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Mujeres tras las sombras: Desafíos del femicidio en Cuba (I)

En 2019, el informe nacional cubano de cumplimiento de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible reportó una tasa de femicidios de 0.99 por cada 100.000 mujeres de 15 años o más durante el año 2016. Antes, la Encuesta Nacional sobre Igualdad de Género (ENIG-2016) confirmó que el 39,6 por ciento de las mujeres entrevistadas había sufrido violencia en algún momento de sus vidas, en el contexto de sus relaciones de pareja.

Estos y otros datos suponen primeros pasos en un camino para incrementar estadísticas de este tipo en el país. Demuestran además que, aunque no siempre sea visible y no dispongamos de toda la información necesaria, en Cuba hay violencia contra la mujer por motivos de género; también femicidios. 

Estos fenómenos se registran en todo el país, independientemente del nivel educacional o económico, el lugar donde se vive, el color de la piel, la orientación e identidad sexual. No por gusto, durante una intervención en la Asamblea Nacional del Poder Popular, el presidente Miguel Díaz-Canel declaró que el país debía prepararse “para legislar, por su alta sensibilidad, sobre algunos temas como la violencia de género, el racismo, el maltrato animal y la diversidad sexual”.

Muchas cubanas han sufrido manifestaciones diversas de este tipo de agresiones. El acoso, las agresiones psicológicas, el control “romántico”, los delitos sexuales y las lesiones físicas son apenas algunos ejemplos de ciclos de violencia que tienen como punto final y dramático los asesinatos o femicidios. Últimamente, con el incremento del acceso a Internet y uso de las redes sociales, se visibilizan muchos más casos, pero el conflicto lleva  tiempo ahí, latente. Y duele.

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Sonia

Tres meses después de terminar su relación, Sonia aún no encontraba tranquilidad. Fueron cinco años de gritos, golpes y amenazas de muerte no solo para ella, sino también contra sus dos hijas de nueve y diez años. Más de una vez su esposo la maltrató delante de las niñas; no fueron pocas las ocasiones en que la intimidó en la calle o en la casa de algún familiar. ¿Qué hacer? ¿Cómo vencer el miedo y salir de aquel caos?

Por fin Sonia tomó fuerzas y lo apartó de su vida. El esposo no aceptó la decisión y comenzó a acosarla a través de mensajes y llamadas telefónicas. Estuvo tanto tiempo creyéndola suya, que ahora no entendía por qué la mujer bloqueaba su número de celular. El último día la llamó cien veces, pero no recibió respuesta. Entonces ideó la mejor forma de matarla. El primer paso: no molestarla más para hacerle creer que había desistido de continuar la relación.

Esa misma tarde fue hasta la casa de Sonia armado con un cuchillo que antes fue machete. Cuando llegó, desconectó la corriente, se ocultó cerca del metro contador y esperó. La mujer apareció acompañada de sus dos hijas y él apenas le dio tiempo. La obligó a entrar y le dijo que las mandara a dormir. Una de ellas apretó fuerte a Sonia por la cintura, pero él la separó de un puñetazo. La niña corrió a buscar ayuda y la madre aprovechó un instante para huir.

Apenas logró llegar a la carretera cuando sintió un tirón por el pelo. Se volteó y le suplicó por sus hijas, pero ya el ex esposo hundía el cuchillo en su vientre. Una, dos, tres, ¡zas!, cuatro, cinco, seis veces. Las niñas vieron a su madre llorando en el suelo, con la mitad del cuerpo enrojecido. También escucharon cómo el hombre llamó al padre de Sonia y se burló de él. “La maté —le dijo— ahora a ver si con tu dinero la puedes salvar”.

Con sus nueve y diez años, las hijas arrastraron el cuerpo de su madre hasta el borde de la calle para quitarlo del tráfico. Solo entonces se abrazaron a ella. Sonia ya estaba muerta.

¿Femicidios o feminicidios?: Cuestión de esencias

La violencia de género como fenómeno a nivel internacional abarca una amplia gama de actos, que pueden ir desde el acoso verbal hasta el abuso físico. En el extremo de este ciclo de agresiones se ubican el femicidio/feminicidio.

