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Ciudadanía y residencia: Vínculos y derechos de cubanos (+ Videos e Infografías)

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Una cubana muestra su pasaporte. Foto: Enrique de la Osa/ Reuters.

En la Universidad de La Habana, la Doctora en Ciencias Jurídicas, Martha Prieto Valdés, recuerda una escena de El hombre de Maisinicú: “Alberto Delgado, estando frente la tienda del pueblo le dicen: ‘Oiga ciudadano’, y él responde: ‘Ciudadano no, compañero, y más que usted’.

“Esa respuesta, en aquel entonces —años 1960—, se asentaba en la consideración de que la categoría de ciudadano suponía una expresión del viejo diseño político burgués, y no era incluyente. A partir del momento en que comenzó a producirse la migración política hubo un vaciamiento jurídico del contenido de la ciudadanía y se usó el término con un tono despectivo y, de hecho, se dejó de emplear en el discurso político nacional.  Además, el que emigraba no retornaba y, por tanto, dejaba de ser ciudadano, así estaba enraizado en la conciencia”, explica la experimentada profesora de Derecho Constitucional.

A finales de 1978 iniciaron las conversaciones con la comunidad cubana en el exterior, algunos de sus representativos, y los emigrados comenzaron a visitar la Isla. “¿Con qué pasaporte entraban?, con el cubano; entonces, eran ciudadanos cubanos, aunque no fueran residentes en el país”, comenta la Doctora.

Durante cuatro décadas no pocos pasos se dieron en pos de un acercamiento entre la nación y la emigración. El Gobierno fue actualizando la política migratoria y ajustándola a las condiciones del presente y el futuro previsible. Una muestra de ello fue que en enero de 2013 entró en vigor el Decreto Ley No. 302 del Consejo de Estado, que modificó la Ley de Migración de 20 de septiembre de 1976, así como otras normas complementarias, lo que propició una flexibilización de las regulaciones en la esfera a partir del presupuesto del derecho de entrada y salida de los cubanos al territorio nacional, así como las exigencias para ello tanto para los extranjeros como para los ciudadanos cubanos.

¿Y qué norma rige la ciudadanía? En Cuba, la normativa máxima vigente para la regulación de la ciudadanía se encuentra en los postulados contenidos en la Constitución de 1976. En la reforma de 1992 varios de estos preceptos se extrajeron para ser establecidos en una ley ordinaria. También rige en la materia lo que queda vigente del reformado Decreto 358 de 1944, así como la práctica jurídica desarrollada en estos años. Una Ley que integre las previsiones constitucionales, los principios técnico jurídicos que rigen la institución y las práctica que resultan de las normativas internas es una necesidad.

A mediados de 2018, a partir de la inclusión del principio de ciudadanía efectiva en el Proyecto de Constitución de la República, el debate en torno a los términos ciudadanía, nacionalidad y residencia resurgen en la agenda pública de una “tierra rodeada de mar por todas partes” —propensa a la movilidad de sus habitantes—, y se extiende más allá de la academia y los decisores.

Ciudadanía y nacionalidad, ¿iguales o diferentes?

La nacionalidad está ligada a condiciones psicosociales, culturales, históricas e identitarias. Foto: Ismael Francisco/ Cubadebate.

En la primera de las Constituciones de la República de Cuba en Armas —Guáimaro 1869—, el término ciudadanía se empleó como una forma de distinguir al cubano, de reconocer a los hijos de la patria, como una condición para participar en la vida política, además de la definición de que eran miembros del Ejército Libertador. Pero en el texto de Jimaguayú —en 1895— no se empleó este vocablo, sino el de cubano, estableciendo la obligación para todos de servir la Revolución con su persona e intereses según sus aptitudes.

“A partir de entonces y hasta la reforma constitucional de 1992, se ha empleado cubano, ciudadano, o nacional, y no ha habido en todo momento una regulación diferenciada entre nacionalidad y ciudadanía”, destaca Martha Prieto y nos remite al artículo titulado A propósito de la ciudadanía en Cuba, en el cual comparte autoría con las Doctoras Lissette Pérez Hernández y Gisselle Sarracino Rivero:

“En la Constitución de la Yaya de 1897, dentro del Título del Territorio y la Ciudadanía, se consigna quienes se consideran cubanos. El texto de la Constitución de 1901, vigente desde la proclamación de la república independiente en 1902, al referirse a las formas de adquisición de la condición de cubano, utiliza los términos ciudadanía y nacionalidad de manera indiferenciada. En la Constitución que le sucedió, promulgada en 1940, bajo el Título de la Nacionalidad, se regulan los derechos y deberes que comporta la ciudadanía, así como las formas de adquisición, pérdida y recuperación de tal institución. De igual forma es refrendada en Ley Fundamental de 1959.

“Por su parte, la actual Constitución, la de 1976, si bien regula directa y únicamente la ciudadanía, en una ocasión utilizó el término nacionalidad como sustitutivo de ciudadanía (Artículo 29, Inciso ch.). Esta insuficiencia desaparece del texto con la reforma constitucional de 1992, momento, a partir del cual, es la ciudadanía la institución jurídica, sin confu­sión terminológica, la que define al indi­viduo como portador de derechos y deberes, en vínculo directo con el Estado”.

El Teniente Coronel Roilan Hernández Concepción, jefe del Órgano Jurídico de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjeríaen Cuba, asegura que “al igual que otros países, nosotros diferenciamos los conceptos de nacionalidad y ciudadanía. Si la nacionalidad está asociada al concepto de Nación, la ciudadanía lo está al de Estado”.

