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Miércoles y jueves la política tributaria de 2014 en la Mesa Redonda

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mesa redonda

¿Cómo se comportó el pago de los tributos en el país en el 2013? ¿Qué tributos están vigentes en el 2014? ¿Qué orientaciones y sugerencias dan a los contribuyentes?

Acerca de estos temas se tratará hoy en la Mesa Redonda, con la participación de directivos del Ministerio de Finanzas y Precios y la Oficina Nacional de Administración Tributaria.

El jueves se responderán interrogantes de la población. Esperamos su participación por medio de los teléfonos 6 46 59 00, de 9:00 a.m. a 5:00 p.m., y el 8 31 24 84, durante el programa, de 7 a 8 de la noche.

Cubavisión, Cubavisión Internacional y Radio Habana Cuba transmitirán este programa desde las siete de la noche y el Canal Educativo lo retransmitirá al final de su emisión del día.

Se han publicado 23 comentarios



Este sitio se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social. Recomendamos brevedad en sus planteamientos.

  • Rafael Rodriguez dijo:

    El caso de los trabajadores de sucursales que sus gratificaciones son en cuc, al aplicarse la escala en cup los por cientos se elevan considerablemente llegando en casos hasta el 50% siendo muy alto el pago de la declaracion jurada luego de todo lo abonado durante el ano, esto deberia ser revisado , pues esa escala progresiva al aplicarse en cup y no en cuc, resulta mucho el dinero a pagar

  • vox (ppCARLITOS) dijo:

    Randy:
    Algunos de los contribuyentes tenemos Cuenta Corriente en BANDEC para hacer más fácil, seguro y ágil el cobro de los servicios prestados (práctica que creemos muchos se debería de divulgar y por consiguiente generalizar), pero se tiene como inconveniente que a pesar de ya poseer dicho tipo de cuenta, el pago de tributos debe de hacerse en efectivo (por lo general extraer y entregar) y no mediante la comodidad de un CR-09 como lo hacen las empresas estatales en el país. ¿Qué solución de conjunto se podría establecer en este sentido entre el Banco y la ONAT?

    Otra pregunta que no sé si le corresponde a la ONAT responder pero podría tomarse como idea en busca de alternativas viables y comodidades para los contribuyentes.
    ¿Por qué no establecer la comodidad de empleo de Tarjetas Magnéticas en CUP a las personas naturales que poseen licencia de trabajador por cuenta propia y además tienen Cuenta Corriente en el banco? Sería de utilidad y de hecho algo muy cómodo para todos.

    Felicitar el desempeño de la ONAT de Manzanillo en la orientación dada para el pago de los impuestos y la Declaración Jurada.

    • ONAT responde dijo:

      Estimado Carlitos: atendiendo a su sugerencia, le informamos que la ONAT ha venido trabajando con los bancos comerciales en la creación de facilidades de pago a los contribuyentes, que deben ir ampliándose a medida que se vayan creando las condiciones. Entre estas facilidades se encuentran:

      - Las obligaciones tributarias ya pueden ser pagadas en cualquier sucursal bancaria del país.

      - Si el contribuyente tiene cuenta bancaria y tarjeta magnética puede realizar el pago a través de los cajeros automáticos. Este servicio ya funciona en La Habana y se prevé su extensión al resto de las provincias, donde se han ido instalando cajeros en las principales ciudades.
      Hasta el momento se han instalado 526 cajeros en todo el país.

      - Si el contribuyente tiene cuenta bancaria y tarjeta de Telebanca puede realizar el pago por teléfono a través de Banca Telefónica. Este servicio sólo está disponible en La Habana.

      Se trabaja de conjunto con los bancos comerciales para incluir otras vías a partir de las cuentas bancarias de los contribuyentes.