Como advierten los especialistas, no existe una definición consensuada entre estos dos conceptos. Su alcance, contenido e implicaciones son todavía objeto de amplios debates tanto en las ciencias sociales como en la acción política y en los procesos legislativos. Sus acepciones varían según el enfoque desde el cual se examina y la disciplina que lo aborda.

Independientemente de la terminología que se emplee, estas situaciones de violencia contra las mujeres presentan características comunes. Según la Fiscalía General de la República de Cuba, “están fundadas en una cultura de violencia y discriminación basada en el género”, que “tiene en sus raíces prejuicios referentes a la inferioridad y subordinación de las mujeres”.

Ese criterio lo comparte la Dra.C.  Arlín Pérez Duarte, profesora de Derecho Penal de la Universidad de La Habana. Para ella los términos femicidio y feminicidio, aunque en un primer momento parecería que se usan como sinónimos, tienen una esencia diferente a la hora de hacer su análisis. “No creo que ninguna ley -a no ser las leyes integrales o las leyes de género- hayan puntualizado la distinción teórica entre uno y otro”.

Para la especialista, se trata de femicidio cuando nos referimos a la muerte de una mujer por el hecho de serlo, por desprecio, por disminuirla frente al hombre.

“«La mujer es mía. Fue mi esposa, mi novia, mi compañera, con ella tuve una vida en común y la mato porque, sencillamente, considero que es de mi propiedad, tengo determinada ascendencia sobre ella. Basta con que sea una mujer, eso es suficiente, y justifica de algún modo lo que yo hago». Eso es femicidio”.

En tanto, cuando se genera un estado de impunidad, de desprotección, de desatención legal y de actuación a nivel de país es que se le nombra feminicidio.

“Es una definición que incluye la irresponsabilidad del Estado, una abierta impunidad. Puede incluso que esté tipificado en la ley, pero que no exista una preocupación en tratar la cuestión. Se genera esa sensación de tolerancia, de conformismo. Ahí hablamos de feminicidios”, resalta la académica.

A pesar de sus años de experiencia en la Federación de Mujeres Cubanas (FMC), Osmayda Hernández Beleño no deja de sentir un salto en la boca del estómago cuando habla de estos temas. “En Cuba lamentablemente ocurren femicidios. Aunque todos conocemos que en nuestro país existe una voluntad política y hay un interés del Estado por eliminar esas desigualdades, subsisten manifestaciones de violencia que pueden conducir a estos hechos”.

A su juicio, en Cuba están bien identificados los ejemplos de discriminación y violencia contra las mujeres. De igual modo, al ser un problema social necesita una respuesta coordinada e integradora con una acción intersectorial.

“No es justo comparar nuestra situación con la de otros países del área, donde las tasas de femicidio o feminicidio son muy altas. En Cuba, el hecho de una mujer violentada o asesinada es motivo de preocupación y de atención por parte del Gobierno y del Estado. Estos casos no son tolerados por la sociedad. Por eso a veces observamos que ocurre un hecho en un lugar muy específico, pero el rechazo es nacional”, apunta.

Aunque algunas personas refieren que en la actualidad hay más violencia o femicidios, para la Miembro del Secretariado Nacional de la FMC existe una mayor visibilidad del tema por el acceso a la información a través de las nuevas tecnologías. 

“Antes, cuando ocurría alguno de estos sucesos, no había acceso a las redes sociales y los eventos quedaban en lo local; no trascendían. Ahora tienen un mayor alcance y muchas veces se producen procesos de revictimización de las propias familias de la mujer víctima”, concluyó.

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Inés

Un cigarro. ¿Todo por un cigarro? Desde su cama de hospital, Inés se repetía la pregunta una y otra vez, pero sabía que detrás de la interrogante se escondía una historia de abuso y violencia. Varias noches atrás había estado en una fiesta con su pareja y ambos bailaron durante horas, hasta que ella necesitó prender uno de los mentolados Hollywood que llevaba en el bolsillo.

Entonces cruzó la calle y pidió fuego a un grupo de personas que conversaban en un parque cercano. Uno de aquellos hombres le brindó su fosforera, pero otro prendió su cigarro directamente del que ella tenía recién humeante en la boca. “Nos vamos para la casa —le dijo el esposo—, tú y yo vamos a hablar”.