Autor: Edilberto Carmona/ Cubadebate.

En algunos países latinoamericanos se utiliza la categoría de nacionalidad, para reconocer los derechos civiles, socioeconómicos y culturales y, por ejemplo, el derecho a entrada y salida de sus naturales del territorio. Mientras que la ciudadanía te permite implicarte en la vida política, ejercer el voto, ser electo.

La profesora Prieto Valdés explica que se puede ser ciudadano, aunque no se sea nacional o natural porque no se haya nacido ni desarrollado en el territorio del Estado, pero se han establecido determinados vínculos que condicionan derechos y deberes para ambos. “Cuba regula solo la ciudadanía, porque se asume la nacionalidad como una categoría psicosociológica, que la conforman la idiosincrasia, el idioma, la religión, la cultura, tradiciones, valores, todos los que definen la manera de ser de una comunidad, resultante de existir y desarrollarse en ella. Conforma la manera de ser del cubano, pero no los derechos”. ¿Qué es ciudadanía entonces?, se pregunta. “Es el vínculo político-jurídico entre los individuos y el Estado, del cual derivan —para ambas partes de la relación— derechos y deberes, los que se prevén tanto en las Constituciones como en las normativas ordinarias a fin de asegurar su realización y cumplimiento por todos”, sintetiza Prieto Valdés.

La ciudadanía, como categoría jurídico-política, tiene una estrecha relación con los elementos esenciales del Estado, poder público, territorio, población; de ahí su vínculo indisoluble. La ciudadanía es límite a la población, consecuencia de la formación de los Estados nacionales y expresión del ejercicio del poder del Estado, como manifestación de su voluntad soberana.

Prieto Valdés, M., Pérez Hernández, L.,Sarracino Rivero, G.

El jefe del Órgano Jurídico de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería explica que cuando hablamos de nacionalidad falta un elemento que lo tiene el Estado: el territorio como ámbito determinado de existencia y de ejercicio de poder. Los nacionales pueden estar diseminados por todos los países, no tener un asiento estable o sin reconocimiento formal, pero solo el Estado, definido sobre un espacio territorial y con una población asentada en él puede determinar la ciudadanía.

“Cuba opta por la ciudadanía y en el Proyecto no se regula en ningún momento la nacionalidad, porque entendemos que la nacionalidad nadie te la puede quitar, pero la ciudadanía sí. ¿Alguien te puede decir por decreto que no eres cubana o cubano? Por eso cuando se le otorga la ciudadanía a un extranjero éste ya debe hablar y entender el idioma, conocer nuestras leyes, la geografía, integrarse a nuestras costumbres, cultura y religiones”, subraya el jurista.

El Teniente Coronel Hernández Concepción aclara que “si eres ciudadano cubano, el Estado está obligado a representarte, como parte de esos vínculos jurídicos y políticos entre este y el ciudadano. Aunque no se vea tanto así, la ciudadanía implica también ser leal a ese país, cumplir con su Constitución y su sistema jurídico”.

La novedad del Título III: Ciudadanía efectiva

"La ciudadanía efectiva, logra ese equilibrio, logra que los cubanos no tengan que esconder el carácter de ser ciudadanos de otros países", dice el jurista Roilan Hernández Concepción. Foto: Abel Rojas Barallobre/ Juventud Rebelde.

El Título III del Proyecto, referido a la Ciudadanía, es uno de los más breves del texto, contiene solo siete artículos (del 32 al 38), donde podemos encontrar muy pocos cambios respecto al Capítulo II de la Constitución vigente, sin embargo, introduce una novedad significativa: “los ciudadanos cubanos en el territorio nacional se rigen por esa condición”, la de cubanos.

“Eso quiere decir que puedes tener otras ciudadanías, aunque no lo diga de forma expresa; pero en Cuba, sólo puedes invocar y ejercer la cubana”, El texto vigente establece que no se admite la doble ciudadanía y que cuando se adquiriera una extranjera, se perdería la cubana. “Formó parte de nuestra historia política, y tuvo su lógica: en la lucha contra España, eras cubano o español”, apunta Martha Prieto.

Según el Teniente Coronel Roilan Hernández, al establecer el principio de la ciudadanía efectiva en la Constitución o en la Ley, hay que tener en cuenta que se parte de determinar, en aquellas personas que tengan dos o más ciudadanías, cuál se le reconoce de forma efectiva dentro del territorio nacional.

En el artículo 35 no aparece explícitamente el término ciudadanía efectiva, sería oportuno mejorar la redacción del texto para lograr una mejor comprensión y hasta su aplicación. ¿Por qué no declarar literalmente que los cubanos no pierden la ciudadanía por adquirir otras, y decir que la ciudadanía que se reconoce como efectiva cuando te encuentres en el territorio nacional es la cubana? Según explica Hernández:

“El principio de ciudadanía efectiva tiene dos elementos que lo integran, una parte declaratoria que establece la seguridad jurídica de que el ciudadano que adquiera otra ciudadanía no pierde la cubana y otra donde se establece categóricamente que, cuando esto ocurra, la ciudadanía que se reconoce como efectiva es la del Estado generalmente de origen. Estos elementos integradores, cada Estado lo convierte en norma jurídica y lo expresa en su Constitución y la Ley, de acuerdo a como se considere más apropiado. La Constitución no recoge el principio expresamente de Ciudadanía Efectiva, si no que establece como se materializa en cada Estado los elementos que lo integran”.