      • ONAT responde dijo:

        Estimado Sherekhan: no entendemos bien su consulta, si usted se refiere a la cuota establecida para el Impuesto sobre ingresos personales por la actividad de bicitaxi, le podemos informar que la Resolución 353 de 2013 del MFP, establece como cuota mínima mensual para el transporte de carga a través de bicitaxi: 40 pesos y para el transporte de pasajeros de bicitaxi: 60 pesos, estas cuotas pueden ser incrementadas por los Consejos de la Administración Municipales(CAM) según lo establecido en la Ley, ahora bien si usted se refiere al Impuesto sobre el Transporte Terrestre le informamos que los bicitaxis no pagan este impuesto, pues está establecido para los propietarios o poseesores de vehículos automotor o de tracción animal.

  • Orestes Rodríguez Alvarez dijo:

    Quisiera hacer una pregunta a los directivos de la ONAT, ¿Por qué si la Asamblea Nacional ha aprobado no aplicar todavía el impuesto sobre el salario, a los profesores se la aplica el 5 por ciento, osea no solo se le aplica el impuesto, sino que se aplica el máximo establecido por la ley para cuando se empiece a aplicar este impuesto?

    • Juan dijo:

      Hasta donde se el impuesto que se aplica del 5% a profesores es por el pago de la seguridad social, no por impuesto sobre el salario

      • Sherekhan dijo:

        No es solo a los profes ,todos los trabajadores pagan un 5% de a la seguridad social.Me parece que antes era 3 o algo así.

  • Jose Luis dijo:

    Quisiera que se tratará de cómo la ONAT controla que los excesivos precios de los mercados agropecuarios a la población sean debidamente pagados, pues con esos precios deben incrementar sustancialmente sus ingresos y en consecuencias las utilidades que los mismos tienen antes de impuestos.

  • Ariel RAMOS dijo:

    RANDY,HACE FALTA HACER UNA MESA REDONDA SOBRE LA LEY DEL CÓDIGO DE TRABAJO APROBADA EN DICIEMBRE EN LA ASAMBLEA NACIONAL Y QUE AÚN NO SE APLICA EN LOS CENTROS DE TRABAJO. ¿POR QUÉ? SI YA ESTÁ APROBADA HACE UN MES.

  • Jorge Jesús dijo:

    Jorge Jesús García Ginard. Cuentapropista de alimentos ligeros en el municipio de Guantánamo.
    ¿POLÍTICA TRIBUTARIA? Y DÓNDE QUEDAN LAS MEDIDAS QUE SE ESTÁN TOMANDO EN ESTE AÑO 2014 QUE PERJUDICA CONSIDERABLEMENTE EL INGRESO DE LOS CUENTAPROPISTAS Y LA PERDIDAS DE ESTA FORMA DE EMPLEO EN ALGUNOS CASOS VEAN UN EJEMPLO EN EL QUE ESTOY IMPLICADO
    En Guantánamo los sábados y domingos se efectúan las denominadas noches guantanamera a todo largo de la más transitada calle del territorio con la asistencia de prácticamente todos los establecimientos estatales que llevan sus productos allí a vender e incluso la cocción de alimentos en sitio y también sucede que cuando una entidad no cumple el plan de venta es normal ver a sus trabajadores por todas las áreas posibles en su gestión de venta amen del cumplimiento del plan; esto nos parece bien a los guantanameros, pero que triste decisión que los humildes de esta sociedad que somos los trabajadores se nos prohíba desde el pasado 20 de enero la venta en nuestros portales y zonas aledañas que no afectan el libre tránsito ni la ornamentación del lugar, es significativamente contradictorio este tipo de abuso del más fuerte para con el más débil y si es por cuestión de urbanidad recuerden que queremos ciudad bella y personas felices y no ciudad bella y personas infelices porque se trata de quitarle su sustento de vida al limitarle su venta al extremo de no alcanzar ni para pagar la seguridad social (Esto está sucediendo en Guantánamo, por doquier policías e inspectores juntos, clara advertencia de prepotencia que pensábamos en nuestra sociedad se había eliminado .Trabajadores como yo y mi esposa nos hemos quedados desempleado por razones obvia de venta, vivimos en una tercera planta y esto nos sucedió a solo una semana de comenzar con nuestro trabajo después de una inversión de 8 000 CUP de dinero prestado por amigos y familia. A todas los órganos estatales involucrado en este problema que nos hemos dirigidos NO dan una respuesta convincente y lo que hacen es pelotearnos de un lugar para otro, concluyo somos muchos los que estamos en esta situación en la más oriental de la provincia y AUNQUE EL TEMA DE LA MESA ES POLÍTICA TRIBUTARIA, PENSAMOS QUE ESTAS MEDIDAS QUE SE ESTÁN TOMANDO AFECTAN ESA FORMA DE CONTRIBUCIÓN SOCIAL.

