios, los cuales nos atañen a todos.

Bases programáticas que sustentan los cambios del Sistema Empresarial Estatal

– En abril del 2011, el 6to. Congreso del Partido aprobó los Lineamientos 6, 7 y 15, los cuales orientaban que:
El sistema empresarial se constituya por empresas eficientes, bien organizadas y eficaces; separar las funciones estatales de las empresariales e integrar el Perfeccionamiento Empresarial a las políticas del Modelo Económico.

En abril del 2016, el 7mo. Congreso del Partido aprobó:

– Conceptualización del Modelo Económico y Social Cubano de Desarrollo Socialista.

– Bases del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social hasta el 2030. Visión de la Nación, Ejes y Sectores Estratégicos.

– Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución para el período 2016-2021.

– El Lineamiento 9 especifica: Avanzar en el perfeccionamiento del sistema empresarial, otorgando gradualmente a las direcciones de las entidades nuevas facultades, definiendo con precisión sus límites, con la finalidad de lograr empresas con mayor autonomía, efectividad y competitividad, sobre la base del rigor en el diseño y aplicación de su sistema de control interno; mostrando en su gestión administrativa orden, disciplina y exigencia. Evaluar de manera sistemática los resultados de la aplicación y su impacto.

Elaborar el régimen jurídico que regule integralmente la actividad empresarial.

Principales transformaciones en el Sistema Empresarial cubano (Periodo 2011-2017)

Abril 2013
El Consejo de Ministros aprueba que las empresas, a partir de las utilidades después de impuesto, cumplidos los compromisos con el Estado y los requisitos establecidos, puedan crear fondos para el desarrollo, las inversiones y la estimulación a los trabajadores. Las empresas retendrán hasta el 50 % de la utilidad. Además, la empresa deja de aportar al presupuesto la depreciación y la amortización.

Mayo 2013
Resolución No. 134 del 2013, del MEP. Las actividades económicas que se consignan en el objeto social de cada entidad pueden brindarse a cualquier persona jurídica o natural. La dirección de la entidad decide sobre la realización de actividades secundarias derivadas de la principal definida en el objeto social. Se faculta a las empresas, después de cumplir su encargo estatal, a vender sus excedentes a precios de oferta y demanda.

Noviembre 2013
Comienza, con carácter experimental, el nuevo concepto del Encargo Estatal, que tributa a la ampliación paulatina del mercado mayorista, y faculta a los directores de esas empresas para la venta mayorista a personas jurídicas, una vez cumplidos los contratos, de los excedentes de producciones y servicios seleccionados, a partir de las demandas del mercado, cubriendo todos los costos, gastos y compromisos tributarios.

Diciembre 2013
El Consejo de Ministros aprueba la política y normas jurídicas para el perfeccionamiento del sistema empresarial cubano en el exterior, que tiene como base el Lineamiento 107 destinado a «promover, siempre que se justifique económicamente y resulte conveniente, el establecimiento de empresas y alianzas en el exterior, que propicien el mejor posicionamiento de los intereses de Cuba en los mercados externos».

Marzo 2014
Son expuestos los conceptos básicos que deberán regir en las relaciones del Consejo de Ministros y los OACE, con respecto a las OSDE, a tenor con la necesidad de separar las funciones estatales de las empresariales, aumentar las facultades de las empresas y elevar su responsabilidad en la eficiencia y control de los recursos.

Abril 2014
Entra en vigor la Resolución 17 del 2014, del MTSS, referida al pago por resultados. Además, se establecen otras normativas relacionadas con el precio mayorista para la venta de las producciones que constituyen excedentes del encargo estatal y las nuevas relaciones financieras de las empresas. De igual forma, se definen los niveles de aprobación del plan de las entidades, ahora en manos del presidente de la OSDE, algo que hasta ese momento hacía el ministro del ramo o el presidente del CAP, si la entidadW es de subordinación local. Se modifican el Decreto-Ley 252 y el Decreto 281 del Consejo de Ministros, que rigen el trabajo para las empresas en perfeccionamiento, proceso que en estos momentos se integra a la implementación de los Lineamientos, a fin de lograr empresas más eficientes y competitivas.

Junio 2014
Como parte del trabajo de perfeccionamiento en los Organismos de la Administración Central del Estado (OACE) que realiza la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo, se dio a conocer el Decreto-Ley No. 321 sobre las Misiones de los Ministerios del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera (Mincex), de la Industria Alimentaria (Minal), del Comercio Interior (Mincin), y de la Construcción (Micons). Con este paso, queda refrendada legalmente la separación de estos organismos de las actividades de administración del sector empresarial. Permite, además, una mayor integralidad, coherencia y racionalidad de sus estructuras, lo que aligera los órganos de la administración pública y fortalece a la vez su papel regulador, de control y fiscalización.

