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Cuba exigirá seguro médico a turistas que arriben a la Isla (+ Documento)

salud1A partir del primero de mayo, Cuba exigirá a todos los viajeros, extranjeros y cubanos residentes en el exterior, una póliza de seguro de viaje con cobertura de gastos médicos, para poder ingresar al país.

El acuerdo, tomado por el Consejo de Ministros el pasado 16 de febrero, fue publicado hoy en la edición extraordinaria número 11 de la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

La resolución plantea que las pólizas de seguro deberán ser expedidas por aseguradoras reconocidas en la Isla, y anuncia la venta de pólizas de aseguradoras cubanas en los puntos de entrada al territorio nacional.

Esta disposición también se aplicará a extranjeros con residencia temporal en Cuba, con excepción del personal diplomático y de los representantes de las organizaciones internacionales, acreditados en la nación caribeña.

La aprobación de las formas de cobro de los servicios médicos y el valor de las pólizas de seguro a contratar con entidades aseguradoras cubanas serán dispuestos por la ministra de Finanzas y Precios.

Igualmente, los ministros de Salud Pública y del Turismo, en lo que a cada uno compete, dictarán las normas relativas al reordenamiento de la atención médica a viajeros, tanto extranjeros como cubanos residentes en el exterior y a extranjeros residentes temporales.

La Gaceta Oficial de la República de Cuba


CONSEJO DE MINISTROS
______
El Secretario del Consejo de Ministros
CERTIFICA
Que el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, haciendo uso de las facultades que le otorga el Artículo 97 de la Constitución de la República adoptó, con fecha 16 de febrero de 2010, el siguiente ACUERDO

PRIMERO: Exigir de forma obligatoria a todos los viajeros, extranjeros y cubanos residentes en el exterior, para el ingreso al país, que cuenten con una póliza de seguro de viaje, con cobertura de gastos médicos, expedida por entidades aseguradoras reconocidas en Cuba.

En los puntos de entrada al país se asegurará la venta de estas pólizas, por entidades aseguradoras cubanas.

SEGUNDO: Exigir a los extranjeros con residencia temporal en Cuba, que cuenten con una póliza de seguro médico durante su estancia en el país, expedida por una entidad aseguradora cubana o extranjera, siempre que sea reconocida en Cuba.


TERCERO: Excluir de la aplicación de la disposición anterior al personal diplomático y a los representantes de las organizaciones internacionales, acreditados en Cuba.

CUARTO: Encargar a la Ministra de Finanzas y Precios la aprobación de las formas de cobro de los servicios médicos y el valor de las pólizas de seguro a contratar con entidades aseguradoras cubanas, aplicables a viajeros, tanto extranjeros como cubanos residentes en el exterior y a ex-tranjeros residentes temporales.

QUINTO: Los ministros de Salud Pública y del Turismo, quedan facultados, en lo que a cada uno compete, para dictar las normas relativas al reordenamiento de la atención médica a viajeros, tanto extranjeros como cubanos residentes en el exterior y a extranjeros residentes temporales.

SEXTO: El presente Acuerdo comienza a regir a partir de 1ro. de mayo de 2010.

Y para remitir copia a los miembros del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, y a cuantos otros sea pertinen-te, se expide la presente certificación en el Palacio de la Revolución, a los 16 días del mes de febrero de 2010.
Amado Ricardo Guerra