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Trabajo por Cuenta Propia: Doce elementos imprescindibles sobre las cuentas bancarias fiscales

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Infografía: Edilberto Carmona/ Cubadebate.

Uno de los elementos que más dudas ha despertado entre los lectores de Cubadebate por estos días, y sobre todo en aquellos que ejercen el trabajo por cuenta propia, es la apertura y operatoria de la Cuenta Bancaria Fiscal. La medida, que está en correspondencia con las nuevas disposiciones aprobadas para el sector no estatal, se aplica en 6 de las 123 actividades aprobadas.

Con el objetivo de esclarecer algunas dudas sobre el tema, Cubadebate conversó con directivos del Ministerio de Finanzas y Precios y la ONAT.

Al decir de Vladimir Regueiro Ale, Director de Política Fiscal del Ministerio de Finanzas y Precios, la operatoria de una actividad económica a través de cuentas bancarias, es una práctica reconocida y empleada universalmente por todos los actores económicos. “En nuestro país tiene un uso difundido y obligatorio para todas las personas jurídicas y en el sector cooperativo en general. Resultan un instrumento muy útil para administrar las finanzas y tener un control y reflejo del resultado del negocio”.

  1. ¿Por qué se dispone la apertura y operatoria de la Cuenta Bancaria Fiscal? ¿Cuál es su fundamento?

Según Regueiro Ale, estas cuentas están vinculadas a la contabilización de las actividades, tanto los ingresos como los gastos, y a través de las mismas se facilitan las operaciones y relaciones financieras entre los distintos agentes económicos y resulta un insumo o elemento de revisión por las administraciones tributarias para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales o con el Presupuesto del Estado.

Las cuentas bancarias fiscales (CBF) brindan seguridad en la custodia de los recursos financieros generados en el desarrollo de las actividades económicas y transparentan en el flujo de estas operaciones, que deben ser lícitas

2. ¿Quiénes deben abrir la Cuenta Bancaria Fiscal?

Según funcionarios entrevistados, las 6 actividades seleccionadas se aprobaron a partir de la complejidad en su operatoria, no solo porque generen como promedio altos ingresos, sino porque incurren en gastos corrientes sistemáticos para el desarrollo de la actividad, e inversiones y mantenimientos parciales o totales para la sostenibilidad del negocio o actividad.

Estas actividades son:

  •  Servicio Gastronómico en Restaurantes.
  • Servicio Gastronómico en Cafeterías,
  • Servicio de Bar y Recreación.
  • Arrendamiento de viviendas, habitaciones y espacios.
  • Servicio de construcción, reparación y mantenimiento de inmuebles.
  • Transporte de pasajeros, con medios automotor, de 4 hasta 14 pasajeros, en la provincia de La Habana, que se conoce está inmersa en la puesta en práctica de un experimento para el ordenamiento de esta actividad.

3. ¿Cuál es la cuantía mínima de la cuenta?

Se reduce de tres a dos cuotas mensuales tributarias la cuantía del saldo mínimo que debe mantener la cuenta bancaria fiscal. Además, se incrementa de un 20 por ciento a un 35 por ciento el fondo de efectivo para pagos menores e imprevistos no obligado a depositar en dicha cuenta bancaria fiscal.

4. De tener más de una licencia, ¿se deben tener más de una cuenta bancaria fiscal?

Se aclara además que en el caso que un titular posea más de una licencia en las actividades mencionadas, solo tendrá que habilitar una sola cuenta bancaria fiscal. De tener más de una autorización en otra de las actividades no incluidas en este momento, la apertura de las (CBF) será opcional.

Por ejemplo:

  • Contribuyente que ejerce las actividades de arrendador de viviendas, habitaciones y espacios y servicios gastronómicos en restaurante.
  • Contribuyente que ejerce las actividades de servicios gastronómicos en cafetería y agente de telecomunicaciones.

