Detalles de las reformas del Código Penal: Envíe sus preguntas a la Mesa Redonda
- Descargue la Reforma del Código Penal: Gaceta Oficial No. 018 Extraordinaria de 25 de junio de 2013 (PDF, 191 Kb)

Foto: Kaloian.
Especialistas del Tribunal Supremo Popular, la Fiscalía General de la República y el Ministerio del Interior, ofrecieron detalles de las modificaciones al Código Penal y la Ley de Procedimiento Penal que, entre otras cosas, reformula competencias de los tribunales populares.
A través del espacio radiotelevisivo Mesa Redonda, detallaron esta actualización —ya vigente a partir del 1ro de octubre según la Gaceta Oficial de la República de Cuba— que otorga mayor coherencia en el sistema de justicia penal de la nación, acorde con las transformaciones acontecidas en el ámbito económico y social del país.
Oscar Manuel Silvera, vicepresidente del Tribunal Supremo Popular, señaló que mediante el Decreto-Ley 310/2013 se amplían las competencias de los tribunales municipales para dirimir los delitos sancionables hasta ocho años de privación de libertad (antes era hasta tres años).
El objetivo esencial es acercar la justicia a las personas implicadas y al lugar donde se cometen los hechos, lo cual favorece la certeza y la celeridad de las decisiones judiciales.
Silvera indicó que se apunta a preservar la tranquilidad ciudadana y al mejoramiento de la calidad del servicio judicial, en tanto se hace más efectivo el cumplimiento de un derecho fundamental como es el acceso a la justicia.
CAMBIOS DEL CÓDIGO PENAL
Los cambios en el Código Penal incluyen la ampliación de la facultad de imponer al infractor multas administrativas, siempre que en la comisión del hecho se evidencie escasa peligrosidad social y las características sociales del infractor, así como que la sanción por un delito no exceda los tres años de privación de libertad o multa de hasta mil pesos, o ambas.
Aclara el Decreto-Ley que para ello siempre se requerirá la aprobación del fiscal.
El coronel Félix Yanes, segundo Jefe de la Dirección General de Investigación Criminal y Operaciones del Ministerio del Interior, manifestó que lo estipulado da la posibilidad de incrementar el trabajo diferenciado con los acusados del delito cuyo marco sancionador es hasta tres años de privación de libertad.
Dicho tratamiento —resaltó— está acorde con el principio humanista promulgado por la Revolución.
Mencionó que para recibir un tratamiento administrativo el acusado debe estar de acuerdo y cumplir las obligaciones que esa medida administrativa demanda. La víctima tiene también la posibilidad de manifestar su desacuerdo con la medida impuesta y debe ser tenida en cuenta por la autoridad que actúa.
Otro elemento a destacar es que en un mismo proceso se pueden tomar diferentes medidas con los comisores (administrativas o penales), dependiendo de su actitud ante la sociedad y las consecuencias de su conducta, precisó Yanes.
NUEVAS ATRIBUCIONES
Rafael Pino, vicefiscal general de la República de Cuba, acotó que ahora las autoridades actuantes como la Policía Nacional Revolucionaria y otras disponen de más facultades, de forma tal que no necesariamente tienen que enviar todos los casos a los tribunales.
Insistió en que se debe contar con la aprobación del fiscal y aclaró que todo esto no implica la generación de un clima de impunidad.
Los oradores comentaron que los profesionales encargados de materializar con eficacia estos cambios en la legislación se prepararon convenientemente.
También se dio a conocer en el espacio televisivo lo estipulado en el Decreto 313/2013 del Consejo de Ministros, el cual establece en qué casos se deben ocupar los bienes relacionados directamente con un delito, y cuáles son las entidades encargadas de recepcionarlos o custodiarlos según sus características y utilidades.
Trascendió que algunos de estos artículos confiscados pueden ser comercializados inmediatamente y aportar al presupuesto del Estado, y en el caso de los vehículos se hizo la aclaración de que pueden estar en depósito hasta seis meses.
Este Decreto resuelve un problema de larga data, porque evita el deterioro de los bienes conservados en lugares por largo tiempo y, en ocasiones, sin las condiciones adecuadas.
Además, se dispone en la norma que una persona a la que se decida devolverle el bien que le fuera ocupado, se le entregue este, uno de características similares en caso de que se haya comercializado, o indemnizarlo financieramente.
