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Entra en vigor actualización de la política migratoria cubana

En este artículo: Cuba, Ley Migratoria, Migración
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ley-migratoria_cuba_20121Sergio Alejandro Gómez

Con la entrada en vigor hoy de la actualización de su política migratoria, Cuba dio un paso más para lograr que los movimientos migratorios sean de forma legal, ordenada y segura, así como para fortalecer su relación con la emigración, bajo el principio de que son medidas aprobadas por decisión soberana del Estado y no responden a presiones ni imposiciones de nadie.

La Dirección de Inmigración y Extranjería (DIE) del Ministerio del Interior tiene "todas las condiciones creadas" en las 195 oficinas del Carné de Identidad y de Inmigración y Extranjerías habilitadas en el país para brindar los servicios establecidos en el Decreto-Ley 302 del 11 de octubre del 2012, modificativo de la Ley No. 1312 "Ley de Migración", del veinte de septiembre de 1976, y los Decretos y resoluciones complementarios, aseguró a Granma el coronel Lamberto Fraga Hernández, segundo jefe de la DIE.

Estos servicios incluyen las solicitudes de pasaportes corrientes y sus prorrogas, así como la actualización de los pasaportes corrientes que se encuentren vigentes y hayan sido expedidos antes del 14 de enero del 2013 a favor de los menores de 18 años de edad y de los declarados incapacitados, las cuales deben realizarse en los establecimientos correspondientes al domicilio del solicitante.

Mientras, las solicitudes de residencia en Cuba y las prórrogas de estancia en Cuba de emigrados cubanos y de extranjeros que se encuentran de visita en el país, al igual que las solicitudes de cambios de clasificación migratoria de extranjeros, continúan tramitándose en las oficinas de Inmigración y Extranjería.

El coronel Fraga reiteró que, según la legislación migratoria vigente, los titulares de pasaporte corriente no requieren permiso de salida del país ni carta de invitación.

PASAPORTE: GARANTÍA DE DERECHOS EN EL EXTERIOR

El pasaporte cubano, que constituye el documento básico para los movimientos internacionales, es válido por 2 años, prorrogable por igual término hasta una vigencia total de 6.

Para la obtención de ese documento los solicitantes deben llevar consigo solo su carné de identidad. En el caso de los menores de 18 años y de los incapacitados, además del documento de identidad, se deberá presentar la autorización para recibir pasaporte de sus padres o representantes legales, formalizada ante un Notario Público del Ministerio de Justicia. Se recuerda —precisó— que en los casos donde uno o varios padres o representantes legales se encuentren en el exterior, la autorización se puede formalizar ante una oficina consular cubana. Asimismo, si se da la situación de que uno o ambos padres hayan fallecido, se debe aportar la Certificación de Defunción que lo acredite. También se prevé la presentación de la prueba documental cuando uno de los padres haya sido privado de la patria potestad o se le haya suspendido.

Respecto a los varones comprendidos entre el 1 de enero del año en que cumplen 17 años, y el 31 de diciembre del que cumplen 19, así como los mayores de esta edad que hayan sido informados de que serán reclutados, deberán concurrir antes de viajar al Comité Militar Municipal donde se encuentran inscritos, ya que están sujetos al cumplimiento de las disposiciones sobre la prestación del Servicio Militar.

En todos los casos, en las oficinas de trámites migratorios habilitadas se verificará, como establece la legislación, que la persona no esté comprendida en alguno de los supuestos previstos en el artículo 23 de la Ley de Migración que limitan la obtención del pasaporte.

De no existir ninguna razón —como debe ser en la mayoría de las ocasiones, detalló Fraga— se iniciará el trámite de expedición del pasaporte; de lo contrario, el solicitante recibirá la información y la explicación que le permita dar los pasos requeridos ante la autoridad que lo dispuso.

En este mismo sentido, la DIE precisa que los mayores de 18 años de edad no tienen que solicitar la actualización de sus pasaportes corrientes, pues estos fueron actualizados de oficio y podrán ser utilizados para viajar siempre que posean las visas requeridas.