Apenas caminaron un poco para perderse de la multitud y enseguida comenzaron las ofensas. La empujó, la golpeó, y cuando llegaron a su hogar todo fue peor. “Ahora te voy a matar”, y apenas le dejó tiempo para intentar un grito de terror. La tomó por el brazo derecho y la arrastró hasta la cocina, tomó un cuchillo y sin soltarla comenzó los ataques. Inés alzó su otra mano y se defendió como pudo.

Doce cortes recibió en la primera oleada de sangre; otros doce le contaron los médicos en el tórax y en la espalda. Inés tenía el cuerpo hecho jirones, pero el esposo aún no conseguía su objetivo. El cuchillo entró  en su abdomen, en la pelvis,  en el mentón y  en uno de los dedos de la mujer.

Solo entonces la dejó tirada en el suelo de la cocina, porque con 31 puñaladas él tampoco imaginó que alguien podría sobrevivir. Cuando Inés declaró en el juicio, tenía marcas en todo su cuerpo, el recto desviado y esperaba una nueva operación para volver a una vida que ya nunca sería igual.

Desde el estrado

Cuando a Ingryd Teresa Santos Díaz le preguntan por los femicidios en Cuba, enseguida alerta sobre una cuestión fundamental: analizar el tema no pasa solamente por hablar sobre las muertes de mujeres a manos de los hombres. También es vital referirse a los intentos de asesinato no consumados.

Para esta jueza suplente permanente del Tribunal Provincial Popular de La Habana, esa inclusión permite mirar el problema de una forma más integral, sobre todo porque, cuando las mujeres no fallecieron, sí tuvieron heridas o secuelas físicas graves.

De acuerdo a la jurista, esos hechos de tentativa de asesinato son los más frecuentes. “En ellos el perpetrador tiene la intención latente de matar y usa medios, modos y formas de hacerlo, pero la víctima no muere, porque las lesiones no son lo suficientemente graves o porque hay agentes externos que intervienen”, explica.

La también especialista en Derecho Penal y Master en Criminología agrega que en Cuba una condena por asesinato oscila entre 15 y 30 años o privación perpetua de libertad. Mientras tanto, en el asesinato en grado de tentativa se le puede aplicar una reducción de dos tercios en el límite mínimo del marco penal establecido para el delito.

Para la realización de este reportaje Cubadebate solicitó al Tribunal Supremo Popular los datos estadísticos sobre sus análisis de los casos de asesinatos consumados o en grado de tentativa, que tuvieron como víctimas a mujeres, pero no los recibimos. Aun así, este ente afirmó que los tribunales estudian en profundidad cada caso, así como las circunstancias que los rodean, siempre teniendo en cuenta las complejidades de ese fenómeno.

Esas investigaciones arrojan otros datos imprescindibles para comprender un asunto que muchas veces pasa desapercibido hasta que ya es demasiado tarde. Así, impacta encontrar que en varios casos de asesinato existen antecedentes de violencia.

Ingryd Teresa Santos Díaz menciona fenómenos como los celos, los golpes, las amenazas y las prohibiciones de salir del hogar como señales comunes. Aunque en menor medida, también destaca las obligaciones a mantener relaciones sexuales o la limitación de sostener contactos familiares, como otros elementos a tener en cuenta. Según dice, el perpetrador aísla para asegurar su conducta agresiva. 

En tal sentido, llama la atención que en el 59% de los casos estudiados los hechos ocurrieron tras la disolución de la unión matrimonial. A todas luces, se trata de un comisor que no acepta el fin de su relación y apela a la violencia para imponer su voluntad. La magistrada lo resume de una forma sencilla: “cuando los casos llegan a los tribunales, ya la mujer está más que victimizada”.

No obstante, es relevante cómo muy pocas víctimas realizaron una denuncia previa a los hechos. Así, “la muerte es el resultado de muchas amenazas anteriores”. Mientras, y contrario a cierta creencia popular, la jueza también señala que en las sentencias analizadas el alcohol no es el factor desencadenante de la agresión.

También apunta que en varios casos la víctima tenía hijos con el autor, casi siempre menores de edad. Entonces el fallecimiento o el trauma dejan un impacto superior, sobre todo porque más de la mitad de los sucesos tanto de violencia continuada, intento de asesinato o el homicidio en sí, ocurren al interior de los hogares. No son pocas las ocasiones en que los niños y las niñas son testigos de ellos.