“El país no va a oponerse a que tengas otra ciudadanía o a que viajes asiduamente, pero tampoco puedes crear un conflicto por ello. Mientras estás en Cuba eres solo cubano para hacer cualquier acto civil, político, para identificarte. Es un equilibrio necesario entre el individuo y el Estado. La ciudadanía efectiva, logra ese equilibrio, logra que los cubanos no tengan que esconder el carácter de ser ciudadanos de otros países, no hace falta. Pero tampoco por tener una múltiple ciudadanía tienes derecho a hacerle daño al Estado, en Cuba no puedes ser cubano-francés”, añade Hernández Concepción.

Autor: Edilberto Carmona/ Cubadebate.

A partir del 2013, tras el proceso de flexibilización de la legislación migratoria en Cuba, acercándolo a las condiciones reales del país y con el objetivo de que la migración cubana vaya en descenso fue necesario determinar la ciudadanía efectiva en el país.

“Hoy, aunque no se acepte la doble ciudadanía hay personas con esta condición, y los conflictos existen, y no tienes cómo resolverlos en la ley, entonces la fórmula ha sido esta: vamos a abandonar el tema de la negativa a la múltiple ciudadanía. Vale dejar claro que nunca se sancionó a nadie, a ningún cubano se le privó de la ciudadanía por tener otra, aun siendo un asunto establecido en la actual Constitución”, aclara el jefe del Órgano Jurídico de la DIIE.

Detrás de la obtención de otra ciudadanía no siempre hay una intención ilícita o motivada por intereses migratorios como pudo creerse en un momento determinado, a veces las normas de otro país te imponen la ciudadanía. “Hay quien no se propone tener otra ciudadanía, pero sucede; por ejemplo, cuando te casas o nace un niño, aunque sea por casualidad o por premura, en un territorio donde sus normas te otorguen inmediatamente su ciudadanía. Pero también es posible que si un cubano y una mexicana se casan, deciden ir a vivir a Venezuela y allí tienen hijos, estos tendrían tres ciudadanías”, ilustra Hernández Concepción.

“Cuando por ley, el gobierno español abrió la posibilidad de que los cubanos se hicieran ciudadanos españoles por grados de parentesco, alguien se preguntó: ¿los cubanos solo tienen ciudadanía española o tendrán otras? Los movimientos migratorios los condujeron en múltiples ocasiones por el camino de obtener otras ciudadanías. Después de lograr la residencia permanente en un país, la ciudadanía es la mejor opción para alcanzar la igualdad de derechos, al menos en el orden jurídico formal, aunque el tema de la discriminación se imponga en ocasiones, a pesar de la Ley”, continúa el Teniente Coronel.

¿Presentar el pasaporte español o mexicano ante las autoridades de Inmigración para salir del territorio nacional invade el principio de ciudadanía efectiva?, preguntamos a la autoridad:

“No contradice ni afecta el principio de ciudadanía, ni las normas que sobre ese tema estamos poniendo en el Proyecto de Constitución, porque una cosa es el visado y otra la ciudadanía. El hecho de que tengas otra ciudadanía no quiere decir que dentro de Cuba la estés haciendo valer, porque al salir de tu país estás presentando el pasaporte cubano vigente. Muestras el otro documento porque ahí está el visado, porque las autoridades del país deben velar porque llegues a buen puerto, que no te devuelvan, si eso sucede multan a las líneas aéreas y en sentido general los Estados son muy celosos con el tema. En este caso, el pasaporte solo es la visa”, explica el jefe del Órgano Jurídico de la DIIE.

Asimismo, al llegar a Cuba, el ciudadano cubano tiene que presentar su pasaporte cubano, “porque además no podemos tener a una persona con dos identidades en el país, porque eso puede generar un conflicto”, informa Hernández Concepción.

Ser ciudadano, ¿derechos a ultranza?

¿Los cubanos que viven fuera de Cuba deberían tener el mismo acceso a gratuidades que quienes residen permanentemente en la Isla? Foto: Ismael Francisco/ Cubadebate.

Alcanzar la categoría de ciudadano debe suponer obtener el máximo de garantías, dice la Doctora Martha Prieto en su recinto más preciado, la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana.

“En esencia, si soy ciudadano debo tener la posibilidad de disfrute de todos los derechos civiles, políticos y socioeconómicos y culturales, incluyendo el derecho a la libre entrada y salida, a la residencia en todo momento. Es una condición que me da apertura a todos los derechos como ciudadano. Pero no es un derecho que te da más derechos, porque los derechos se pueden limitar o suprimir; y ello solo es posible en casos extremos, los que han de ser previstos en las Constituciones para brindarle mayor garantía”, alerta.

En los debates concluidos el 15 de noviembre y los que continúan en las calles y en foros digitales, algunos comentan: “Vienen, se operan, y se van”, en referencia a los cubanos que residen en el exterior sin trabajar ni pagar impuestos en la Isla.

He ahí una inquietud a analizar. Quizás fijando que la gratuidad de los servicios está sujeta a la residencia permanente o efectiva, pero debe definirse constitucionalmente, piensa Martha Prieto. Y en la Ley de Ciudadanía se podrían fijar entonces los términos en que se pierde el acceso a los alimentos por “la libreta de abastecimiento”, a la salud gratuita, etc, cuando la persona traslada su residencia a otro país. Quizás para unas gratuidades antes y para otras después. Siempre que se puedan recuperar luego de restablecerse en el país.