En el primero de los casos, ambas actividades están obligadas a llevar cuenta bancaria fiscal, la misma para las operaciones de ambas actividades. A tales efectos, el saldo mínimo exigido para esta cuenta toma en consideración dos (2) cuotas tributarias mensuales que tenga fijadas por cada actividad.

En el segundo supuesto, la obligación de habilitar la cuenta bancaria fiscal es solamente para la actividad de servicios gastronómicos en cafetería. Sin embargo, el contribuyente puede optar por hacer uso de la misma en función de todas las actividades autorizadas a ejercer, en cuyo caso el saldo mínimo es el equivalente a (2) cuotas tributarias mensuales de la actividad de servicios gastronómicos en cafetería. El saldo mínimo se determina en relación con las actividades por las que se está obligado a habilitar la cuenta bancaria fiscal.

5. ¿La apertura de la cuenta bancaria fiscal tiene algún beneficio para los negocios con entidades estales?

Algunas de estas actividades se vinculan en la contratación y prestación de sus servicios con empresas, unidades presupuestadas y otras entidades jurídicas y a través de estas cuentas se pueden facilitar los pagos por los servicios prestados o comprados a las mismas, lo que al propio tiempo permite transparentar las operaciones entre los actores económicos y propiciar que se complementen. Ejemplo: La actividad de Servicio de construcción, reparación y mantenimiento de inmuebles y los restaurantes que contratan con sus servicios con y a través de agencias de viajes.

6. ¿Qué se puede pagar con esta cuenta?

Desde la cuenta bancaria se pagan:

  • Los tributos
  • Compra de insumos, medios y equipos.
  • Reparaciones capitales y mantenimientos.
  • Servicios de otras formas de gestión no estatales, mediante instrumentos bancarios.
  • Pagos a entidades estatales.

Vladimir Regueiro Ale, Director de Política Fiscal del Ministerio de Finanzas y Precios aclaró que todos los recursos depositados en la cuenta están a total disposición de los contribuyentes y por tanto estos pueden hacer uso de la misma para el disfrute personal y familiar.

7. ¿Cómo se realiza la apertura de la cuenta bancaria fiscal?

La cuenta bancaria fiscal se abre por el trabajador por cuenta propia que ejerce la actividad autorizada. Dispone de un término de 30 días naturales para abrirla o declararla después de concurrir a la ONAT del municipio donde está inscripto como contribuyente. La ONAT le requerirá el cumplimiento de esta obligación, mediante documento oficial.

La cuenta bancaria fiscal debe operar con un saldo mínimo que debe cubrir en un término de 90 días naturales contados desde el día en que fue requerido por la ONAT. Este saldo se puede cubrir en uno o varios depósitos dentro del término señalado.

8. ¿En qué moneda opera la cuenta bancaria fiscal?

La cuenta bancaria fiscal es en CUP. Adicionalmente, el contribuyente   que reciba pagos a una cuenta corriente que tiene abierta en pesos convertibles, CUC, la declara a la ONAT y la constituye también en cuenta bancaria fiscal, pero no se le exige el requisito del saldo mínimo de operación.

Otro de los temas más comentados en nuestra web fue los procedimientos a seguir para poder habilitar la cuenta bancaria. Según explicó Yaima Arias Urra, Directora Territorial del Banco Metropolitano, estos son algunos temas que no debemos dejar de conocer.

9. ¿Dónde se abre esta cuenta?

La cuenta bancaria fiscal se debe abrir en una sucursal del Banco de Crédito y Comercio, Banco Popular de Ahorro o Banco Metropolitano, radicada en el municipio del domicilio fiscal del contribuyente, o sea, en el municipio donde está inscripto en la ONAT.

10. ¿Esta cuenta tiene beneficiarios?