Si se analizan las características de los perpetradores igualmente surgen elementos comunes. Así, por ejemplo, la escolaridad promedio es de noveno grado, más del 50% tienen vínculos laborales y en su gran mayoría son obreros. Por edades, los hombres que tienen entre 31 y 50 años aparecen con más frecuencia como autores de estos delitos.

Finalmente, las armas que predominan son las perforo-cortantes como los machetes, cuchillos, navajas y mochas. En un segundo grupo la especialista señala las piedras, bolas de hierro o incluso, las muertes por golpes que el agresor propina a la mujer contra el suelo. Las sogas, el fuego y la asfixia provocada con las manos u otra parte del cuerpo igualmente tienen incidencia.

Varios son los análisis que cada año emprenden los tribunales cubanos para enfrentar estos hechos. Sin embargo, Ingryd Teresa Santos recalca una cuestión clave para comprender en su totalidad el asunto: “La violencia no escoge una raza, una preparación o un sector poblacional”.

Huellas sobre la piel

Aunque conviven cada día con la muerte y la violencia, para los médicos legales siempre es complejo evaluar un caso de femicidio, tentativa de asesinato o un posible delito de lesiones. Bien lo sabe la Ms.C Claribel Rodríguez García, jefa del Departamento Provincial de Medicina Legal de Villa Clara y una profesional que acumula años de experiencia en un servicio imprescindible para apoyar el trabajo de la justicia.

De acuerdo a los protocolos cubanos, cuando una mujer llega a un servicio de urgencias médicas con daños producto de la violencia, automáticamente se radica una denuncia. A su vez, el galeno conforma un documento llamado “Certificado de primera intención de un lesionado” que recoge los datos generales de la víctima, describe las heridas y golpes y registra un primer pronóstico médico-legal.

Según Rodríguez, esa previsión se divide en cuatro categorías: peligro inminente para la vida, grave con secuelas físicas (desgarres, inutilización de miembros y daños en los órganos reproductivos), no graves con tratamiento médico y no graves sin tratamiento médico. La especialista explica que las dos primeras son poco frecuentes en los servicios de urgencia.

Asimismo, dice que las lesiones no graves con necesidad de asistencia médica constituyen las más comunes. En cada paciente los especialistas en medicina legal validan los criterios emitidos por los médicos del Cuerpo de Guardia y mantienen un chequeo sobre la evolución de la víctima. Su valoración definitiva forma parte del expediente en fase preparatoria para presentar en los tribunales.

“Además de los golpes, también evaluamos el tiempo requerido para la curación total de cada herida, así como las posibles secuelas y realizamos un primer acercamiento a los daños psicológicos existentes. En este último caso juegan un rol fundamental otros especialistas que continúan el trabajo cuando ya nosotros terminamos el nuestro”, explica Caribel.

La jefa del Departamento Provincial de Medicina Legal de Villa Clara también llama la atención sobre un asunto común entre todos los estudiosos del tema: los servicios de medicina legal atienden a las mujeres que denuncian los actos de violencia o las fallecidas como consecuencia de ellos. Hay muchas más que continúan en el anonimato.

“Existe otro grupo de víctimas que no se atreven a contarlo. También hay agresores que buscan zonas específicas del cuerpo, como el abdomen, los muslos y el tórax, con el objetivo de ocultar los moretones y mantener las apariencias. Lamentablemente a nosotros nos llegan los eventos agudos que requieren atención médica urgente”, agrega.

Junto a estos casos de violencia, los médicos legales también juegan un rol decisivo durante las investigaciones de asesinatos consumados. Entonces se encargan tanto de levantar los cadáveres, como de realizar autopsias para determinar la causa real de muerte y otras particularidades del hecho.

“Muchas veces la mujer no muere en la escena donde ocurrió el acto violento, sino que lo hace de camino al hospital o en la propia institución de salud. No obstante, cuando el fallecimiento ocurre en el mismo lugar del hecho sí procedemos a levantar el cadáver, siempre que no haya sido movido del sitio donde fue encontrado y no haya recibido asistencia médica”, explica.

En esos casos los especialistas contribuyen a la identificación, analizan las circunstancias de la muerte, el tiempo transcurrido, el vestuario, la posición del cuerpo, la posible arma homicida, los patrones en las manchas de sangre. Aun así, durante el levantamiento no ofrecen una posible causa de muerte, porque en todos los casos que impliquen a mujeres se procede a una necropsia médico legal.