El lector Enrique comentó al pie de un artículo en Cubadebate: “Por el camino que vamos es preciso determinar qué es la residencia efectiva en Cuba, porque cuando usted le dice a alguien que puede viajar y permanecer 24 meses en el exterior, sin perder su domicilio en Cuba, con el objetivo de evitar la migración, sucede que una cantidad nada despreciable de cubanos viven la mayor parte del tiempo en otros países y vienen a Cuba una vez al año. Siguen siendo residentes permanentes en el territorio, aunque a veces no permanezcan ni 15 días en él”.

¿Ciudadanía o residencia efectivas?

Autor: Edilberto Carmona/ Cubadebate.

Muchas personas relacionan dos conceptos jurídicamente diferentes como la ciudadanía y la residencia. Quizás porque, en determinados momentos del desarrollo de la aplicabilidad de las normas y de la vida, estos pueden estar tan cercanos que es difícil determinar la línea divisoria entre uno y otro.

La Doctora Martha Prieto precisa cómo en la práctica hemos confundido estos términos. "Se supone que tú lo que limitas son los derechos, no de tus ciudadanos, sino de los que son solo residentes, porque viven en tu territorio; pero por nuestra dinámica política y la que nos rodea, por la responsabilidad que ha asumido el Estado cubano en la garantía de varios derechos, hemos reconocido también los derechos socioeconómicos para los residentes y establecido limitaciones a los del ciudadano cuando no es residente; pero tampoco los extranjeros residentes permanentemente en Cuba pueden participar en la vida política local. Todo esto merece una revisión”, indica.

Es una necesidad definir en las normativas qué derechos tiene un ciudadano cubano y cuáles un residente, es preciso ordenar mejor esos conceptos y plasmarlos en la legislación cubana.

“Si tuviésemos definido qué cosa es la residencia efectiva comprobaríamos que esa persona ha trasladado su residencia a otro país, lo que no debe traer como consecuencia ningún conflicto para la persona. Un hombre con múltiple ciudadanía no puede lograr una residencia efectiva en más de un lugar”, reflexiona el Teniente Coronel.

La definición exacta de residencia efectiva no existe en nuestra legislación, una deficiencia que trae no pocos conflictos a nivel sociológico y sociopolítico en el país.¿Cómo es posible que personas que no residen la mayor parte del año en Cuba y paguen sus impuestos en otro país tengan los mismos derechos y gratuidades que los residentes permanentes?, preguntamos.

Solucionar esta situación exige de varias normativas, la nueva Constitución podría precisar que estas se dicten. El Artículo 200 del Proyecto dice que “el voto es un derecho y un deber ciudadano”, pero establece en su inciso c) que lo podrán ejercer quienes “cumplan los requisitos de permanencia en el país previstos en la ley”. Y por qué no dice residencia, por qué el país no establece la definición de residencia efectiva.

Para definir la residencia efectiva, para acreditar qué tiempo permanezco en el país, se debe dejar explícito qué período se necesita para demostrar la permanencia estable y continua de un ciudadano en el país.

La definición del término de residencia efectiva no tiene que ser constitucional, pero la Carta Magna puede crear el camino. Puede ser de Ley, porque para todos los casos no tiene que ser igual término, para el derecho al voto puede ser de una manera, para los impuestos de otra, así como para el tratamiento migratorio o de ciudadanía, comenta Hernández.

Aunque más adelante concluye: “Lo más apropiado es que aparezca en la Constitución, para tener una norma que dé los fundamentos suficientes para establecerlo en las leyes según corresponda, porque en nuestro país cada día las personas incrementan más su movilidad migratoria”.

El ir y venir de los cubanos es tan fluido que es muy difícil saber cuántas personas residen de forma efectiva en el país. Y el Gobierno necesita saber con cuántos ciudadanos en un periodo determinado cuenta para trabajar, para garantizar su alimentación, para la planificación, para la inversión y el desarrollo.

El Teniente Coronel defiende el concepto que la residencia no se pierde, “el individuo traslada su residencia, es una decisión personal, el Estado no te conmina a hacerlo. Pero si tú estableciste la residencia en otro lugar, si no trabajas y aportas en Cuba, no debes tener los mismos derechos que los residentes que sí trabajan y contribuyen al desarrollo del país. Esa es la preocupación de la población y las dudas las tiene que despejar y resolver la norma jurídica”.

Ley de Ciudadanía y otros apuntes necesarios

Autor: Edilberto Carmona/ Cubadebate.

A partir de la formulación que tiene este Proyecto, se propone una Constitución más extensa en comparación con la vigente, pero el Título III: Ciudadanía requiere algunas precisiones y acotamientos, pues llama la atención las reiteradas referencias a las normativas —la ley establece, la ley regula.

“Cuando la Constitución señala un precepto es para que luego sea la guía para desarrollarlo en las leyes; de todas formas ilustra decir “de acuerdo a lo que está establecido en la ley” para que las personas sepan que no es solamente lo explícito en los incisos de la Carta Magna, sino que tendrá especificaciones en el aparato legal”, dice el Teniente Coronel.

Por su parte, Martha Prieto considera que “la Constitución no es para enunciar, es para mandar. No puede ser para que fije solo unos mínimos,  y después se dé la posibilidad de que se creen regulaciones que desvíen o condicionen su realización. No. Si dice que son cinco, son cinco, y no 4 o 3 en dependencia de lo que disponga la regla inferior. Sé que no es posible regularlo todo, tampoco tendríamos espacio de vida; pero si deben definirse en el magno texto los principios y reglas rectoras principales de la vida en sociedad, él ámbito de su ejercicio, los mínimos y máximos que marcan la actuación de todos. Solo así es posible brindar seguridad personal y de realización de lo previsto”.