Durante la inspección migratoria en los aeropuertos, las autoridades vuelven a comprobar que la persona que se dispone a viajar, aunque ya posea su pasaporte, no haya incurrido en alguno de los supuestos limitantes para abandonar el país que establece el artículo 25 de la Ley de Migración.

Algunos de los motivos por los cuales se negaría la salida del país serían estar sujeto a un proceso penal, tener pendiente el cumplimiento de una sanción penal o medida de seguridad, tener obligaciones con el Estado cubano o responsabilidad civil, carecer de la autorización establecida en virtud de las normas dirigidas a preservar la fuerza de trabajo o el incumplimiento de los requisitos exigidos por la ley, razones que coinciden con las establecidas en el artículo 23 para la negación del pasaporte.

En este sentido, los titulares de pasaporte corriente expedidos con anterioridad al día 14 de enero del 2013 deberán tener en cuenta si están sujetos a alguno de estos supuestos, antes de realizar gestiones de compra de pasajes y presentarse en los aeropuertos para viajar, a fin de evitar inconformidades y molestias innecesarias en la frontera.

PROTEGER LA REVOLUCIÓN, SU CAPITAL HUMANO Y PROMOVER UNA MIGRACIÓN LEGAL, ORDENADA Y SEGURA

Como recoge el propio Decreto-Ley 302, el gobierno de los Estados Unidos ha utilizado históricamente su política migratoria hacia Cuba con fines de hostilidad, subversión y desestabilización, y contra los intereses legítimos de nuestro pueblo y de la propia emigración cubana; y ha alentado, mediante la Ley de Ajuste Cubano y la Política de Pies Secos-Pies Mojados, la emigración ilegal e insegura que ha provocado pérdidas de vidas humanas; la comisión de actos delictivos violentos, la obstaculización de la cooperación médica internacional y el robo de cerebros con objetivos políticos.

Asimismo, desde la aprobación de la Ley Helms-Burton en 1996, los incidentes relacionados con la migración ilegal constituyen motivo de intervención estadounidense, por lo que este tema forma parte de la Seguridad Nacional de nuestro país, refiere Fraga y añade que las salidas ilegales, promovidas y auspiciadas por EE.UU., constituyen un riesgo para la vida de los ciudadanos cubanos.

Esos motivos, según uno de los Por cuanto del Decreto-Ley 302, obligan a establecer, a la par de las medidas de flexibilización, determinadas regulaciones que limiten los efectos del citado accionar, así como disponer las normas dirigidas a preservar la fuerza de trabajo calificada del país.

Así, un grupo minoritario de personas estará sujeto a regulaciones especiales para su salida del país, lo cual no implica una prohibición, sino que deberán recibir la autorización correspondiente.

En este sentido, el Decreto No. 306, publicado en la Gaceta Oficial, establece en su artículo 1 quiénes son sujetos de ese tratamiento regulado, el 2 en qué consiste ese tratamiento, mientras el 3 precisa que son los jefes de los órganos, organismo, entidades nacionales, consejos de la Administración y organizaciones superiores de dirección empresarial autorizadas los facultados para otorgar los permisos laborales de viaje de esas personas.

Asimismo, el artículo 8 de dicho texto establece que los jefes facultados informan a los trabajadores que son sujetos de las regulaciones de este Decreto, su contenido y las disposiciones complementarias.

Un punto importante —recalcó Fraga— es separar las responsabilidades de la Ley Migratoria y las de otros cuerpos legales como la legislación laboral.

Por otra parte, las autoridades del país anunciaron un grupo de medidas complementarias al Decreto-Ley 302, según las cuales se normaliza la entrada temporal en el país de quienes emigraron ilegalmente después de los acuerdos migratorios de 1994, si han transcurrido más de ocho años desde su salida. En igual situación estarán los profesionales de la salud y deportistas de alto rendimiento que abandonaron el país luego de 1990, si han pasado más de ocho años de ese hecho, salvo en los casos que atendiendo a razones humanitarias se apruebe su entrada al país en un plazo inferior.