Este procedimiento es aplicable a los bienes ocupados en los procesos penales y en los procesos confiscatorios administrativos dispuestos en los Decretos-Leyes 149, de 1994, y 232, del 2003.
La transmisión de hoy jueves se dedicará a escuchar opiniones y responder preguntas que, sobre el tema, realicen los televidentes y radioyentes.
DECRETO 313/13 SOBRE EL DEPÓSITO, CONSERVACIÓN Y DISPOSICIÓN DE LOS BIENES MUEBLES QUE SE OCUPAN EN PROCESOS PENALES Y CONFISCATORIOS ADMINISTRATIVOS
De acuerdo con la naturaleza de los bienes ocupados, los organismos y entidades responsabilizados con su depósito, conservación y disposición son:
- El Banco Central de Cuba: dinero en efectivo, títulos-valores, instrumentos de crédito, oro, plata u otros metales y piedras preciosas, prendas, joyas, alhajas u objetos confeccionados con piedras y metales preciosos.
- El Ministerio del Interior: armamentos, explosivos, drogas ilícitas, cajas de seguridad, alarmas y medios tecnológicos de interés para la seguridad del Estado y el orden interior.
- El Ministerio de Energía y Minas: plantas eléctricas, cilindros de gas licuado de petróleo, combustibles y lubricantes, cables eléctricos de alta tensión y angulares de trasmisión eléctrica.
- El Ministerio de Comunicaciones: equipos y medios de cómputo, de comunicaciones y sus accesorios.
- El Ministerio de Cultura: bienes culturales y obras de arte de valor patrimonial o museable u otros bienes de interés cultural para la nación.
- El Ministerio de Salud Pública: medicamentos, productos y sustancias para la salud.
- El Ministerio de Industrias: vehículos de motor, remolques y semirremolques, cuñas, partes, piezas y accesorios, y cilindros de gases industriales.
- El Ministerio de la Agricultura: animales, producciones agrícolas y forestales, carretas de tracción, carretones, insumos y maquinarias agrícolas, partes y piezas.
- El Ministerio de Comercio Interior: otros bienes no especificados con anterioridad.
Descargue la Reforma del Código Penal: Gaceta Oficial No. 018 Extraordinaria de 25 de junio de 2013 (PDF, 191 Kb)
(Con información de la AIN y de la Mesa Redonda)
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Mi pregunta es: ¿cuando se modificarà en la ley de procedimiento penal el momento en que cualquier persona acusada en Cuba tenga ràpidamente vinculado al proceso un abogado que la defienda?
¿¿¿¿NO CREEN QUE ESTO ES NECESARIO PARA EVITAR ERRORES E INCREMENTAR GARANTIAS?????
COMENTARIO DIFICIL DE PUBLICAR.....
Comentario publicado
No he podido leer la nueva Reforma del Código Penal, pero en mi opinión es que no se puede dejar de ser tan flexible con aquellas personas que roban o matan (si no es en defensa propia), ni aunque tengan un buen comportamiento en la cárcel, porque está demostrado que casi todos los que le han disminuido la sanción por buen comportamiento, lo vuelven hacer.
Otra opinión que tengo es que muchos no deberían ir a cárceles por medidas económicas por que le toque la colateral.
Pienso que el estado tiene que ser severo con la indisciplina y el desorden, porque por ser tan flexible en las leyes(mi opinión), cada día hay más delincuencia y violencia, muchas personas no trabajan no aportan nada a la sociedad y viven mejor que los que trabajamos, y eso todo el mundo lo ve, pero no se hace nada.
Ojalá que mi opinión se lea en la MR, que pienso que se parece mucho a todas las demás opiniones.
TODO LO QUE IMPLIQUE CAMBIO HACIA UNA SITUACION MEJOR ESTARIA PERFECTO. HE VISTO ALGUNOS COMENTARIOS INTEESANTES QUE DEBERIAN SER SOLVENTADOS EN LA MESA REDONDA, PERO MI INQUIETUD ES SIMPLE:
NO CONSIDERAN USTEDES QUE EXISTE UN CONFLICTO DE INTERESES CUANDO UN FISCAL TIENE LA POSIBILIDAD DE ACTUAR COMO JUEZ EN EL MOMENTO QUE PUEDE DETERMINAR LA EXISTENCIA O NO DE UNA CONDUCTA SUSCEPTIBLE DE CONOCIMIENTO DEL TRIBUNAL Y A LA VEZ TIENE LA RESPONSABILIDAD DE REPRESENTAR A UNAS DE LAS PARTES EN EL PROPIO PROCESO ANTE LA INSTANCIA JUDICIAL.