“En la autopsia examinamos el exterior del cuerpo y las cavidades craneoencefálica, torácica y abdominal. Incluso si es necesario realizamos algunas técnicas específicas para evaluar la parte ginecológica o si existen golpes no visibles en las manos y los pies. El propósito es que no se escape nada y poder concluir con seguridad la causa de la muerte”, concluye.

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Yaíma

Durante 20 años, Yaíma sostuvo un matrimonio con un hombre violento. Juntos tenían dos hijos, quizás lo único feliz en una relación marcada por golpes y maltratos. En más de una ocasión la mujer denunció al esposo, pero él aprovechaba su libertad en espera del fin de la investigación para amenazarla de nuevo y conseguir que ella retirara la demanda. Era un círculo del que la esposa no podía salir.

Así vivieron durante mucho tiempo, hasta que la hermana de Yaíma les facilitó una vivienda a su lado para tenerlos más cerca y velar por ella. La situación no mejoró y tras varias discusiones el esposo se marchó de aquella casa, pero obligó a Yaíma a mantener su relación. La mujer debía ir frecuentemente hasta él para lavarle la ropa, limpiarle la casa y llevarle alimentos. Era presa de un miedo enraizado.

La tarde de su muerte, Yaíma llevó a su hijo pequeño hasta la casa del padre. Allí el hombre lo mandó con unos vecinos y le pidió conversar de nuevo. “Necesito dinero —le exigió— el que me diste ya lo gasté”. Ella le dijo que no y enseguida recibió un puñetazo que la tiró al suelo. El hombre la inmovilizó y se alejó. Desde el piso Yaíma lo vio regresar con una pieza de madera en las manos. Era el fondo de una butaca. No hizo más que cerrar los ojos y esperar los primeros golpes.

Varias veces el hombre descargó su ira contra su rostro y su cabeza, pero no le bastó. La tomó por el pelo, la arrastró hasta la sala y la lanzó varias veces contra un sofá. La mujer no resistió más y se desmayó delante de la puerta. Su asesino tomó de nuevo la pieza de madera y otra vez la emprendió contra ella. Cuando terminó le vació encima un galón de cloro y se marchó. Yaíma sufrió un edema cerebral severo y murió frente a una puerta que nunca logró traspasar.

¿Desprotección?

La prevención y enfrentamiento a las manifestaciones de violencia contra las mujeres y las niñas es una prioridad para el país. El gobierno cubano ha demostrado su voluntad política en función de lograr el avance de la situación de la mujer.

Sin embargo, estas favorables condiciones, sustentadas por leyes y políticas sociales de avanzada y por la existencia de una organización femenina fuerte que impulsa y guía estos propósitos, no supone que se hayan eliminado todos los estereotipos, prejuicios, conductas y juicios de valor sexista, ya que se encuentran arraigados en la cultura patriarcal y sabemos de a la complejidad de los procesos de transformación de la conciencia social, expresa Lisnay María Mederos Torres, Fiscal Jefe de la Dirección de Proceso Penales de la Fiscalía General de la República.

El objetivo No 57 de la Primera Conferencia del Partido se pronuncia por “enfrentar los prejuicios y conductas discriminatorias por color de piel, género, creencias religiosas, orientación sexual, origen territorial y otro que son contrarias a la constitución y las leyes, atentan contra la unidad nacional y limitan el ejercicio de los derechos de las personas”.

En tanto, el artículo 41 de la Constitución de la República de Cuba, refleja “el reconocimiento y garantías para que las personas gocen y ejerciten de forma irrenunciable, imprescriptible, indivisible universal e interdependiente de los derechos humanos, en correspondencia con los principios de progresividad, igualdad y no discriminación exponiendo que su respeto y garantía es de obligatorio cumplimiento y garantía para todos”.

La Fiscal Jefe recuerda además que, en el contexto del respeto a los derechos de las mujeres, el artículo 43 consagra la protección de las mujeres frente a la violencia de género, al tiempo que el 84 del texto constitucional dispone la obligatoriedad de los representantes legales y los que ostentan la guarda y cuidado de niñas y niños, de protegerlos contra todo tipo de violencia.