Este Título es uno de los más breves del texto, solo siete artículos (del 32 al 38), pero la síntesis no debe dejar vacíos en el contenido u obviar elementos esenciales. Por ejemplo, en el Artículo 33 se expresan las situaciones reguladas para la condición de “ciudadanos cubanos por nacimiento”, y únicamente aparecen los requisitos y las formalidades en el inciso (a), en el resto no (b, c, d).

Para la obtención de ciudadanía, en todos los casos se solicitan requisitos y formalidades, de ahí que deberían estar expuestos en todos los incisos, porque luego la ley no debería añadir lo que no está expuesto constitucionalmente.

Cuba no tiene Ley de Ciudadanía, por eso cuando se dice conforme a los requisitos y formalidades que requiera la ley, se está pensando en una futura legislación, casi todos los temas de este Título se refieren a una norma por dictar. Solo tenemos vigente el viejo Decreto 358 de 1944.

En el inciso c) del artículo referido se define que son ciudadanos cubanos por nacimiento “los nacidos en el extranjero, de padre o madre cubanos, previo cumplimiento de las formalidades que la ley señala”, sin embargo, debería decir previo cumplimiento de los requisitos que la ley señala, los que ya están regulados en el Decreto-Ley No. 352 del 3 de diciembre de 2017.

“Efectivamente, otorgarles la ciudanía a estos niños demanda muchísimos requisitos, la norma lo regula y derogó los requisitos del avecindamiento en Cuba, dada la necesidad de propiciar que los connacionales, si así lo deseaban, vinieran a vivir en el país. Pero tenía que elaborarse un procedimiento para saber cómo realizar el proceso y para que las personas desde el exterior pudieran solicitar la ciudadanía de sus hijos. Ese niño nacido en el exterior se establece que es ciudadano cubano por nacimiento, y eso es una construcción del Derecho que requiere complementación por la Ley”, explica el jurista.

La profesora Martha Prieto apunta, además, que el otorgamiento de la ciudadanía para los extranjeros y personas sin ciudadanía es función del ejecutivo en la mayoría de las Constituciones. “Esa función aún corresponde al Consejo de Estado, porque su presidencia está en manos del Jefe de Estado, pero proponerse una diferenciación de funciones, esa facultad regresa al Presidente de la República”, agrega.

En el caso del Artículo 34, inciso b), se observa un cambio entre el Proyecto y la actual Constitución donde dice que aquellas personas “privadas arbitrariamente de su ciudadanía de origen, obtengan la cubana por decisión del Presidente de la República”, antes decía por acuerdo expreso del Consejo de Estado.

“Cuando se habla de las personas que han sido privadas arbitrariamente, por ejemplo, son casos que históricamente se refieren a luchadores por la independencia de un país, por posiciones importantes de izquierda. Esas personas eran objeto de persecución y privarlos de la ciudadanía de sus países era una forma de que no ejercieran sus derechos políticos. Entonces, se requiere que sea el Presidente quien tenga la potestad de hacer que un ciudadano de otro país, cuando realice algún acto heroico por Cuba o un gran aporte para el país. Debe especificarse que se trata en estos casos de un otorgamiento de la ciudadanía por naturalización”, opina Roilan Hernández.

El Artículo 37 establece que “los cubanos no podrán ser privados de su ciudadanía, salvo por causas legalmente establecidas. Lo cierto es que “deberían aparecer las causas de pérdida, como la tenía el texto original del ’76, y el órgano que puede decidir, en blanco y negro”, propone la experta constitucionalista cubana.

Además debería suprimirse la sentencia: “tampoco podrán ser privados del derecho a cambiarla”, porque constituye una herencia de la Constitución vigente que debe rectificarse. “En el orden doctrinal la ciudadanía no se cambia; los procesos son de adquisición, pérdida, recobra o renuncia”, explica el Jefe del Órgano Jurídico de la DIIE.

En su departamento de la legendaria Facultad de Derecho de La Universidad de La Habana, la Doctora Martha Prieto Valdés resume que “si en el Proyecto se consagran las causas de pérdida de la ciudadanía, y quién las puede determinar; si se define la residencia efectiva y qué se privilegiará en función de los individuos que la posean —dada la situación del país que no puede garantizar todos los servicios gratuitos para aquellos ciudadanos que no sean residentes permanentes—; y si hace definitivamente la Ley de Ciudadanía, sin más dilaciones, estaríamos asistiendo a una solución válida, de la expresión de los temas relacionados con ciudadanía y residencia en la legislación cubana”.

Diferencias entre nacionalidad y ciudadanía

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Se han publicado 132 comentarios



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  • nizaro dijo:

    Interesante articulo, solo que no hacen mencion que para entrar a Cuba todo aquel que fue ciudadano cubano, debe tener un pasaporte cubano, y si por mas de 10 años no entre a Cuba y mi pasaporte expiro, debo pagar la suma de 500 USD para poder visitar a mis familiares aqui, ademas de donde sale lo de la ciudadania efectiva, pues veo que no usan el ejemplo de otro pais.

    • Victor Roman dijo:

      La palabra Ciudadanía "Efectiva" no es usada en ningún país del mundo. Más bien se refieren a simplemente doble nacionalidad y punto. Pero como dice el artículo se debe mejorar el texto constitutivo. Excelente artículo.

    • m&m dijo:

      creo que en 10 años bien puede haber ahorrado 500usd, $1 al dia le dan $3600, basicamente podria renovar varias veces el pasaporte en ese momento

      • Mario Alberto dijo:

        mm con sumo respeto ese comentario tuyo denota la luz corta que tienes.