NO CREO QUE SEA JUSTO QUE DICHA INSTANCIA TENGA ESTE PODER, SERÍA MEJOR UN JUEZ DE INSTRUCCIÓN, DEL CUAL LAS PARTES LES CORRESPONDERÍA PROBAR TODOS LOS HECHO, Y SERIA ESTA INSTANCIA LA FACULTADA PARA APLICAR LA NORMA ADMINISTRATIVA O ELEVAR LAS ACTUACIONES A LA VÍA PENAL.
GRACIAS.
Se tiene que tener mano dura con la delincuencia y con los que reciben dinero de EU y se hacen llamar desidente y que afectan la tranquilidad de la comunidad, y que en realidad son mercenario, lo que onstituye un delito en otro país incluyendo a los Estados Unidos.
El trabajo comunitario ¡caramba¡, una figura muy valiosa que no se debe desestimar; e incluso, ser tomada en cuenta, en aquellos, que no hacen por trabajar. tiene un alto poder educativo...
La Mesa muy digerible a la hora de entender los temas, y muy bien por su divulgación...
Necesito el correo de la mesa redonda
No he visto nunca en ninguna publicacion de la gaseta oficial las sanciones con que se castigan a los mentirosos y difamadores.
Que habra sobre eso si existe ?
Bueno quisera tocar un tema qué tendré que ver como lo hago llegar, se trata de la reperesentacion del instruido desde la fase preparatoria de instrucción penal de manera que este esté representado por un abogado que defienda sus derechos desde que cae en instrucción, esto es muy importante, pues hay procesos que se demoran y demoran como si despues de la detencion empiecen a buscar las pruebas y los instruidos no tienen a nadie que los represente con conocimientos de leyes. soy partidario que la exigencia de la justicia en un clima de derecho en todas sus etapas es principio para poder lograrla. El instructor y el fiscal son de una misma parte y la participacion del abogado es , a mi modo, muy pobre y deja descubierto , digo sin amparo a la persona, sometida a interrogatorios, sin ningun conocimiento de sus derechos, donde la coacción, y otras debilidades afloran cuando se trata de cerrar un proceso y esto puede conducir a que se obtenga una confesion no real y por demas injusta.
UN TEMA IMPORTANTE A ABORDAR POR LOS PANELISTAS ES LOS CASOS DE INEJECUCIÓN DE SENTENCIAS FIRMES DE LOS TRIBUNALES, FUNDAMENTALMENTE EN MATERIA CIVIL, PUES SON NOTORIOS LOS CASOS DE DENUNCIAS PÚBLICA INCLUSO POR LA PRENSA QUE NO HAN TENIDO RESPUESTA DE CIUDADANOS CON SENTENCIAS DE TRIBUNALES COMPETENTES QUE AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS NO HA EJECUTADO O HAN DILATADO ILEGALMENTE.
Las medidas aprobadas facilitan los procesos, pero creo que la preocupación mayor del pueblo radica en las bondades del sistema legal cundo se rebajan condenas por buena conducta a personas que han cometido asesinatos y robo con fuerza en viviendas y personas.
Cuántos se han reeducado en realidad?
ME GUSTARIA SABER POR QUE , A LOS CUADRO DE LAS DIFERENTES ENTIDADES EN LA PROVINCIA ,AL APLICARLE MEDIDAS EN OCASIONES SON MUY LEVES Y EN OTRO CASO ES SACARLO ,DE UN PUESTO Y PONERLO EN OTRO HASTA EN GRAN MEDIDA MEJOR . LOS LLAMDO CUELLO BLANCO ,QUE SON TAN CRIMINALES COMO UN DELINCUENTE COMUN.
A estas alturas, deben incluirse en el Codigo los delitos de fraudes con tarjetas de credito. No hay nada legislado para esto.