Yaima Arias Urra, explicó que al ser una cuenta bancaria fiscal no tiene beneficiarios, sino que para ejecutar el traspaso de derechos se aplica el procedimiento de herencia. Detalló además que el titular de la cuenta bancaria fiscal puede facultar a otra persona natural mediante poder notarial para actuar como firma autorizada de la cuenta. También puede autorizar bajo su responsabilidad, a otra persona natural sin poder notarial, para realizar depósitos en su cuenta, así como a entregar y recibir documentos relacionados con esta.

11. ¿Qué documentos se deben presentar para abrir la cuenta bancaria fiscal?

  1. Documento de Identidad.
  2. Documento oficial que autorice a la persona natural para ejercer la actividad por cuenta propia.
  3. Carné de contribuyente, que entrega la ONAT, en el que consta el Número de Identificación Tributaria (NIT).

“En el caso particular de los transportistas de La Habana que no tienen la Licencia de Operación de Transporte o no estén inscriptos en el Registro de Contribuyentes, se cumplimenta a través del Modelo de aceptación para el ordenamiento del transporte público de transportación de pasajeros que brindan los porteadores privados en medios automotores de capacidad entre 4 y 14 pasajeros”, comentó la Directora Territorial del Banco Metropolitano.

12. ¿Qué insitrumentos de pago podrán emplearse en las cuentas bancarias fiscales?

Los instrumentos de pago que podrán utilizarse en la operatoria de la cuenta bancaria fiscal serán los establecidos:

  • Dinero en efectivo.
  • Transferencia bancaria.
  • Tarjeta de débito.
  • Otros que el Banco establezca.

Cómo explicó la directora terrirorial del Banco Metropolitano, la cuenta bancaria fiscal puede operar con chequera o tarjeta de magnética, debiendo el titular solicitar cualquiera de estos servicios al Banco. La tarjeta magnética tiene como beneficio adicional que puede ser utilizada para operar en los cajeros automáticos y en las terminales de los puntos de ventas de comercios o bancos.

Este último método permite acceder a otros servicios como la Banca Telefónica y la Banca Móvil.

Se han publicado 144 comentarios



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  • industri dijo:

    narra, tienes que tener presente que si es objetivo que lo que se diseña e implementa es para facilitar, agilizar y garantizar un mejor funcionamiento del trabajo por cuenta propia lo que tenemos es que no ser resistente al cambio y asimilarlo con mente positiva y pensar que todo lo diseñado tienen que irse mejorando no hay cultura del pago de tributos por más que sea divulgada nos falta y seguiremos en el empeño y que sea comprensiva como necesaria, pero además el cubano lleva muchos años operando toda su actividad económica dígase desde la domestica incluso en algunos casos empresarial con el efectivo y las herramientas e instrumentos de pagos que sustituyen a este son más seguras y viables, amigo mente positiva y verá que llegamos al buen funcionamiento de todo.

  • Raciel dijo:

    SEÑORES TENGAMOS EN CUENTA EL CONCEPTO DE REVOLUCIÓN DE FIDEL....CUANDO DIJO DE CAMBIAR TODO...NO SE REFERIA A HACER LAS COSAS MAL HECHAS A TODA COSTA Y SIN MEDIR CONSECUENCIAS....

  • Tenedor de libros dijo:

    Los cheques son quizás el instrumento bancario más importante para las cuentas corrientes. Gracias a ellos es posible tener el dinero seguro en el banco y hacer los pagos mediante cheques sin necesidad de extraerlo físicamente en ventanilla o en cajero automático. ¿Por qué, si el Decreto-Ley 289 del 2011 que dio inicio a estas cuentas establece que las mismas pueden habilitarse con cheques, los bancos no permiten que los cuentapropistas usen cheques para hacer pagos de sus cuentas? Esto evitaría muchos engorros, sin embargo el Banco está incumpliendo ese Decreto-Ley desde que se publicó y no pasa nada.