  • Eduardo dijo:

    El pago del impuesto sobre las gratificaciones en un principio (2008) era de un 10%, tenía cierto sentido, a pesar de que no somos cuentapropistas sino trabajadores estatales, las agencias empleadoras cobran en MLC y nos pagan 2,5% en moneda nacional. Con la tarifa progresiva (2013) cualquiera trabajador que tenga una gratificación de más de 200,00 cuc tiene que abonar el !!!50%!!! de es,su salario real. Esto es absolutamente injusto y muchos trabajadores así lo han planteado, pero nunca hemos recibido una explicación

  • BEATRIZ dijo:

    SOY ARRENDADORA EN DIVISA Y QUISIERA SE ME ACLARARA POR ALGUNA DE LAS VIAS QUE EL ESTADO HA PROPORCIONADO PARA FACILITARLE AL CONTRIBUYENTE LA ELABORACION DE LA DJ. EN LA SECCION F EN LA FILA 42 CON RELACION AL PAGO DEL TRIBUTO POR TASA POR LA RADICACION DE ANUNCIOS Y PROPAGANDA COMERCIAL, QUE ME LLAMA LA ATENCION PORQUE A PESAR DE QUE EL INSTRUCTIVO ESTA ELABORADO CON EL FIN DE AYUDAR EN LA CONFECCION DE LA DJ ES LA UNICA FILA EN TODO EL MODELO QUE TIENE A CONTINUACION ver instrucivo Y CITO EN EL CASO DE LOS ARRENDADORES DE VIVIENDAS, HABITACIONES Y ESPACIOS, PARA REFLEJAR EL PAGO LA TASA POR LA RADICACION DE ANUNCIOS Y PROPAGANDA COMERCIAL (FILA 42)AQUELLOS QUE PAGAN EN PESOS CUC, DEBEN CONVERTIR EL IMPORTE PAGADO A PESOS CUP, SEGUN LA TASA DE CAMBIO VIGENTE, PARA LAS OPERACIONES DE COMPRA A LA POBLACION, FIN DE LA CITA. A CUALES CONTRIBUYENTE SE REFIERE DICHA ACLARACION ES MI DUDA PORQUE DICHO TRIBUTO LO HE REALIZADO EN CUP.

  • jose dijo:

    En 2010 salio en la Gaceta la Res. 386 del Ministerio de Finanzas y precios que establecia la Contabilidad simplificada para las actividades que en esa Res. se decia y los que devengaran más de 50000.00 en el año, luego en la Ley 113 (Ley Tributaria) en el art. 58 se vuelve a confirmar esto, con las mismas actividades y los que devengaran más de 100000.00, la misma no se esta aplicando ¿Por qué?

  • Adrian dijo:

    Pregunta para la ONAT y los organismos competentes. Cuanto se está recaudando? En qué se está invirtiendo ese dinero?

  • Mariano dijo:

    Tengo varias dudas:

    1) Si recibo dinero por remesa tengo que declarar y pagar impuesto ?
    2) Si eventualmente vendo algo (una sola vez) como un refrigerador de uso o un televisor de uso, tengo que hacer declaracion y pagar impuesto ?
    3) Si viajo al exterior temporalmente y regreso con dinero ahorrado (cooperantes y no cooperantes, viajes oficiales, de trabajo o privados), tengo que hacer declaracion y pagar impuesto ?

    Gracias

    PD: Por favor posteen las respuestas en la pagina de la mesa redonda o en cubadebate para los que no podemos ahora verla por television

  • Sherekhan dijo:

    Cual es la tasa de pago del transporte de pasajeros en bicitaxi. Alguien sabe,díganme please.