Una persona paga una semana en el mejor hotel de Varadero con una tarjeta robada, en el hotel consta que es un cubano, con carnet de identidad, direccion y firma en la tarjeta de registro, y no pasa nada. Claro despues repite e invita a sus amigos.
no entiendo nada por una parte se llama a combatir las ileglidades y los delitos y la corrupcion,la inmdisciplina social etc por otra se flexibiliza , entonces de que estamos hablando, la policia esclarece un hecho delictivo ,un robo con fuerza un asesinato y otros peligrosos y graves y a los dos o tres años el delincuente esta en la clle en libertad condicional acabnado con la gente honrada y desente ,como expreso el periodista Jose A Rodriguez en una mesa redonda la gente buena se siente desprotegida, esos delincuentes en la calle casi siempre que se produce un hecho delictvo esta involucrado un recluso en libertad condicional. eso lo dicen el laTV en el programa tras la huella como hay casos donde se vinculan reclusos liberados antes de cumplir la sancion por una buena conducta en el penal,eso lo saben los delincuentes por eso la buena conducta,
Como es eso que la policia puede sancionar sin la nesecidad de mandar a la persona a tribunal alguno.cuando en los trbunales es donde se determina si el ciudadano es culpable o no.por que puede haber acbitrariedad.nadien es culpable hasta q un tribunal lo dictamine.
¿Puede un ciudadano cubano establecer una demanda contra una entidad u organismo de la Administración Central del Estado por daños y prejuicios?
EL DOCUMENTO DICE
"Además, se dispone en la norma que una persona a la que se decida devolverle el bien que le fuera ocupado, se le entregue este, uno de características similares en caso de que se haya comercializado, o indemnizarlo financieramente"
PERO NO SE ACLARA EN BASE A QUE SE FIJARÁ EL PRECIO DE LA INDEMNIZACION, SI ES AL PRECIO ESTATAL, O AL QUE LO ADQUIRIÓ EL CIUDADANO. ADEMAS NO SE ACLARA SI SE PRECEDERÁ IGUAL EN CASO QUE EL BIEN HAYA SUFRIDO DAÑOS POR EL TIEMPO RETENIDO.
Estoy muy de acuerdo con los cambios realizados en el Código Penal y considero son necesarios en la sociedad actual que vivimos. Quisiera conocer si se previó una nueva impresión del Código Penal y la Ley de Procedimiento Penal con estas transformaciones actualizadas, ya que son estos los instrumentos esenciales en materia de Derecho Penal para los juristas.
Estoy seguro que primero se debe analizar la disciplina y conducta dentro de la PNR , de los oficiales de menor rango los cuales casi siempre violan principios 'eticos , comenzando con ignorar una pelea en un 'omnibus , en vez de poner orden y, en los casos mas peligrosos abusar de los cargos que posean, lo digo por experiencia propia pues tengo una vecina que tiene a un cunnado el cual es tte de la policia del cotorro y numerosas veces lo ha denunciado por vivir dentro de su casa en un cuarto ilegal, cuantos moralidad se ha dejado caer , si en vez de los otros companneros de este hombre indecoroso y sus jefes no hacen nada ante una ilegalidad inminente, solo por que es policia.
Coincido completamente con el periodista entrevistado la semana pasada en la mesa redonda, si la policia y otras autoridades no responden a los necesidades y derechos de la poblacion , esta ultima terminara desgraciadamente culpando a los jefes de la revolucion los cuales ni tienen culpa y estoy seguro si conocen de las atrocidades que muchas autoridades hacen la historia fuera bien distinta.
Luchemos por una Revolucion sustentable y un futuro mejor , con el apoyo de todos ES POSIBLE.!!
Miriam Ribas
ESTOY DEACUERDO CONTIGO, EL TRABAJO COMUNITARIO DEBE SER MUY EDUCATIVO Y ENSEÑAR A LA GENTE A CUIDAR EL TRABAJO DE LOS DEMAS.
Mi pregunta va dirigida al panel de la mesa redonda aprovechando la presencia de el Vicefiscal de la República de Cuba, ¿Usted conoce que en Cuba se está violando desde el mes de Abril del 2013 el DL-292 que faculta a tres ministerios para hacerlo cumplir y no se han tomado medidas con los infractores?. Si usted no conoce lo anterior y no ha accionado para que las leyes de nuestro país se cumplan, ¿Ud me podría responder si tendría su Ud. y su organismo, la fuerza moral para aplicar el DL-313/2013?.
Espero no me censuren estas dos preguntas, es una costumbre habitual de Cubadebate, censurar lo que no quieren escuchar.