  • Julio Cesar dijo:

    Saludos para todos, estamos viviendo momentos difíciles de cambio de constitución y ajustes en el modelo económico, fundamental para el desarrollo del país,
    Hay que explicarle muy bien al pueblo,como se van a implementar cada cambio para evitar malos entendidos, q perjudican el correcto desarrollo.
    Quería referirme al transporte, hay un disgusto nacional sobre las nuevas tribulaciones en las modalidades vigentes de transporte, y me parece que tenemos necesidad de revisar y no darles justificaciones. q no cumplen ninguna expectativas de respuestas.
    como se explica que un trayecto de 8 km d un transportista de la modalidad de rutero, q segun es la mas beneficiada, tenga que abonar 36 pesos , cuando tiene una capaciad de 4 personas y el precios es 5 pesos por tramos, sumarian 20 pesos, ya que estos carros viejos hacen 10 km por litros aproximadamente , no se trabajaria ni si qiuera para pagar gasto, que estudio es ese ?, no entiende ?, por favor que alguien explique.

  • jag dijo:

    Los TPC que sus ingresos son en CUC, y que generalmente ofrecen servicios a turistas extranjeros, se verán obligados a tener perdidas constantemente por los cambios de moneda, cambiar a 24 los cuc para el banco, comprar a 25 en las tiendas, los deducibles en la declaracion jurada se lo considern a 24, usted tiene documental o comprobantes de tiendas por 1000 cuc o 25000 pero se consideran 24000, nadie analuza esto?

  • Osmany dijo:

    Entiendo perfectamente que todos los negocios tienen que tener cuenta bancaria, ya sea ésta para operaciones corrientes, como para inversiones. Pero los TCP no son considerados Personas Jurídicas y no están introducidos en el mismo circuito empresarial Estatal. Los TCP no tienen acceso al mercado mayorista al que acceden las empresas estatales, en dónde compran, le facturan lo
    que compran y les dan créditos para pagar a plazo. Hoy, la gran mayoría de negocios particulares paga sus compras al contado, con cero opción de crédito por parte de los proveedores; por tanto tienen que contar con liquidez suficiente y diaria. Lo más común es que la venta del día pague el total de compras por que se tiene que tener efectivo. Si los TCP estuvieran en el mismo mecanismos estatal, claro que la cuenta bancaria tuviera toda la lógica económica- comercial porque se cerraría el circuito económico y financiero de forma transparente.
    Que los negocios particulares estén insertados en el mismo sistema que las empresas estatales, es que tengan los mismos derechos y obligaciones que éstas: acceso al mercado mayorista, posibilidad de importar, aunque sea mediante un importador estatal; pagar los mismos impuestos; llevar la contabilidad financiera que rige el SNC; recibir autorización fiscal para la creación de provisiones y reservas... en fin, tener Personalidad Jurídica y No Natural.

    Por otra parte, no se puede entender que todos los negocios de una misma actividad, son iguales: no es lo mismo una cafetería en el centro del vedado que una en Mira Flores en Boyero. No es lo mismo el que alquila un local en un lugar y otro. El alquiler de garaje en un barrio de Arroyo Naranjo no sube de 240 a 360 pesos. Entonces, al final del mes cuando se cobre el alquiler, hay que trasladarse al banco, con su consecuente costo, hacer una cola de horas, depositar el dinero para, inmediatamente, ir a un cajero y volverlo a sacar: lo más absurdo de este mundo. Pero esto pasa porque no se maduran las ideas, porque se mide linealmente sin tener en cuenta las características de cada negocio. Pero y también pasa, porque los que nos representan en la Asamblea no tienen idea de lo que pasa en la economía, porque esto que estoy planteando no necesita de ser economista para darse cuenta que está mal. El anterior cuerpor jurídico eta más coherente y racional al estipular que lis negocios cuyos ingresos anuales fueran superior a los 50 mil pesos, estaBan obligados a tener cuenta bancaria. Esto tiene más y lógica, porque tiene en cuenta las variables antes mencionadas, donde muchos negocios no llegan a ingresar más de 5 mil pesos en el año.
    Me gustaría que tuvieran en cuenta mis argumentos que y son los de muchísimas personas.