  • Luis dijo:

    Los cros de la ONAT pudieran aclarar porque los TCP tienen que pagar impuestos sobre los ingresos y no sobre utilidades, aún cuando conceptualmente un negocio es un negocio independientemente de su forma de propiedad, porque ese doble rasero? pudieran explicar también porque las ineficientes empresas estatales pagan máximo 35% de impuestos sobre utilidades mientras los TCP tienen que pagar hasta un 50% en impuestos y sobre ingresos, la Ley tributaria es abusiva con los TCP y limita su gestión y desarrollo, eso sin contar el pago de anuncios, licencias, mano de obra, entre otros. No debería medirse diferente a los TCP y las empresas estatales, a esto deben sumar que los TCP no tiene posibilidades de promoción, no se le reconoce amortización de la inversión ni depreciación de activos, ni el 100% de los gastos aún cuando estos estén debidamente justificados, los TCP no tienen acceso a mercados mayoristas y sus relaciones con la economía estatal es muy limitada, y esta limitación surge de las resoluciones de los propios ministerios que prohiben estas relaciones, aún cuando la ley lo permite. Los trabajadores de ACOREC, que son trabajadores estatales tienen que pagar elevados impuestos por las gratificaciones que reciben, aún cuando el empleador extranjero paga altas sumas a ACOREC de las que el empleado cubano recibe cuando más un 3%, y las gratificaciones no son tenidas en cuenta para la jubilación de estos trabajadores incluso cuando pagan elevados impuestos al país y sus salarios ingresan completamente al Estado, entonces como quedan estos trabajadores. En fin la ley no es justa ni igual para todos, sin contar que la ONAT puede decidir unilateralmente y sin evidencia sólida que X TCP es sub declarante y en correspondencia aplicar altas multas de acuerdo con su propio cálculo, la ley no tiene espacio para la defensa de los TCP. Bajo esas condiciones seguirá la evasión fiscal, y seguirán cerrando muchos TCP, lo que dará al traste con lo que, en teoría, pretenden con la actualización del modelo económico cubano. Las leyes tienen que ser coherentes, lógicas y justas, para que logren su cometido regulador y de disciplina en la sociedad, leyes injustas, faltas de sentido común, como la ley tributaria, solamente conllevan a la indisciplina y la ilegalidad. Yo me pregunto, porque la ONAT no habla de esto, porque la ONAT no habla de las altas cargas tributarias que asfixian a los TCP, porque la ONAT no revisa de conjunto con los TCP cuáles son sus preocupaciones, yo me imagino la respuesta, pero igual sería bueno que la ONAT lo dijera por las claras y así todos entregan sus licencias y se dedican a otra cosa. Por Fvr Cubadebate, no he faltado el respeto y he cumplido con las normas de publicación, les pido que me dejen participar del debate y no me censuren más mis comentarios.

  • Carlitos dijo:

    Reconocemos y hay conciencia sobre la importancia social y económica que tiene el pago de los impuestos, tasas y contribuciones, pero se necesitan determinados ajustes para hacer este proceso más objetivo.
    Los trabajadores que reciben gratificaciones y son empleados de las sucursales extranjeras, hace rato que vienen planteando que se debe revisar la política tributaria, al igual que se hizo con el sector de la cultura, teniendo en cuenta que el salario en moneda nacional que perciben es bajo y representa aproximadamente el 2 % del pago en USD que hace el extranjero a ACOREC por contratar al empleado. En síntesis, el extranjero paga como promedio 800 USD por un empleado y la agencia empleadora de esos 800 USD le paga 400 CUP (pesos cubanos) a ese trabajador. Si a pesar de esto gravan con un impuesto muy alto las gratificaciones, no es correcto.
    Otra cosa, el Ministro de Comercio Exterior dijo en Noviembre en una conferencia sobre la ZED Mariel en la Feria Internacional de La Habana y se publicó un artículo en Juventud Rebelde del día 6/11/2013, que las agencias empleadoras “no estaban para recaudar dinero”, por lo que el 80 % del ingreso que reciben por los empleados debía ser entregado al trabajador y la agencia quedarse con el 20%.
    Cuando aplicarán esto o es solo en teoría.