El conjunto de la actualización de la política migratoria del país, al tiempo que facilita los trámites y gestiones de la población para viajar, protege más de medio siglo de Revolución, su capital humano, y tiende nuevos lazos con los cubanos residentes en el exterior.

(Tomado de Granma)

Se han publicado 82 comentarios



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  • Julie dijo:

    tengo dudas respecto a los seguros de vida en caso de enfermedad etc. que se sacan para cuando vas a otro país, eso aqui existe? si alguien me pudiera aclarar?

  • R.A.M dijo:

    Que bueno caramba! nos hacia falta esa ley, a todos los amantes a la pelota, a los Industrialistas, a los fanaticos del buen beisbol , que lindo seria ir al Latino, ver un juego entre los Azules vs Santiago, (por ejemplo) y tener como un espectador mas a Orlando el "Duque" Hernandez presente en el estadio del cerro, Ay mamá, que tributo para ese Industrialista hasta la medula, bueno, tiempo al tiempo.
    !Que vivan las refromas! bienvenido todo lo que sea para el bienestar del pueblo,

  • luis dijo:

    Hola ! tengo una duda, yo tengo 20 años y tengo pasaporte vigente expedido en el 2011 , yo necesito actualizarlo para viajar al exterior????? Porque aquí me dicen que todos los mayores de 18 años no requieren de actualización de pasaporte que estos fueron actualizados de oficio no entiendo . Agradezco su respuesta

    Atentamente
    Luis

  • D@yron dijo:

    Si alguien sería tan amable de decir cuales son los países que no necesitan visas para viajar se lo agradeceré.

  • dianni dijo:

    HOLA EN VERDAD ESTA BUENO LO QUE SI YO QUIERO SABER CUANTO COSTARA TODO EL PASAPORTE EL SEYO EN FIN TODO EN TOTAL SALUDOS DESDE LIMONAR MATANZAS CUBA GRACIAS

  • Frank dijo:

    El pasaporte según fecha de emisión es válido por 6 años, con un costo de 100.00 CUC, al tener que pagar 2 prorroga para cubrir los 6 años, concluye con un costo de 140.00 CUC, siendo el verdadero precio. No estoy de acuerdo con esto, como no comprendo que luego de ser expedido un pasaporte, que ya es bastante caro, tenga uno que pagar 40.00 CUC más para serlo válido por los 6 años, que ya es el tiempo que inicialmente fue expedido.

  • Jessie dijo:

    Que alguien me aclare por favor si los que tienen un pasaporte expedido antes del dia de hoy tienen que ir a las oficinas a actualizarlo. En primera instancia dijeron que si, pero luego en un programa por el TV dijeron que este paso ya no era necesario, y ahora veo en este articulo que vuelven a decir que hay que actualizarlo. Entonces, se actualiza o no ??

  • nerys cuenca dijo:

    bien por Cuba. reiteradas gracias y felicitaciones a todos los que de una u otra forma participaron en esta labor. Dios permita que nuestro país sea beneficiado de gran manera con estas medidas.

  • Yamila dijo:

    Bravo Cuba................................

  • Ismaray dijo:

    Cuba de fiesta, a informarse bien y gracias a todas estas leyes migratorias............

  • David Roque Marín dijo:

    exelente desición, sobre todo la que atañe a los profesionales de la salud, creo que esta es una de los resultados más esperados del 6to congreso del PCC
    viva cuba

  • reidin dijo:

    Buenas tardes soy cubano con residencia en Bolivia luego de cumplir mision medica por 28 meses en Bolivia desde el 23-9-2008 hasta el 1-2-2011 durante la misma contraje matrimonio y tengo una hija,luego viaje con permiso temporal del ministro de salud el 27-8-2011 hasta la fecha de hoy continuo en Bolivia quiero saber cual es mi estatus migratorio para MI CUBA teniendo en cuenta que soy medico,pero no regrese a Bolivia como medico, sino como CUBANO.Espero respuesta. Gracias

  • joyce dijo:

    Mi duda es cuál será el tratamientocon los médicos que pidieron la liberación definitiva. Si alguien sabe por favor decirlo.
    Saludos. Genial medidad.