Ante los diversos criterios a favor y en contra que desata el hecho de que nuestros Código Penal vigente no regula como delito penal el concepto de femicidio en sí, la especialista resalta que el documento jurídico recoge figuras delictivas que dan respuestas a hechos relacionados con la muerte de una fémina y a todo tipo de violencias contra ellas, no solo por la razón de género, sino por cualquier otra causa.

“Esta norma sustantiva regula para su enfrentamiento varias figuras delictivas que protegen a la mujer contra la violencia, sanciones accesorias y la posible existencia de la responsabilidad civil derivadas del delito cometido”, dijo:

El peso de la ley

Ingryd Teresa Santos Díaz no vacila en afirmar que entre los delitos con mayores penas sancionadoras en Cuba aparecen los que atentan contra la vida y la integridad corporal del ser humano. “Es un bien jurídico protegido con especial prioridad por el Estado y existe interés en perseguir, juzgar y sancionar estos fenómenos”.

Aunque la jueza reconoce que hoy el femicidio no se encuentra como un acápite independiente en el Código Penal, considera que eso no significa un límite para sancionar estos hechos con severidad. A su vez, se les da prioridad en la tramitación.

“El Código Penal nos dota de los instrumentos para que estos hechos sean juzgados legalmente como se hace con todos los demás, aplicando la justicia al caso concreto, con racionalidad, respetando derechos y garantías de la víctima y el acusado.

Ese criterio lo comparte Arlín Pérez Duarte, quien ratifica que, aunque la ley no crea una distinción para ver un suceso de una forma u otra porque se trate de una cuestión de género, está preparada para proteger a las mujeres víctimas.

“No necesito una figura como femicidio en la ley. Lo puedo decir con total tranquilidad. El hecho de que esté pudiera ser un preciosismo legal, no estamos en contra de que las leyes sean mejores, tenemos que aspirar a ello. Pero con el asesinato como está, queda clara la protección a la integridad de la mujer”.

Con la inclusión de esa figura legal, insiste, el país podría ganar una mejor ley, más atinada, moderna y congruente con la Constitución, pero las sanciones se pueden establecer a partir de la legislación actual.

Mientras tanto, la jueza Ingryd Teresa Santos Díaz recuerda que la mayoría de los victimarios tienen antecedentes penales o advertencias oficiales anteriores, lo que constituyen circunstancias a apreciar en el proceso de adecuación de la pena. A su juicio, esa es una de las cuestiones que permiten juzgar estos hechos con severidad.

“El Código Penal ofrece determinados instrumentos y herramientas legales que se pueden aplicar al caso concreto. Y por eso las sanciones responden a la gravedad, impacto social, rechazo popular. Los jueces imparten justicia en nombre del pueblo y también valora todas esas circunstancias”.

Como ejemplo de ese actuar, comenta que, en todos los casos, ya sean tentados o consumados, siempre se impone la pena de privación de libertad. La mayor cantidad de condenas oscilan entre 21 y 30 años, en tanto las sanciones entre 15 y 20 años son las segundas más aplicadas.

Mientras tanto, la especialista recuerda que uno de los mayores retos a la hora de juzgar aparece cuando el acusado intentó cometer el asesinato, pero no lo logró. No obstante, este tipo de hechos suele dejar secuelas funcionales, anatómicas y psicológicas y sus condenas también son apreciables.

La Máster en Criminología aclara que aún cuando son hechos tentados, existen sanciones tan elevadas como las del delito consumado. Esto tiene que ver con las circunstancias del hecho, y las características personales no solo del comisor, sino también de sus víctimas.

Muchos se preguntan si son suficientes los mecanismos legales con los que cuenta hoy el país para enfrentar este fenómeno. Quienes piensan que aún es un problema por combatir con más fuerza, plantean la necesidad de tipificar el femicidio en el Código Penal como un tipo de asesinato agravado o establecer reglas de adecuación específicas cuando se traten hechos de violencia de género o familiar.

Junto a esa disyuntiva, Cubadebate también propone otras preguntas: ¿Cómo se realizan las denuncias de estos casos en Cuba? ¿Cómo actúan las instituciones implicadas para atender estos problemas? ¿Es necesaria una Ley contra la violencia de género en el país? A ellas nos acercaremos en un próximo reportaje.