Octubre 2014
Se analizaron las propuestas de perfeccionamiento del sistema empresarial del Ministerio de Finanzas y Precios, conocido como Grupo Empresarial Caudal S.A., dedicado a servicios profesionales en el sector financiero, especialmente a los seguros. Está dirigido a dar solución a las dificultades que hoy se presentan y permiten disponer de una organización más fuerte, «que prestará servicios de seguros, avalúos de activos, auditorías, estudios de factibilidad y consultorías, fundamentalmente en la actividad económica y de gestión, con la función de apoyar el desarrollo del sector empresarial y de las formas de gestión no estatales». Estas capacidades también se encaminan a facilitar el desarrollo de la inversión extranjera en el país.

Octubre 2014
Aprobadas las nuevas propuestas relacionadas con las funciones y facultades de las unidades empresariales de base (UEB). Se ratificaron como figuras empresariales a las Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial (OSDE), las empresas y las UEB, y el concepto de que aun cuando tienen definiciones y funciones diferentes, entre ellas existe una relación estrecha de funcionamiento. Ello crea condiciones para organizar un sistema empresarial más eficiente y eficaz.

Abril 2016
Entra en vigor la Resolución 6 del MTSS, que deroga la Resolución 17 del 2014, referida al pago por resultados.

Diciembre 2017
Decreto-Ley No. 334: Modificativo del DL 252/2007 «Sobre la continuidad y el fortalecimiento del Sistema de Dirección y Gestión Empresarial Cubano».

Decreto No. 334: Modificativo del Decreto 281/2007 «Reglamento para la Implantación y Consolidación del Sistema de Dirección y Gestión Empresarial Estatal».

Decreto No. 335: «Del Sistema Empresarial Estatal Cubano».

Decreto No. 336: «Del sistema de relaciones de las organizaciones superiores de dirección empresarial».

Todas estas medidas apuestan al fortalecimiento de la organización, la eficiencia y la eficacia de la empresa estatal socialista.

(Tomado de Granma)

Se han publicado 11 comentarios



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  • Jorge LBB dijo:

    Prodrian informar, cuales son las empresas que operaran en el nuevo sistema empresarial, la Comercializado de Servicios Medicos Cubanos, S.A, esta incluida en el porceso.

    • sachiel dijo:

      que sepamos, esa es una empresa sociedad mercantil de capital100% cubano, lease bien el decreto 334, que las incluye, al igual que las estatales.

  • Roberto Alvarez del Pino dijo:

    Muy buena informacion y definición sobre la autonomía de las actividades empresariales, pero ello implica tambien mas responsabilidad y decision de los dirigentes con vista a ser autofinanciados. Exitos a los que han de enfrentar ésta hermosa tarea con dignidad, humildad y decoro.

  • Edcar dijo:

    Sigue siendo muy poco argumentada esta información. La primera duda es en posición quedan los ministerios y la segunda es si en verdad esa subordinacion directa de las OSDE al Consejo de Ministros mejora los mecanismos de gestión empresarial...no me parece que exista la estructura para hacerlo agilmente.

  • sachiel dijo:

    No veo nada claro la llamada “autonomía y mayores facultades” o el "fortalecimiento de la organización, la eficiencia y la eficacia de la empresa estatal socialista" , para las empresas, estatales o no. Y pregunto. ¿Porque se eliminaron las Uniones y muchos Grupos Empresariales en todo el país, y se convirtieron a muchas empresas a UEBs?

    ¿Porque ahora es necesario volver a crear otros Grupos Empresariales y algunas OSDE (para mí lo mismo, aunque las siglas hagan pensar lo contrario) ¿Porque no se cumple lo establecido en las Leyes de este país sobre facultades autónomas, como por ejemplo el Articulo 123 del Código laboral Ley 116 de 2014:-“Las empresas a partir de las utilidades después del pago de impuestos, cumplidos los compromisos con el Estado y los requisitos establecidos, pueden crear un fondo de estimulación a los trabajadores” (a menos que se considere que el mes 13 sea eso, y sólo eso), y el Articulo 29.1 de la Ley 118 del 2014 de Inversión extranjera: “Las empresas mixtas, las partes en los contratos de asociación económica internacional y las empresas de capital totalmente extranjero pueden ser autorizadas por el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera a crear un fondo de estimulación económica para los trabajadores cubanos y extranjeros residentes permanentes en la República de Cuba que presten sus servicios en actividades correspondientes a las inversiones extranjeras. Las contribuciones al fondo de estimulación económica se hacen a partir de las utilidades obtenidas”.

