La Comisión Nacional de Béisbol acaba de dar a conocer su circular no. 7 de la actual campaña beisbolera en la que, entre otros aspectos, establece adecuaciones la decisión sobre la presencia de congas en los estadios durante los juegos de la Serie Nacional.

Este acápite de la Circular 7 señala:
1.- REGULACIONES CON LAS CONGAS Y OTROS.
Las congas se colocarán en un área de los jardines derecho o izquierdo, a una distancia de 35 metros a partir de los extremos finales de ambos dogout en dirección al LF y RF. En esas áreas pueden tocar durante todo el juego.En los estadios que no tengan esas condiciones, habilitarán una tarima, de lo contrario tendrán que tocar entre inning.
Se mantiene lo establecido en la circular nº 4 de tocar entre inning a aquellas congas que no quieran ocupar el área de los jardines.