    Muchas gracias

  • Osmany dijo:

    MFP, lo que dice Transparencia, es que se debe, por parte de ustedes, informar en que se empleó la recaudación. Pero se tiene que hacerse, partida por partida, dando a conocer, además, la no ejecución de planes que tenían presupuesto, los presupuestos derrochados en obras sin ningúna calidad, como han sido las reparaciones de aceras y contenes y los viales en 10 de Octubre. El pueblo tiene el derecho de exigir a los que gobiernan, que estos les rindan cuentan de toda su gestión, principalmente en la Constitución concerniente al destino del dinero que ellos aportan. Cuando digo Pueblo, me refiero a todos los que trabajan y aportan, sean TCP o trabajadores estatales. Mi opinión sobre la cuenta fiscal ya la he dado, aunque, como otras opciones que he expresado, no se ha publicado; espero que este comentario Sí .

  • Camagüey TCP dijo:

    Mis saludos. Con la apertura de la CBF se crea una contradicción; ahora se reconoce que los negocios tienen un costo general en operaciones muy por encima del 60 por ciento que asta ahora se viene autorizando a la hora de realizar la declaración jurada. Esto quiere decir que llevo varios años pagando un impuesto sobre mis ingresos que no es justo porque en realidad yo no gano el 40 porciento de mis ingresos. Señor periodistas me gustaría que alguien con su ayuda me aclare esto. Muchas gracias.

  • Maria Gonzalez dijo:

    ¿Por que el 35 % para gastos si solo se acepta el 30% en la declaración jurada?
    ¿Que dinero ingreso en la CF del mes de enero si no tengo ingresos anteriores por lo que no puedo deducir el 35%? ¿Que son gastos menores? Los gastos de arrendador son menores por lo general

  • Maria Gonzalez dijo:

    Han complicado todo, con poner los ingresos del mes, pagar la onat y dejar hasta un 30% de los ingresos para gastos en la CF se podía evidenciar todo y el resto son las utilidades con que vive el TPC, pero nos gusta complicarnos para ser realmente cubanos

    • Alejandro dijo:

      No es mas que el bloqueo cubano. Deberia ser el 100 % para la cta fiscal pero nosotros no estamos preparados y por eso se norma el 65 % pero en verdad no es momento para ello si queremos avanzar al igual que inmovilizar el doble del pago de la licencia en la cta fiscal. Eran 3 y se rectifico a 2 en la ultima norma porque no tiene sentido pero es que no tiene sentido inmovilizar ningun dinero. Ese dinero es del TCP , no del estado. Que pasa?

  • Roberto dijo:

    Sigo reiterando que estoy de acuerdo con la cuenta bancaria.Pero: No es correcto poner como ejemplos de conveniencias que en otros países existe, pero aclarar que existe un sistema electrónico bancario eficiente y nosotros distamos mucho de esas cualidad y calidad, Que por demás las deseamos y en el mundo no hay que ir al banco, todo se paga con tu móvil donde desees y estés, y lo otro que seguiré eternamente en CONTRA, el que me retengan mi siempre limitado capital de trabajo, que no proviene de ingresos, no se conoce esa figura en el mundo, ya que se pone de ejemplo para la cuenta "el mundo",no estuve de acuerdo con 3, ni con dos, ni con uno....La justificación de indisciplina es como todo...ADOPTAR DECISIONES POR EJEMPLOS, el que incumpla que lo sanción. Ademas los ingresos en muchos casos de arrendamientos no da tiempo a que el dinero llegue al banco antes de pagar salarios, reparaciones, onat y hay que hacer en muchos meses hasta gestione de prestamos para pagar al ONAT, electricidad y salario que son el mayor %, las reparaciones son poco a poco, y haciendo sacrificios...Evidentemente hay un gran divorcio voluntario entre quienes deciden y quienes ejercen, ademas de un alto grado de prejuicio....Pienso que es verdad, si te pasas 50 años diciendo que algo es malo, ahora en un papel puedes decir que es bueno, pero la mente necesita mas tiempo y sobre todo si son mentes cerradas al cambio que las hay de todas las edades, pues hay quien no cambia, ni evoluciona a ninguna edad. Y si esa persona tiene cargos y poder, es un desastre y de esos ejemplos hay muchos, que al salir de las reuniones dicen" el T-P-C-P es un mal necesario" son cerrados, pero tienen una brillante sensatez par la ironía·