  • ipa dijo:

    mi duda la misma de joyce

  • cadillac dijo:

    me gustaia saber ademas dodne puedo leer el listado de l pofesiones y empresas que sus trabajadores necesitan permiso especial para viajar o emigrar, gracias.

  • Jorge F dijo:

    Pero cuando se sabrán los cargos de profesionales por OACE que necesitarán la referida autorización especial?

  • jegarcia dijo:

    q felicidad!!!!!!!!!!

  • lala dijo:

    ¿Ahora que va a decir la gusanera de Miami?, se debe estar comiendo sus propios higados. Felicidades Cuba, subiste un gran escalón ante la opinión mundial.

  • Roynel dijo:

    Muya buena la ley migratoria

  • Lien dijo:

    Pienso que la ley es positiva, pero los médicos tenemos muchas interrogantes que aún no se han esclarecidos, espero como el anterior,saber más detalles de los que deseen salir por temporal o definitiva.

  • LOYNAZ dijo:

    MUY BIEN POR CUBA!!!!
    Jessie
    La información dice:
    Estos servicios incluyen las solicitudes de pasaportes corrientes y sus prorrogas, así como la actualización de los pasaportes corrientes que se encuentren vigentes y hayan sido expedidos antes del 14 de enero del 2013 a favor de los menores de 18 años de edad y de los declarados incapacitados, las cuales deben realizarse en los establecimientos correspondientes al domicilio del solicitante.
    Por tanto, solamente deben actualizarlo los menores de 18 y los incapacitados.
    Joyce
    El Ministro de Salud Pública otorgará la liberación a todos los profesionales de la Salud que tienen solicitada la salida definitiva hasta este momento. Esto fue informado a los trabajadores de la salud la semana anterior.
    En cada caso posterior, esto dependerá del análisis de la disponibilidad de fuerza de trabajo.

  • ESTRELLA FERMINA dijo:

    Brava mi Cubita bella, por estas reformas tan lindas.
    lo mas sagrado de los cubanos nuestra querida patria.
    podremos andar por el mundo podremos ver muchas cosas por ahi diferentes y modernas y hasta tener guanikiki, pero como mi tierrita linda y sabrosa no hay ya veran. felicidades a todos y que paseen bastante, la cerveza mas rica es la que tomamos de pipa...bajo el sol cubano con otro cubano cayendonos a cuentos ja ja ja.. verdad o mentira. ya se acordaran. voy a decir como el guajiro me puedo montar
    en un avion que conmigo no hay confusion porque siempre voy a regresar
    te amo Cubaaaaaaaaaaaaaaaaaaa

  • Arley dijo:

    Julie
    Puedes pagar una póliza de seguro y estar asegurada todo el tiempo que permanezcas fuera del territorio nacional pero ese seguro se paga en CUC y es bastante caro e incluso hay países que exigen ese seguro para otorgar la visa.

  • Arley dijo:

    que bueno

  • angel dijo:

    Tengo duda que alguien la aclare, tengo el pasaporte nuevo del 2011, tengo que ir actualizarlo ?? gracias

  • Jessie dijo:

    LOYNAZ,muchas gracias por tu aclaración. No habia interpretado bien.
    saludos

  • Rafael Ruiz dijo:

    Felicidades todos estamos contentos por el avance de esta Ley actualizada por Cuba sin presion de nadie ahora debemos seguir avanzando para los cubanos que vivimos en el exterior sigue siendo un problema el costo de algunos tramites sobre todo en Paises donde el nivel de vida y los salarios son para sobrevivir el pasaporte 220 Dolares y luego 100 cada 2 años sale el pasaporte en 440 un precio exorbitante verdad ???confiamos eso se revise es un arma contra Cuba para el enemigo
    Saludos

  • luis dijo:

    D@yron aqui te van los paises......

