Imprimir
Inicio »Noticias  »

Personas naturales podrán importar equipos electrodomésticos y ciclomotores

| 82

aduanaUna nueva disposición de la Aduana General de la República de Cuba, publicada hoy en la Gaceta Oficial, en edición extraordinaria, autoriza la importación sin carácter comercial y por personas naturales*, de equipos electrodomésticos y ciclomotores eléctricos.

La Resolución 143, de mayo de 2013, establece la entrada al país de estos artículos, siempre que su valor, cantidad y requisitos técnicos se correspondan con los límites establecidos en la legislación vigente.

Podrán importarse, solo en cantidad de dos, acondicionadores de aire de cualquier tipo, si su capacidad no excede de una tonelada; y cocinas y hornillas eléctricas (las vitrocerámicas de inducción) de diferente modelo y cuyo consumo no pase de los mil 500 watt.

Se suman refrigeradores del hogar, freezer y otros equipos eléctricos, como duchas, freidoras, calentadores de agua, planchas domésticas, tostadoras de pan y hornos microonda, estos últimos de cualquier tipo y con un consumo no superior a los dos mil watt.

Cada persona natural puede entrar al país hasta dos ciclomotores eléctricos, con partes y piezas, siempre que su velocidad máxima no supere los 50 kilómetros por hora y la potencia del motor no exceda de mil watt.

La Resolución 143 define, además, que los recursos de reclamación iniciados antes de la entrada en vigor de esta normativa, y aún no concluidos, se regirán por lo dispuesto en la presente.

*PERSONA NATURAL

Son personas naturales todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición y que tiene responsabilidad ilimitada, es decir responde por sus actos por la via civil y/o con indemnizaciones según el caso que se dé.

Las personas naturales tienen, por el solo hecho de existir, atributos dados por el Derecho.
La persona desde el punto de vista jurídico tiene muchos atributos como lo son el nombre, el domicilio, la nacionalidad, etc.

Todas las personas poseen un patrimonio que es inalienable, es decir, que no se puede separar de su dueño, el cual puede contraer nuevas obligaciones o derechos y ser cedidos entre unos y otros pero el patrimonio continuara vinculado indefinidamente a la persona mientras subsista, el patrimonio es lo único que las personas nunca pierden sea cual sea.

PERSONA JURÍDICA

Persona jurídica es la que esta constituida por papeles, es decir escritura pública o formato de constitución, tiene responsabilidad limitada, es decir responde por obligaciones solamente por la vía monetaria con indemnizaciones.

Se llama persona jurídica a un ente de creacion legal, ficticio, capaz de contraer obligaciones y ejercer derechos y de ser reprepresentada judicial y extrajudicialmente. Las personas jurídicas tienen en su historia varios nombres y han atravesado por diversas etapas, bien sean estas teóricas o prácticas. El nacimiento de esta institución tiene lugar en Roma, y específicamente en el derecho romano, donde los primeros Peritos y Pretores le dan nacimiento jurídico a una institución que sin saber perduraría por decenas de siglos y aún dos mil años después seguiría hablándose de ésta y perfeccionándose en el sistema jurídico.

(Con información de ACN)

Se han publicado 82 comentarios



Este sitio se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social. Recomendamos brevedad en sus planteamientos.

  • Lolita 2 dijo:

    Muy bueno

  • shylpheed dijo:

    hola

    por favor posteen el vinculo para la descarga de la resolucion

    saludos

  • gilberto dijo:

    que Buena noticia!

    yo vivo en Miami, soy persona natural? o persona artificial?

    como se aplica el termino de persona natural?

    • Elsy dijo:

      Eres una persona natural!

    • Vee dijo:

      Es ironia o no lees el articulo completo.Cómo es posible que no sepas QUE SI ERES UNA PERSONA NATURAL.No obstante te transcribo textualmente :
      Son personas naturales todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición y que tiene responsabilidad ilimitada, es decir responde por sus actos por la via civil y/o con indemnizaciones según el caso que se dé.

    • joaquín rivery dijo:

      Natural, so bobo

    • mario rodriguez dijo:

      Su pregunta ya esta en el articulo.Lealo y se dara cta. que ese es un termino juridico , que lo diferencia a Ud. como persona, de PERSONA JURIDICA que son organizaciones , compañias, etc.

    • Ralph dijo:

      un pokito gilipollas diria yo!!!

  • shylpheed dijo:

    here

    http://www.gacetaoficial.cu/pdf/GO_X_014_2013.rar

    saludos

  • barbarita dijo:

    muy buena esa noticia, pero necesito que me expliquen el pago en el aeropuerto cubano , ejemplo: de 1 ciclomotor

  • freddy dijo:

    Saludos, De donde se puede descargar?