    ¿Por qué tal autorización, si se cumple con el impuesto al Fisco, y demás obligaciones requeridas? Solicito se haga un Foro debate sobre el tema, más explicativo todavía.

    "Tanto Yovana Vega como Johana Odriozola (dos troncos de juridicas) coincidieron en la pertinencia de una Ley de Empresas, pues las nuevas disposiciones aprobadas resultan pasos intermedios, hasta tanto sea posible resolver otros asuntos que entorpecen la gestión empresarial y que guardan relación con la autonomía financiera de las entidades, la distribución de los recursos y la necesidad de poner fin a la dualidad monetaria y cambiaria." ¿Por qué no se llevó aunque sea un atisbo de Proyecto de dicha Ley a esta sesión de la Asamblea Nacional?

    • EL CONDE dijo:

      ME ENCANTÓ SU OPINIÓN!!!!

  • jpuentes dijo:

    A Yovana Vega Mato: La historia de la capacitación es recurrente y tampoco ha cumplido con las expectativas. Capacitación vs Cultura organizacional. Usted no hace nada con capacitar a un cuadro o directivo si este no está suficientemente preparado tecnica y culturalmente para recibir una capacitación. Eso es crear un circulo viciososo y un costo adicional. Para mí la capacitación no es mas que enmascarar y dilatar la ineficiencia que en muchas organizaciones tienen un mal de fondo y es la incultura de los jefes y directivos para asimilar novedades en las tecnicas de dirección. El 90% de las organizaciones laborales el activo operacional supera y domina el ambiente. No hay tiempo para el analisis economico, la admninistracion eficiente de los RRHHH, la gestión del conocimiento, la estrategia planificada, entre otros. Eso ha llevado a las empresas cubanas a un verdadero campo de batalla: El cumplimiento del Plan operativo, el no deterioro del gasto x peso y que no haya quejas de clientes. Lo demas no es importante. Tal es la realidad. Esto nos lleva a: Capacitar vs. sustituir.

    • EL CONDE dijo:

      MUY ACERTADA SU OPINION!!!!

  • WPG dijo:

    Desde que se implemento los nuevos sistemas empresariales en nuestro pais dando nuevas facultades a los empresarios lo que se ha obtenido es el efecto contrario, pues todo lo relacionado con la economia de las empresas se maneja de forma centralizada, ya que eliminamos a las empresas y las convertimos en UEB eliminado la poca autonomia que tenia el lugar donde se produce

    porque no se establece una verticalidad inversa, o sea las UEB decidir que personas estarn en la empresa y para que y así sucesivamente en todos los niveles y no que ahora todos los niveles de dirección deciden que debe hacer la empresa, que recursos le van a dar , como tiene que pagar, si su utilidad es bala lo cuestionan como es logico pero si es alta tambien es cuestionado y en resumen existen tantas trabas para el sector productivo que es como si todo estuviera en contra del que produce

  • Jaime José Enseñat Martínez dijo:

    Estas aclaraciones son válidas, sin embargo me pregunto el por qué en el momento de redactar estas normas en relación a las OSDE no se tuvieron en cuenta. Esto lo digo ya que según hemos aprendido, lo que está en letra en cualquier legislación es lo que vale, o sea, las OSDE "se subordinan al Consejo de Ministros", ¿como es posible que no son todas?¿entonces cuales son con nombres y apellidos?¿en que se diferencian unas de otras si lo legislado es para todas? Una mera explicación en la prensa no corrige lo que se establece, considero que lo correcto es modificar el concepto que explico através de otra norma modificativa a la anterior. Ejemplo de esto son las OSDE denominadas Grupos Empresariales de Comercio, ¿a quién se subordinan? Al CAP o CM.

  • visorcubano dijo:

    Este tema no puede quedar en el debate electrónico, creo que las preocupaciones, ocupaciones, argumentos y criterios que aparecen en CubaDebate serían de interés prioritario no sólo para el público con acceso a este sitio, sino que debería informarse para que se debata por los parlamentarios en la sesión de la próxima AN del PP de diciembre 2017, porque nuestros representantes contarían con otros puntos de vista que generalmente no se llevan a debate por los que elaboran propuestas desde puestos directivos alejados de la realidad concreta y criterios que por miles se expresan a nivel del pueblo trabajador.

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