    Del Continente Africano:
    1. Republica de Botswana: si viajan por un plazo de 90 días
    2. Guinea : si viajan por un plazo de 90 días
    3. Kenia: si viajan por un plazo de 90 días. Deben pagar 25 USD al llegar
    4. Namibia: si viajan por plazo de 90 días
    5. Seychelles: si viajan por un plazo de 30 días
    6. Togo: si viajan por un plazo de 7 días
    7. Uganda: Visado es entregado al momento de llegada

    Del Continente Americano

    1. Dominica: si viajan por un plazo de 28 días
    2. Ecuador : si viajan por un plazo de 90 días
    3. Granada: si viajan por un plazo de 60 días
    4. Haití: si viajan por un plazo de 90 días
    5. San Cristóbal y Nieves: si viajan por un plazo de 30 días
    6. Santa Lucia: si viajan por un plazo de 45 días
    7. San Vicente y las Granadinas: si viajan por un plazo de 30

    Del Continente Asiático
    1. Cambodia: si viajan por un plazo de 30 días. Deben pagar 20 USD al llegar al territorio
    2. Georgia: Visado entregado al llegar al país
    3. Kirguistán: si viajan por un plazo de 30 días. Deben pagar una tarifa de entre 40 USD hasta 100 USD al llegar al territorio.
    4. Laos: si viajan por un plazo de 30 días. Deben pagar 30 USD al llegar al territorio
    5. Malasia: si viajan por un plazo de 90 días
    6. Maldivas: si viajan por un plazo de 30 días
    7. Mongolia: si viajan por un plazo de 30 días
    8. Singapur: si viajan por un plazo de 30 días
    9. Timor Oriental: si viajan por un plazo de 30 días. Deben pagar 30 USD al llegar al territorio
    10. Indonesia: No requiere de visado a los cubanos si viajan por un plazo de 30 días. Deben pagar 10 USD al llegar al territorio

    Del Continente Europeo
    1. Bielorrusia: si viajan por un plazo de 30 días
    2. Montenegro: si viajan por un plazo de 90 días
    3. Rusia: si viajan por un plazo de 30 días
    4. Serbia : si viajan por un plazo de 90 días

    Del Continente Oceanía
    1. Islas Cook: si viajan por un plazo de 31 días
    2. Estados Federados de Micronesia: si viajan por un plazo de 30 días
    3. Niue: si viajan por un plazo de 30 días
    4. Palau: si viajan por un plazo de 30 días
    5. Samoa: si viajan por un plazo de 60 días
    6. Tuvalu: si viajan por un plazo de 30 días
    7. Vanuatu: si viajan por un plazo de 30 días

  • KARELIA dijo:

    SEGUN EL DECRETO 306 EN SU ARTICULO 8 LAS ADMINISTRACIONES DEBEN INFORMAR A AQUELLOS TRABAJADORES QUE POR SUS CARACTERISTICAS LABORALES DEBEN OBTENER LA AUTORIZACIÓN DEL ORGANISMO ANTE DE SOLICITAR PASAPORTE PARA VIAJAR AL EXTERIOR.SIN EMBARGO EN MUCHOS LUGARES ESTO NO SE HA HECHO.

    ES IMPORTANTE QUE ESTO SE CONOZCA PARA EVITAR QUE UNA PERSONA ACUDA A LAS OFICINAS DE INMIGRACIÓN Y SE ENCUENTRE QUE SU CARGO ESTÁ COMPRENDIDO ENTRE LOS QUE NO TIENEN POSIBILIDADES EXPEDITAS DE VIAJAR CUANDO QUIERAN.

    NO OBSTANTE CONSIDERO MUY POSITIVA LA NUEVA LEY.

  • Mechdunarodñe dijo:

    Muy buena esta reforma. Que el alto mando la consideró "necesaria" para los nuevos tiempos. Bueno.... creo que desde hace años se podia haber aplicado y una vez más desde antes se le hubiera dado una patada a ese imperio y a esa mafia anticubana que es un miercoles para nosotros, pero nuestro gobierno es bien astuto, si hubo que esperar, pues ya llegó el momento. Sigamos avanzando que los cubanos somos muyyyyyy capacez y juntos saldremos adelante entre los de aqui y los de allá, verán que fortaleza. Orgullo Cubano caballero, no hay mas na'!

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