      • MANNY dijo:

        A los 500 que mencionas hay que sumarle lo prorroga cada 2 años que son 440 mas, es decir que por 6 años no por 10 son 940.00

      • m&m dijo:

        si me puede decir donde esta la luz corta, se lo agradeceria.
        incluso aqui por mi trabajo, la divisa que recibo extra como parte del salario, 20-30cuc al mes, que no la gasto, la ahorro para lo que necesite extra en algun momento, me daria para en par de años renovarlo, asi que no creo que con un salario de otro pais, de alguien que trabaje, en 10 años no tenga esos 500 o 9xx que dicen son necesarios. ademas, vendria cada mas de 10 años a Cuba?

      • Tania dijo:

        M&M, usted es una falta de respeto, lo que usted ahorre no nos interesa, pero lucarse con un documento como el pass, es una falta de respeto a la poblacion, como tantas otras.

      • m&m dijo:

        Tania, si usted logra decirme en que manera algo de lo que escribi es una falta de respeto, se le agradedceria la iluminacion.

      • nizaro dijo:

        Para m&m, bastante atrasado la respuesta pero mas vale tarde que nunca. mira si reúnes 1 dolar por día, al final del año serian $365 dolares. Matemática básica y siempre tuve problemas con ella, aprobaba con 60 puntos y alégrate que aprobé.
        Ademas con un dolar al día no viviría ni siquiera en Cuba, pues en Haiti, el país donde he estado la renta de un apartamento, el mas barato me sale en 300 dolares americanos, el mas barato y en un barrio regularcito, la tv o el cable me sale en 30 dolares, (por error en un reportaje anterior puse 15 dolares, me disculpo por ese error) tuve que prescindir de la tv pues no me estaba cuadrando la lista con el billete, internet en el móvil me sale en 15 dolares, la salud privada pasa de los 100 dolares, rentar un taxi, de 20 dolares en adelante, (Puerto Príncipe es grande y hay demasiadas lomas) la corriente es un problema aquí, solo ha mejorado en algunas partes y tengo que comprar un panel solar en República Dominicana, que traerlo es otro dinerillo, mas ayudar a mis familiares en Cuba, solo calcula cuanto se va por ahí. Así que son 300+15+100+20=435 dolares al mes.
        Actualmente no estoy en Haiti, estoy en Cuba, para el papeleo y espero pronto estar de vuelta allá, con la residencia en mano, he estado en República Dominicana y en Guyana, y he podido ver y conocer muchos temas de los que en Cuba no se habla o se desconoce, pero Haiti me ha dado la oportunidad de hacer mucho mas de lo que hubiera podido hacer en mi país por factores subjetivos e ideológicos.
        Pero para finalizar y no contarte de mi vida personal ni mis planes del futuro, te sugiero que viajes un poco por el mundo, (claro esta, si puedes y la vida te lo permite o mejor infórmate por internet) no solo por Miami o los Estados Unidos a los que los cubanos somos casi tan ciegos al creer que es el único país del mundo, si no por el Caribe que es nuestra región geográfica para que compruebes lo que he oído decir a muchos cubanos viviendo en el extranjero, ¡¡Aquí hasta la sonrisa cuesta!! No te pienses que todos los que llegan a vivir en el extranjero, llegan con el pie derecho y si llegaron con el pie derecho, felicidades y que San Pedro se los bendiga. Saludos a todos.

    • lolo dijo:

      Muy buen articulo, aun queda mucho por debatir, por ejemplo leyendo en internet me entero que los ESTADOUNIDENSES que viven fuera de su pais, deben pagar ademas los impuestos en Estados Unidos, me asombro, "O pagas más impuestos o renuncias a la ciudadanía estadounidense..." segun el articulo.
      Algunos norteamericanos han optado por renunciar, otro, los mas la mantienen.
      Pienso que puede ser algo parecido para los cubanos en el exterior, que paguen impuestos en Cuba y tengan los beneficios de todos.
      Por otro lado un llamdo de atencion a las autoridades, los alimentos de la libreta casi siempre son subsidiados, los repatriados reciben los mismos en cuanto adquieren nuevamente su Carnet de Identidad, pero muchos no viben en Cuba, y siguen recibiendo dichos alimentos, al contrario, si vas de mision, uno de los primeros aspectos analizados antes de partir, es enseñar la baja de la OFICODA. Cuba invierte millones en los alimentos de la canasta, no creo que estemos para desrochar y mucho menos para no CONTROLAR. Estos es para, INMIGRACION, COMERCIO y GOBIERNOS LOCALES.

      • MANNY dijo:

        Lolo estas equivocado, en estados unidos se paga impuesto por lo que ganas al año.si vives fuera y no ganas nada dentro de los eeuu no pagas nada,. ahora si tienes una propiedad (casa), si pagas impuesto por la propiedad.pero esa casa te la respetan y no la pierdes aunque estes 20 años fuera del pais, no como pasa en cuba que si en dos años no entras al pais la pierdes.

