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Herramientas y normativas contables para trabajadores por cuenta propia: ¿Qué debes saber?

Teniendo en cuenta los numerosos comentarios  e inquietudes recibidos de trabajadores por cuenta propia que deben llevar la contabilidad de sus operaciones, consideramos oportuno realizar nuevas precisiones al respecto.

Las inquietudes fundamentales están relacionadas con: la norma legal que regula la contabilidad para este sector de contribuyentes; norma contable a aplicar; estructura de los estados financieros y nomenclador de cuentas a utilizar. Sobre estos aspectos aclaramos lo siguiente:

En la Resolución 272 del 2024 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), que derogó la Resolución 346 del 2021, establece las siguientes precisiones para los trabajadores por cuenta propia:

En el caso de los trabajadores por cuenta propia, con ingresos anuales superiores a 500 000.00 CUP en el ejercicio de su actividad, llevan la contabilidad de sus operaciones, a partir de las Normas Cubanas de Información Financiera que se establecen para la actividad empresarial y en tal sentido les informamos lo siguiente:

  1. Aplican el nomenclador de cuentas para la actividad empresarial aprobado en la Resolución 494 de 2016 del MFP. Modificada por las Resoluciones 407 de 2019 y 166 de 2021 del propio organismo.
  1. Utilizan las proformas de estados financieros de la actividad empresarial establecidas en la Norma Especifica de Contabilidad No. 5, aprobada en la Resolución 498/2016 del MFP.

3. Utilizan el principio contable del devengado para el registro de las operaciones.

Para acceder a las citadas normas legales, dé clic sobre el texto marcado en rojo o acceda directamente desde la sección Legislación de nuestro Portal Tributario.

Siempre estamos disponibles para esclarecer sus dudas, porque que la Administración Tributaria valora la retroalimentación con los contribuyentes. Esta comunicación es esencial para promover un ambiente de colaboración y fortalecer la cultura tributaria.

Consejos útiles

  1. Si tiene duda sobre cómo llevar la contabilidad o cómo cumplir con las obligaciones fiscales, no dude en consultar con su oficina tributaria o un tenedor de libros experimentado que le pueda proporcionar orientación y asesoría.
  2. Manténgase informado en materia de tributos, por los canales oficiales de la ONAT y del Ministerio de Finanzas y Precios.
  3. Realiza un análisis financiero regular para evaluar el desempeño de tu negocio.
  4. Si es contribuyente inscrito en el registro de Contribuyentes, regístrese en nuestro Portal Tributario y acceda a los servicios que brindamos por esa vía. Además, descargue modelos, formularios, legislaciones, etc. Para acceder a los tutoriales que explican cómo registrarse en el Portal Tributario dé clic sobre la palabra marcada en rojo.
  5. Acceda a nuestro Portal Tributario, sección Descargas y obtenga los diferentes tutoriales que ponemos a su disposición y que explican cómo efectuar el pago de los tributos.
  6. Cuando tenga dudas sobre este y otros temas y necesite asesoramiento, personalizado o no, desde nuestro Portal Tributario www.onat.gob.cu pueden acceder a los correos electrónicos y teléfonos de todas las oficinas tributarias del país, dando clic en el siguiente enlace:

https://www.onat.gob.cu/home/contactos

(Tomado del Portal Tributario)