  • pelopelo dijo:

    al fin

  • el tigre dijo:

    la medida muy buena ....esto ayuda a que las personas que viajan de una forma u otra puedan traer este tipo de productos para familiares y amigos que por un motivo u otro no lo pueden hacer sin fines de lucro.. estas medidas es bueno que se publiquen con fuerza para que sea de dominio de toda la poblacion ,para evitar los fenomenos que se ven en las aduanas que causan muchas molestias a los viajeros que al final son los victimas de esas irregularidades ...sldos

  • lolita dijo:

    ya era hora¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡

  • Diana dijo:

    y los precios a pagar en la Aduana, .. están púlicos en la gaceta??? lo tiene público el sitio de la Aduana??

  • Marcel dijo:

    Muy buena la medida, ahora falta que Cubana nos ayude con el tema del sobre peso. Saludos

  • Albin dijo:

    que buena decicion, poco a poco nuestro pais se habre paso, y nuestro pueblo, un dia seremos libres para hacer nuestras propias empresas y crecer nuestra economia, pero poco a poco

  • Eduardo Araya de Leòn dijo:

    no he podido leer el documento original pero por lo leido en este artìculo no me queda claro si se puede importar un ciclomotor que no sea elèctrico, por ejemplo, una bicicleta con motor de combustiòn que alcanza aproximadamente 40 km/h
    saludos

  • Cubano dijo:

    Y las computadoras???

  • yaimara dijo:

    Cuando se habla de persona natural,por favor expliquen cual es una persona natural.saludosss

  • M3r (Méx) dijo:

    super bien!!! eso es una fabulosa noticia....siempre era un temor traer algo y saber que te lo podian quitar en la aduana.
    ahora, se tiene que pagar algo???

  • Pecas dijo:

    PERSONA NATURAL SOMOS TODOS NOSOTROS, porque personas jurídicas son las empresas, estatales, mixtas etc.Lo que tienen que fijarse si en la Resolución dice residentes o no residentes en Cuba.

  • Pecas dijo:

    Bueno la resolución no define si debes ser residente o no, así que es para todo el mundo siempre que no sea representando a una empresa.
    En su primer resuelvo dice: Autorizar la importación sin carácter
    comercial por personas naturales, de los equipos
    electrodomésticos y ciclomotores eléctricos siempre
    que su valor y cantidad se correspondan con los
    límites establecidos en la legislación vigente.
    Sin carácter comercial significa que no se puede traer más de 2 y en los límites establecidos, que estará dentro del peso establecido y el valor que creo que es hasta 1000.

    • coulson dijo:

      esta barbaro saludos

  • sarah dijo:

    que bueno pero tengo una duda cual es el impuesto por articulo que me digan por fa

  • gilberto dijo:

    Gracias Pecas

    tiene sentido, si la resolucion no establece diferencias entre personas nacidas en Cuba, es porque esto aplica a todos, donde sea que residan.

    es excelente

  • Varadero dijo:

    Sitio de la descarga Gaceta Oficial

  • Rodolfo Duran dijo:

    Tengo un ciclomotor electrico ECO Hace varios años, es una maravilla para gestiones dentro de la ciudad, nunca he tenido que tocarla por defectos, ecologica, rapida, muy practica ya no se lo que es un Bus,aunque no se debe olvidar la visicleta que te mantiene en forma.

  • Iri dijo:

    Muy buena esta noticia, pero quisiera aclararan, si casi todos los ciclomotores que son de 450-800 Wat, en su pizarra dicen 60 ó 70 Km/h, y lo que realmente caminan son 30 ó 40 Km/h,probado eso ya, y que al parecer es el diseño del fabricante, que pasaría con su entrada si eso es así. Alguien puede explicarnos.
    Muchas gracias

  • severe dijo:

    muy buena medida, eso ayudara mucho sobre todo en la transportacion

  • julian dijo:

    Buenos días.
    Mire usted. ¿Serían tan amables de decirme cuanto peso pueden tener estos ciclomotores, y cuál sería el precio y la forma de enviarlos?
    Saludos cordiales
    Julián

  • GAVIOTA dijo:

    Muy buena noticia,hace falta que las lineas aereas permitan un poco mas de exceso de equipaje a los pasajeros, pues estos se ven limitados con una sola maleta.

  • yaquelín gonzález dijo:

    Buenísimo

  • JavierG dijo:

    Según la gaceta cuestan 200 pesos. (página 5 del documento enlazado por @shylpheed)

  • El Opinador dijo:

    LOS CAMBIOS VAN AVANZANDO Y ABRIÉNDOSE PASO. CADA DÍA LE QUEDAN MENOS ARGUMENTOS A LOS IGNORANTES Y/O MALINTENCIONADOS.

  • Erikson dijo:

    Y porque no los ciclomotores de combustion interna y hasta un carro?

Se han publicado 82 comentarios



Este sitio se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social. Recomendamos brevedad en sus planteamientos.

Vea también