  • Raul Portela dijo:

    Una pregunta. En el caso de la renta si la persona esta en el exterior y tiene un representante en Cuba, este representante puede aperturar esta cuenta fiscal?

  • María Idania Méndez Clemente dijo:

    Necesito conocer si siendo cobradora pagadora puedo operar en la cuenta fiscal de mis clientes. Si cuento cola debida diligencia.Graciad

  • Caridad Bu Castro dijo:

    Muy esclarecedor, cubadebate es un instrumento de aprendizaje, pues facilita el conocimiento. Referido al empleo del Poder Especial, necesitaria esclarecerme, en el caso de los cuentapropistas que estan vinculados al arrendamuento de viviendas, es posible designar a un apiderado para que lo represente ante las diferentes entidades? Cuales serian las limitaciones y beneficios

  • Maybet dijo:

    Me ha encantado saber las nuevas modificaciones sobre el TCP.Llevo años ejerciendo la actividad de venta de hielo y pagando una licencia como cafetería de alimentos ligeros ,siempre defendí la idea q debía crearse una nueva licencia para vender hielo o incluirla en la de aguador q es a la q más se parece.Al fin de impuso el sentido común !!!! GRACIAS a los q tuvieron q ver con esta rectificación.

  • Carlos dijo:

    Buen dia a todos. Cuando salen estas disposiciones y leyes, como se ve que quien las elabora ( MFP, MTSS ) tan distante esta de conocer en realidad su funcionamiento. Nadie sabe a dia de hoy en los bancos realmente que hacer, hablo de los funcionarios....te dicen..esto es una locura!! Luego colas, ineficiencia, en fin...suerte a mis compatriotas.

    • Alejandro dijo:

      Todos esos errores lo comentan en la Onat , en el Mintrab, en la calle pero como siempre no pasa nada porque hay una muralla de una persona que no deja que se analicen los asuntos porque le da una fundamentacion que aceptan los que estan a su lado y los superiores.

  • Caridad Bu Castro dijo:

    Me voy a referir al contenido de la pregunta No 10. Se expresa por Yaima Arias Urra que el titular mediante Poder Especial puede facultar a otra persona natural para actuar como firma autorizada de una cuenta fiscal. Sin embargo hemos asistido a la Notaria sita en Lawton perteneciente al Mcpio 10 de octubre y nos han explicado que no se permite hacer Poder Especial para esos casos, segun lo establecido para Notaria, lo que ha obligado al Titular a solicitar su baja como arrendador de habitaciones. El titular es ciudadano cubano residente en el exterior y para el cumplimiento de sus obligaciones como cuentapropista requiere del apoyo .de un apoderado. mediante poder especial
    Esta gestion se hizo a mediados del mes de abril y de forma reiterada se consulto, atendiendo a lo que decia la ley. Pudieran explicar si es algo que se ha aprobado recientemente. Debo precisar que en todo momento recibimos una atencion correcta por la Notaria y Directora, pero debian cumplir lo establecido por el nivel superior. Espero respuesta y que hacer, pues el titular mantiene interes en solicitar nuevamente licencia por arrendamiento de habitaciones, pero en estos momentos no se encuentra en el pais.