MUY JUSTO EL COMENTARIO DEL ABOGADO HENRRY, ADEMAS CREO QUE SE DEBE REVISAR LO DIFICIL QUE ES HACER EJECUTAR UNA SENTENCIA FIRME, DICTADA POR UN TRIBUNAL, CUANDO EL QUE DEBE CUMPLIR LA SANCION ES UNA ENTIDAD ESTATAL. TENGO UN AMIGO QUE EL TRIBUNAL FALLO A SU FAVOR FRENTE A VIOLACIONES DE VECINDAD DE UNA DEPENDENCIA DEL MINISTERIO DE EDUCACION EN SANTA CLARA, YA HAN PASADO CERCA DE 2 AÑOS DE ESA SENTENCIA, SE HAN REALIZADO MAS DE 20 COMPARECENCIAS EN EL TRIBUNAL Y VISITAS AL LUGAR DEL CONFLICTO, SE HAN HECHO COMPROMISOS SIN CUMPLIR Y EL TRIBUNAL MUNICIPAL DE SANTA CLARA NO ENCUENTRA LA FORMA DE HACER CUMPLIR SU FALLO.
Estimado Randy
Lo que hace falta es acabar con la impunidad. Hay que acabar de sancionar a todos los corruptos, infractores, ilegales, especuladores y a todos los que están acabando con nuestra sociedad y torciendo a las personas decentes. Hasta cuándo tanta impunidad. La gente hace lo que le da la gana en plena calle y no hay policía, ni funcionario, ni inspector que actúe. Nos desgatamos exponiendo ejemplos, dando opiniones. Ya todo el mundo sabe lo que pasa y lo que hay que hacer. Pero como no se actúa, sigue todo igual. Pongo ejemplos: En Infanta, frente a Radio Progreso, se realizan trabajos de arreglos de cremallera hasta con el uso de adolescentes y no pasa nada.
En las guaguas, los choferes siguen apropiándose de parte del pasaje, Tocan el claxon hasta por la madrugada, frente a hospitales, solo para saludarse. Permiten fumar y fuman. Permiten tomar y en ocasiones hasta adolescentes bailan en ella y además sigue poniendo música, alta o moderada, pero molesta. Y nada pasa. Con una simple circular la administración de los paraderos pudieran poner coto a esto. Pero nada.
En el agro los bandidos ganan exorbitantes cantidades de dinero hasta violando la ley y nadie protege a consumidor ni al pueblo que trabaja o es jubilado. Entonces qué va a hacer la ley. Basta de palabras, de leyes, todo está escrito. Hay que aplicar. Qué hacen los policías, los investigadores, los inspectores, los administradores. Casi nada. Saludos, Julio.
¿Cómo obtengo las gacetas, los decretos, etc. en formato digital cada vez que salgan? Por favor alguien me recomiende. Grasias.
ESTA MUY BUENA LA MODIFICACION QUE SE HA HECHO AL CODIGO PENAL Y A LA LEY DE PROCEDIMIENTO PENAL, YA QUE CONOZCO QUE EN VALLE GRANDE HAY DETENIDOS QUE LLEVAN MAS DE UN AÑO Y NO SE LE HA CELEBRADO JUICIOS NI SE LE HA PERMITIDO FIANZAS Y CUANDO SE HAN ELEVADO LOS EXPEDIENTES HAN SIDO DEVUELTO POR LA FISCALIA POR FALTA DE ARGUMENTOS
Y ME PREGUNTO? SINO HAY ARGUMENTOS PORQUE LOS MANTIENEN DETENIDOS?
PORQUE SINO HAY ARGUMENTOS LA FISCALIA NO SE PRONUNCIA Y LOS PONE EN LIBERTAD BAJO FIANZA O SE LE APLICA UNA MULTA?
AL SER DEVUELTO LOS EXPEDIENTES, COMO EL PAPEL AGUANTA TODO LO QUE SE LE PONGA, PUEDEN INVENTAR PARA QUE ACEPTEN EL EXPEDIENTE Y SEGUIR PERJUDICANDO A LOS DETENIDOS
REVISADOS MUCHOS DE LOS COMENTARIOS APARECIDOS EN LA RED, ES INNEGABLE NO SOLO ESTA MESA REDONDA SINO OTRAS MÁS PORQUE LOS TEMAS VINCULADOS AL DERECHO PENAL, CIVIL Y FUNCIONAMIENTO DE LA FISCALIA, LOS TRIBUNALES Y LA POLICIA MERERECEN SER ATENDIDOS CON URGENCIA DADA LA MAGNITUD Y SENSIBILIDAD DE LOS ASUNTOS. ESTO EVIDENCIA LA NECESIDAD DE MAYOR TRANSPARENCIA INFORMATIVA DE LOS OACE EN SUS FUNCIONES Y EN IR DOTANDO A LA CIUDADANIA DE LOS INSTRUMENTOS LEGALES PARA SOLICITAR Y EJERCER SUS DERECHOS QUE MUCHAS VECES NO EJECUTAN POR FALTA DE CONOCIMIENTOS Y LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE ACTUEN COMO TALES NO COMO DIOSES SENTADOS EN EL OLIMPO.