  • Rachel dijo:

    En el caso de los trabajadores de Sucursales ( Note que no somos trabajadores por cuenta propia, si no empleados de Agencias del estado-empleado estatal con salario en pesos cubanos) desde que fueron autorizadas las gratificaciones en 2008, se estableció el pago del 10% de las gratificaciones recibidas
    Hasta el año pasado se liquidaban los impuestos en el modelo DJ-03 Impuesto sobre ingresos personales en divisa, lo cual si correspondía con la realidad del recibo de gratificación en divisas.
    Este año nos han cambiado para la DJ-08 Impuesto sobre ingresos personales en pesos, lo cual no se corresponde con la naturaleza real del ingreso, pues tendría también que pagar impuesto sobre mi salario?
    Por otro lado y punto más importante, en cuanto comenzó el 2013 muchos nos preocupamos por saber cómo serían los pagos de ese año pues como todo lo habían cambiado y ni las agencias de la ONAT sabían con que porciento teníamos que aportar en nuestra liquidaciones trimestrales hasta que fuimos informados que ahora sería un 5% , lo cual nos pareció muy bueno pues nos habían disminuido un 5%, pero cuál no sería nuestra sorpresa ahora para la confección de la declaración jurada cuando hay que pagar más del 65% de lo que habría de aportar en caso de que se utilizara el modelo anterior. Como es posible que nos hayan disminuido el % a pagar trimestral en un 5% y nos incremente, en más del 50% lo que hay que aportar al final? Pienso que la mayoría de los trabajadores quedarán endeudados o tendrán que pedir prestado para pagar el impuesto pues representan en muchos casos más de 3 meses de gratificaciones lo que hay que pagar.
    Me pregunto si los camareros y demás trabajadores estatales que reciben su salario en moneda nacional y reciben además propinas por su buen trabajo, tiene que pagar impuestos por las propinas recibidas? Pues los trabajadores de Sucursales tienen un salario en moneda nacional que representa tan solo el 2% de lo que le pagan a la agencia empleadora por contratar los servicios del trabajador, por lo que recibimos, en muchos casos, un estimulo o gratificación por nuestra labor, algo muy parecido a una propina pues este monto puede variar y ser mayor o menor según lo determinen.
    Pensamos que como trabajadores estatales, no se nos ha tenido en cuenta a la hora de estos cambios, o existe alguna bonificación o descuento del que no hemos sido informados? Por favor necesitamos alguna respuesta rápida para poder hacer nuestro aporte antes del 28 de febrero y no quedar debiéndole a las 11 mil vírgenes

  • Ramona dijo:

    Quisiera saber cuando nos van a dar respuesta a los trabajadores de sucursales extranjeras sobre la declaracion jurada que se elevó enormemente con la nueva políitica tributaria.
    Deberían tener en cuenta que nosotros pagamos ese impuesto por las gratificaciones que recibidas y que la empresa que nos contrata, -ACOREC- nos paga un salario mensual que oscila entre los 300 y 400 CUP, sin embargo las entidades extranjeras les pagan por nuestros servicios un promedio de 800 CUC mensuales por cada trabajador.
    Con estos datos alguien piensa que los trabajadores como nosotros debemos pagar algun impuesto???
    Pero si asi fuera, deberiamos pagar tambien una declaracion jurada anual convirtiendo las gratificaciones en CUP y elevando la cifra impositiva hasta un 50%????
    Acaso ACOREC no aplicara con los trabajadores de las sucursales extranjeras la nueva resolucion del MINCEX de que al personal contratado debe pagarle el 80% de los ingresos???
    De aplicarse dicha resolucion podriamos hablar entonces de pagar impuestos, mientras tanto no creo que nosotros debamos pagar nada.