      • ramon dijo:

        Lolo no se si vives en cuba, pero si eres ciudadano cubano (no repatriado) has vivido solo en cuba y sales del pais y estas mas de 3 meses fuera de cuba automáticamente te quitan los alimentos por la libreta, lo digo por experiencia personal

      • EntreRios dijo:

        Muy bien lolo, Pienso que unas de las ineficiencias de nuestro Estado es lo paternalista que es. No se puede subsidiar de la misma forma que se subsidiaba HACE 50 años. Para mí, hoy por hoy, los que necesitan subsidios en Cuba son los niños y los ancianos. Los demás a cogerla, como es que hay vagos que se pasan la vida haciendo negocios en la calle, jugando dominó en las esquinas, tomando ron en el barrio, etc y luego tiene alimentos subsidiados en la bodega. ESO ES INSOSTENIBLE, ASÍ DE SENCILLO. No hay economía que sostenga ese DESPILFARRO. El estado GASTA mucho más que lo que INGRESA y ese déficit es disfuncional. El cubano que se vaya pierde los derechos a subsidios, incluido lo de Salud.
        Hay que copiar lo bueno y desechar lo que no sirve del Sistema Capitalista. Quien no aporta al fisco NO DEBA RECIBIR BONIFICACIONES DE NINGÚN TIPO. Saludos

      • S.O.S dijo:

        Lolo, de acuerdo 100% con Usted.

  • Ariel dijo:

    Ciudadano cubano: Aquel que en su Patria tiene en ocaciones muchos menos derechos que ciudadanos de otros países, tales como montarse en embarcaciones o invertir en su país.
    Países como España sus ciudadanos pueden salir por estudios o trabajos y no pierden sus derechos. Ni tienen cosas tan absurdas como las prorrogas cada dos años del pasaporte, tema que no tocaron en la entrevista. Aboguemos que cada dia los ciudadanos cubanos tengan más derechos no menos.
    Totalmente de acuerdo que las personas que residan fuera no tengan libreta de abastecimiento. Incluso solo la dejaría para aquellas personas con salario menores a 1000 pesos cubanos.

    • Victor Roman dijo:

      Muy bien tu opinión hasta el punto de la libreta hasta los 1000 pesos. Ya no sería socialismo. Sería socialismo para los que ganen hasta 1000 y los que ganan más capitalismo?

      • Rober dijo:

        Victor ¿Qué tiene que ver el Socialismo con la Libreta?

    • Mario Alberto dijo:

      jajaja como cobro 2000 pesos y no tengo hijos, y con todo y eso no me alcanza jajajja dime tu ¿¿que se puede hacer con 1000 pesos ?? que son unos 40 cuc lo unico que se puede hacer es sobrevivir

      • m&m dijo:

        pues Mario Alberto no se que hara usted, en que se lo gasta y como quiere vivir dentro de susu posibilidades. yo solo, me calcule y me di cuenta q el salario medio me da perfectamente y tranquilamente amplio para todo lo que necesito.

    • la niña dijo:

      Mijo pero si es por esa condición la libreta se queda por siempre, ¿cuantos trabajadores del sector estatal ganan más de 1000 pesos cubanos?

  • Rob Martínez dijo:

    Hace muchos años que perdí mi residencia y mi nacionalidad.La verdad que no las necesito.

  • senelio ceballos dijo:

    Estimado equipo de periodistas que han preparado este trabajo...Mis FELICITACIONES..les salio muy bien......GRACIAS..Les insto a escribir una serie de articulos explicativos, ACLARATOTIOS..sobre esos temas que en los ultimos annos todo lo hemos mezclado...Por Ej..Seria Bueno explicar...QUE / CUALES? son los conceptos., definiciones, que asemejan y difrencia a....ESTUDIANTE /alumno / escolares a veces me encuentro esos conceptos mezclados en comentarios e incluso en algunos periodicos-foro que visito a diariamente en mi NAVEGAR por la internet.....Otros conceptos que tambien necesitan aclaraciones creo que.......PATRIA , ESTADO. gobierno, partido...no solo algunos comentaristas los metemos en un arroz-con mango que queremos explicar algo y con solo leer nos confundimos......Uds algunos periodistas nos confunden esos conceptos o categorias filosoficas.....Como estos dos ejemplo tenemos muchos mas en nuestro diario intercambio..GRACIAS ya conozco que tengo como tres o cuatro nacionalidades / ciudadanias jajaja gracias otra vez..El guajiro chambero

  • OBSERVADOR dijo:

    Cito ¨¿Cómo es posible que personas que no residen la mayor parte del año en Cuba y paguen sus impuestos en otro país tengan los mismos derechos y gratuidades que los residentes permanentes?¨....
    Respondo, tenemos los mismos derechos en Cuba porque la inmensa mayoría de los cubanos que residimos fuera aportamos 100 veces mas a la economía de Cuba que los cubanos de la isla, así de simple, cada remesa que enviamos es en moneda duuuuuuuuuura y ya es bien conocido que por el concepto de remesas de ciudadanos cubanos residentes en el exterior Cuba recibe varios miles de millones de dólares o euros cada año, si de un momento a otro quienes residimos fuera dejamos de enviar remesas Cuba se paraliza, es así de sencillo. Eso sin hablar de que los cubanos que residimos fuera ayudamos al mejoramiento del nivel de vida de los cubanos que viven dentro en concepto de ayudas materiales que si no fuera por las actuales regulaciones aduanales abusivas esa ayuda sería mucho mas grande.

    • m&m dijo:

      si usted me dice que la cantidad que envia un residente en el exterior es mayor que el impuesto que paga en el otro pasi, tal ves le podria hacer caso. mejor paguelos aqui y hay mas para lo que necesita el pais

      • pp dijo:

        "pues Mario Alberto no se que hara usted, en que se lo gasta y como quiere vivir dentro de susu posibilidades. yo solo, me calcule y me di cuenta q el salario medio me da perfectamente y tranquilamente amplio para todo lo que necesito."

        Te pasaste!!!!