  • Alejandro dijo:

    Estoy completamente de acuerdo con la Cuenta bancaria Fiscal para los TCP que por demas es una practica internacional pero discrepo de los depositos por el doble del valor de la Licencia en donde se inutiliza ese importe, en mi caso 2400 mn y NO es practica internacional. Si la intencion es para que la ONAT tenga de donde cobrarse alguna deuda, todos sabemos que existen otros metodos que hasta en la misma norma juridica se menciona.
    Ya es suficiente con lo alto de los impuestos por arrendamientos y el bloqueo de los EEUU.

  • Yasmel dijo:

    Yo quiero saber porque los cuenta propista no pueden vender artículos importados y en el mercado negro se vende todas las importaciones y no pasa nada, siendo así comentario de todos los países en que el cubano puede ir de compras. Yo quisiera una explicación sobre el tema ya que los más perjudicados son los trabajadores por cuenta propia que con su esfuerzo tratan la manera de salir adelante, fasilitandole sobre otras cosas al estado empleó y dándole crecimiento a la economía. Entonces en la gasta te prohíben la comercialización de productos de la red minorista e importados. No creo que con lo poco que hacemos nosotros y la calidad de la misma podamos satisfacer al cliente que exije entre otros cosa la calidad del producto.

  • Alejandro dijo:

    Todos conocemos de la situacion actual en cuanto a la entrada del turismo que por deduccion NO se cumplira el Plan de los 5 m.
    Me pregunto: Seremos tan recios con nosotros mismos que no se rebajaran las licencias de arrendamiento? Tan recios que no eliminamos los dos depositos de la Cuenta Fiscal? Se prefiere que los TCP entreguen sus licencias por la necedad de alguien que esta tratando de bloquearnos en lo interno. Propongo que se revisen las normas YA¡. No es para mañana, es para hoy. Recordarnos que duro un año la paralizacion de un sencillo analices de las normas juridicas.

  • Alejandro dijo:

    Porque tanto silencio de las autoridades? Muchos hablan en la calle, en las guaguas, casas, etc de la ausencia de turismo, sus causas y de las perdidas que tendremos pero no opinan ante las intituciones gubernamentales por miedo o sino dicen...para que? En fin que medidas se tomaran con el pago de la Licencia de los arrendadores y de las dos cuotas innecesaria en la cuenta bancaria fiscal ? Que prefiere el gobierno? Que entreguemos la Licencia para entonces no ingresar impuestos? Vean las estadisticas(las bajas) ya que no oyen los comentarios del callejero.
    No dejen pensar solo al MFP.

  • Adolfo Luis dijo:

    Esto es más que complicado

  • Vladimir Pacheco dijo:

    muchas personas q alquilan, inventan para pagar menos impuesto debido a la cuota fija mensual que tiene peso específico en esta epoca q el turismo ha mermado...propongo q se le cobre a los arrendadores 2 cuc dia por turista registrado..evidente q el q no tenga nucha afluencia de turismo paga menos y el q siempre está lleno pagará mas, pero nadie estará presionado por la pérdida q estímula a su vez la ilegalidad... gracias

  • Edurne dijo:

    Considero absurda está cuenta fiscal para TCP q, como yo arriendo un portal bien pequeño para reparar equipos eléctricos. Lo q cobro mensualmente son 900 cup. Así q tendría q depositar 585 cup. ¿ Con qué se supone q viva ? ¿ Con los 315 cup restantes ? Esto da risa.

  • Julio A Serrate dijo:

    ¿Cómo se va a garantizar que cada vez que tengo un gasto, la entidad donde compro me permita pagarle con la Tarjeta? Y me refiero a la ferret era de la esquina donde compro el Lomaté o el timbiriche donde compro la escoba o el haragàn? ¿¡Ah, es una imposición?! Pues una vez más a cumplirla...

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Oscar Figueredo Reinaldo

Oscar Figueredo Reinaldo

Subdirector de medios digitales de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@oigc.cu En Twitter: @OscarFigueredoR

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