Que deberían tener en cuenta para modificar el codigo penal???
1) Una persona vale mucho más que una vaca, caballo, etc (Una sentencia por matar 100 vacas no debe ser la misma ni mayor que por asesinar a una persona).
2) Tolerancia CEROOO con los conductores ebrios en la vía.
3) Aquel que mata a otra persona debe CUMPLIRRR (no vascilando en granjas al aire libre) no menos de 30 años y eso para no darle el placer de la pena de muerte.
4) El caso de los bronqueros y problematicos que salen a las fiestas solo a buscar problemas deben aumentarle el monto de las multas asi como los reincidentes carcel sin probabilidad de fianzas.
5) El caso de las personas que elaboran o venden alimentos que perjudican las salud: ejemplo las frutas y vegetales madurados con productos.
6) Las personas detenidas no deben estar más de 3 días para que lo suelten o lo condenen.
Lo que tiene que hacer es cumplir con las leyes y se dejen de tantas disposiciones, resoluciones, cartas circulares, instrucciones, reglamentos o cuantos inventos o enmiendas que le realizan a cada una de las leyes que dicta el gobierno que al final todas las violan o hacen lo que mejor que le venga en gana o le convenga
Agradeciendo la posibilidad de Cubadebate de plantear dudas en cuanto al sistema penal cubano quisiera aprovechar la oportunidad para preguntar si se ha tenido previsto o pensado en algún momento crear algún órgano neutral, por decirlo de alguna forma, al que pueda el ciudadano dirigir sus reclamaciones legales que no sea la fiscalía que actúa como juez y parte y por supuesto si son ellos los que se equivocan pues les será más díficil reconocerlo.
Espero se entienda la duda. Un saludo fraterno
yo pienso que hay que tener mano dura con los que cometen delito de asesinato y violación no darle unos añitos y ya porque cuando salen , como salen tan rápido no han aprendido la lección y los vuelven a cometer
Hoy estamos envueltos en una lucha contra las ilegalidades y las indisciplinas sociales, insistimos en todos los debates públicos sobre el tributo al fisco, abogando por una contribución de impuestos honesta y adecuada. Todos tenemos que responder ante lo que nos corresponde como ciudadanos, Ahora pregunto ¿Qué responsabilidad tiene el Gobierno, que es quien cobra todos los impuestos ante los ciudadanos? Un ejemplo concreto, si yo tengo un accidente de tránsito y alguien muere por imprudencia tengo que responder ante la sociedad por el daño causado, pero que sucede. Si el que se muere soy yo al caer en uno de los tremendos huecos que hay en las calles y avenidas de nuestro país, mucho más acentuados en los pueblos del interior. ¿Quién es el responsable? ¿Cuál de las empresas municipales o provinciales que tienen la responsabilidad del mantenimiento de las vías, tendrá la obligación de indemnizar a mi familia? Solo es un ejemplo de las verdaderas modificaciones del código penal que hay que escribir con nombres y apellidos como mismo se hizo con los objetos incautados en un delito, que llevaría a un verdadero Estado de Derecho. Es solo un ejemplo, cómo mismo lo es la sal que llega con piedra a la bodega y la Shopping no y nadie es responsable, los equipos que se nos dañan en las casa cuando cae una descarga eléctrica por la poca protección que tienen nuestras redes eléctricas y nadie es responsable, como nadie es responsable del mal alumbrado de las calles causa de atracos y robos, etc., etc. etc. … No podemos mesclar las cosas. Las conquistas alcanzadas por esta revolución en materia social en más de 50 años, Educación y Salud gratuitas, etc, no pueden eximir la responsabilidad jurídica y social que tiene el Gobierno ante cada hecho que lo incluya, escusados en la gran mayoría de los casos en problemas económicos y del Bloqueo. La ley tiene que ser pareja para todos.