    • xavlex dijo:

      Es vergonzoso que aún a esta altura exista un silencio generalizado para este sector. Nadie dice nada ni MFP, ONAT, ACOREC, MINCEX… Acaso no se han dado cuenta que triplicaron los impuestos para este sector. Es verdad que se perciben beneficios por encima de parte de la población, pero solo parte de ella pues hay sectores mucho más grande que perciben mucho más, a los cuales les dan bonificaciones y/o los han liberado de hacer la declaración jurada este año. Nos alegramos por ellos, pero hay que ser justos en al menos dar una respuesta definitiva a las personas de este sector que le triplicaron el impuesto.
      En la Mesa Redonda no se tocó el tema a pesar de los comentarios de Cubadebate. Acaso no ven el pésimo estado de opinión que hay al respecto. Es tan difícil tomar una decisión. Ya no pagábamos lo suficiente antes como para tener que pagar casi la mitad de lo que se percibe. Acaso no gastamos ese dinero, que al final no es tanto, con nuestras familias y amigos en nuestro país como para que se no cobre un impuesto tan alto. No se han percatado que al 50% de la escala progresiva se llega muy rápido. Después en nuestra prensa andamos criticando a otros países por la subida de los impuesto, que si suben, pero en muchos de ellos te bonifican hasta por tener hijos y/o estar casado por ejemplo. Cuando los contribuyentes de otros países se entran que aquí te cobran un 50 % de lo percibido se quedan pasmados. En fin… hay mucha tela por donde cortar, pero por ahora los de este sector exigimos una respuesta.

  • Alex dijo:

    Estoy 100 por ciento de acuerdo con Luis, la ley tributaria es injusta, es bandida, está hecha para exprimirle los bolsillos a los cuentapropistas. Nadie se explica por qué hay que tributar el 10 por ciento sobre las ventas, sí porque el cálculo se hace sobre las ventas, y sin embargo el cuentapropista tiene que sacar de las ventas el dinero que no constituye ganancia como el costo de producción (costo de la materia prima, gasto de electricidad, de gas, ect, ect), el pago de los trabajadores y el pago de los demás impuestos. Esa es la causa por la cual muchos subdeclaran, porque cuando sacan la cuenta no les da la lista con el billete, porque si no lo hacen así van a la quiebra, y a la ONAT nada de eso le importa, ella saca su propias cuentas a como les da la gana, bajo la tutela de dicha ley, y después te meten la puñalada.

  • Alexander Mulet dijo:

    Saludos:
    Mi inquietud es sobre el pago de impuestos durante situaciones en que por razones ajenas a la voluntad del Trabajador por Cuenta Propia se dispone paralizar la actividad laboral que realiza, consecuentemente no tiene ingresos económicos y se le exige que abone el 100 % de los impuestos y contribuciones como si hubiera trabajado normalmente.
    En diciembre de 2013 en el Reparto Lenin de Holguín donde laboro autoridades de Salud Pública dispusieron paralizar 10 días completos la venta de todo tipo de alimento ante un presunto brote de enfermedad digestiva, estuve sin trabajar la tercera parte del mes y al final tuve que pagar un importe por concepto de impuestos que nunca fue proporcional con el tiempo real trabajado y los ingresos obtenidos.
    Según funcionarios de la ONAT para tener derecho a un beneficio fiscal la ley establece que la paralización sea como mínimo de un mes. Considero que debe valorarse la modificación de la ley pues la carga tributaria tiene que ser proporcional con los ingresos del contribuyente, si este se encuentra impedido totalmente para el ejercicio de su actividad laboral no tiene ingresos y si no tiene ingresos de dónde sale el dinero para cumplir con el fisco. No pido que se exonere pero sí de que se disminuya o reduzca proporcionalmente la cuantía a pagar cuando una autoridad competente dispone paralizar 10 días completos una actividad laboral. Todas las personas, sin excepción, con quienes hablo sobre este asunto encuentran razonables mis argumentos pero solo la Ministra de Finanzas y Precios puede modificar la ley. Pienso que si de veras se quiere estimular el Trabajo por Cuenta Propia y coadyuvar a la formación de una cultura tributaria en quienes lo ejercen las leyes tienen que comenzar por ser lo más objetivas y justas posibles.

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