Imprimir
Inicio »Noticias, Cultura  »

Ya se puede cantar el ‘Happy birthday’ sin pagar derechos de autor

| 4 |
Marilyn Monroe

La versión más popular de Happy birthday fue la interpretación que Marilyn Monroe dedicó al presidente J. F. Kennedy.

¿Quién no ha cantado alguna vez el Happy birthday, ya sea en inglés o en alguna de sus múltiples adaptaciones en otras lenguas? Y es que pocos cumpleaños se celebran alrededor del mundo sin entonar esta famosa melodía que compusieron las hermanas Mildred y Patty Hill en Kentucky en 1893 para utilizarla en un jardín de infancia.

La primera versión se titulaba Good Morning To All y servía para que los niños se dieran la bienvenida en clase, aunque, con los años, la composición fue derivando hasta la que conocemos hoy en día.

Sus autoras no llegaron a vivir el éxito de su creación, considerada la canción más popular en lengua inglesa según el Libro Guinness de los récords. Warner adquirió el copyright en 1935 y, desde entonces, cualquier fin lucrativo de la canción debía pasar por sus arcas, ya fuera por su uso en películas, vídeos, álbumes musicales... solo se salvaban los cumpleaños familiares.

Se calcula que durante décadas, la discográfica ha ganado unos dos millones de dólares anuales gracias al famoso tema. Dada la inmensa popularidad de la canción y los beneficios que ha generado, no es de extrañar que sus derechos de autor hayan acabado en los juzgados.

Desde esta semana, el Happy birthday se ha convertido en un bien de dominio público. Así lo ha dictaminado un tribunal de Los Ángeles al aceptar un acuerdo que pone fin a una larga disputa jurídica por los derechos de propiedad con el sello Warner/Chappell Music.

El litigio empezó en 2013 cuando un grupo de documentalistas y artistas que pagaron por utilizar el tema presentaron una querella. La cantante Rupa Marya ha liderado la demanda tras recibir una factura de 455 dólares en 2013 por cantar el tema en un concierto el día de su aniversario.

Se le sumó al instante la documentalista Jennifer Nelson a la que la discográfica le pedía 1.500 dólares para utilizar el tema en un largometraje dedicado, precisamente, a la historia de esta canción.

En setiembre de 2015, un juez ya falló a favor de los demandantes y ahora la discográfica ha firmado un acuerdo en el que renuncia definitivamente a los derechos de autor y se compromete a pagar unos 14 millones de dólares por las tasas cobradas.

El fin de los derechos de autor supone un “gran triunfo”, según el abogado de los querellantes Donahue Fitzgerald. “Cántenlo alto, con orgullo y gratis”, celebraba en un comunicado el despacho de abogados Donahue Fitzgerald, que representaba al equipo de la cantante Rupa Marya.

Son muchos los artistas que han cantado bien alto pero pagando esta famosa canción en las últimas décadas. Quizás la más popular fue la interpretación que Marilyn Monroe dedicó al presidente J. F. Kennedy.

Se han publicado 4 comentarios



Este sitio se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social. Recomendamos brevedad en sus planteamientos.

  • Milufer dijo:

    Interesante...

  • AlfredRoland dijo:

    Realmente hay que decir y aceverar que la versión más popular y más sensual de Happy Birthday fue la interpretada por Marilyn Monroe y que dedicó al presidente J. F. Kennedy, realmente es inmejorable, otras actries y cantantes han tratado de hacer versiones similares pero como Marilyn ninguna.

  • EL LUPA dijo:

    En Cuba el derecho de autor es hasta 25 años posteriores al fallecimiento del autor por sus familiares o legatarios , la cancioncita tiene más de 80 años prisionera de la Warner, demandemos los derechos de canciones de autores cubanos que tienen las discograficas norteamericanas compradas a precios de miseria antes del triunfo de la revolución

  • Aroldo dijo:

    Me desayuno esto, cada día se aprende algo nuevo.

Se han publicado 4 comentarios



Este sitio se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social. Recomendamos brevedad en sus planteamientos.

Vea también