    • morpheuz dijo:

      Esas remesas ayudan pero tampoco son donaciones. Ese dinero que reciben los familiares en Cuba se usa para cambiarlo por bienes y servicios, los cuales tienen un costo de producción que también hay que pagar.

    • Gome dijo:

      Víctor
      Unos 3 mil millones de dólares al año no creo que es nada despreciable,muchas familias comen con ese dinero que el estado se los cambia en CUC,y el país invierte los dolares o euros,sea en construcción de hoteles o compra de alimentos o medicinas.

    • Juan de Dios dijo:

      No es que este de acuerdo con OBSERVADOR, pero:
      Victor Roman dijo:
      No necesitamos de ustedes desertores, Tenemos los conocimientos y la fuerza del trabajo para cada vez más mejorar nuestra nación.
      NO CREE QUE DEBIDO A LOS CONOCIMIENTOS DE LOS CUALES USTED HABLA, SU RESPUESTA ESTA FUERA DE TONO, cuando es el estado quien esta abogando por la inversion extranjera, por personas como usted con ESE PENSAMIENTO RETOGRADO es que estamos como estamos, no es doblegarse, pero si entenderse.

    • T equivocas dijo:

      Te equivocas, seria muy injusto q eso siga pasando, residir fuera de Cuba, no aportar nada al pais ni en impuestos ni trabajando y creyendo que con los 4 dolares que mandan o traen y q en la mayoria de las veces terminan siendo vendidos en el mercado informal y luego sacados del pais les da derecho a obtener servicios de salud gratuitos y una cuota pequeña pero subsidiada de productos alimenticios durante todo el año...es un error grave del Estado que siga sucediendo.

      • Yo dijo:

        Solo veo odio y rencor entre cubanos. Nos vanagloreamos de los servicios de salud al mundo y se la queremos quitar a nuestros nacionales. La mayorias de los cubanos q salen hoy en dia es por mejoras economicas a costa de la separacion familiar y de llegar a un pais extraño y empezar de cero nada es facil y cuando tenemos la primera oportunidad a donde vamos a cuba. En casi todas las familias cubanas estoy seguro q hay cubano q vive en el extranjero

      • Perez dijo:

        Perdón, no son 4 dólares, son más de 3500 millones de dólares, más que las exportaciones de tabaco, níquel, Ron y turismo juntos, nada despreciable diría yo, podemos brindar atención médica en 67 países, realizar 1 millón de operaciones en el marco de la operación Milagro impulsada por nuestro invicto comandante en jefe, graduar 35mil médicos extranjeros y estamos buscando resquicios para impedirle acceder a servicios médicos a nuestros compatriotas, nunca vamos a avanzar mientras la mediocridad, envidia y rencor domine nuestros actos

      • m&m dijo:

        quisier alguien me diera una referencia VERIFICABLE y avalada por terceras fuentes sobre el monto de las remesas a Cuba, que un numero lo pone cualquiera

      • Indômito dijo:

        A Ud, Alicia um msm solo les digo una cosa. Una cosa por la que Marti luchó fue por la unidad de TODOS los cubanos. Sus comentários destilam un ódio atroz a los que vivimos en otro país. Hoy nuestra Patria necessita como nunca de todos nosotros y de esa unidad. Quiero que sepa que es solo una minoria que no ama a su Pátria. Nuestra Revolución ha dado una gran muestra de câmbios positivos al tenermos en cuenta a la hora de opinar sobre el futuro de nuestro país. Los desafortunados comentários de ustedes estan muy lejos de lo que nuestro país está haciendo.

  • Carlos dijo:

    Yo tengo residência temporal en Brasil y desde que llegué he recebido atención médica gratuitamente por el Sistema Único de Salud y mis hijos tambien estudian en el sistema público a pesar de ser extranjero. Como es posible que curando obtenga la residência permanente cuando viaje a Cuba, mi país en la que mantengo mi nacionaludad y ciudadania yo tenga que pagar por un servicio de Salud que necesite. El dia que eso ocurra estaremos violando uno de los princípios sagrados de la Revolución y es la atención médica gratuita. Como se explica que en el extranjero yo la pueda recibir y en mi país no? .
    Por otro lado. Como alguien puede decir que los cubanos que residen el exterior no aportan nada? . Cuanto ingresa el país por remesas y comunicaciones? En que país un ciudadano tiene que esperar que un familiar en el exterior le recargue el celular para poder comunicarse? Acaso ese dinero y el de las remesas no cuenta? . Y ademas creo que si los cubanos que estamos en el exterior no aportamos mas al desarrollo de nuestro país es porque nuestras próprias leyes lo impiden. Cosa esta que se ha estado debatiendo en el nuevo proyecto de Constitución. Creo firmemente que eliminarles derechos básicos a los cubanos en el exterior seria un error político que mas tarde o mas temprano tendriamos que rectificar.

    • alicia dijo:

      Carlos: ustedes aportan a sus familias, no ha su país aún no he visto donaciones de ninguno que reside en el exterior para la salud, Educación, Alimentación......, si es bueno reconocer y me alegra que ayuden a sus familiares (pena daría), pero aportar a la economía del país eso es otra cosa ha que nos ayuda es cierto pero no es igual ayudan a sus familiares no donando al País.
      Saludos,

      • Mario Alberto dijo:

        El pais somos nosotros los cubanos, si se le manda dinero a la familia, se está mandando dinero al país, solo detente a pensar Cuba sin los cubanos no fuera Cuba fuera una isla desierta y sin nombre. Lo que hace a la patria y al pais somos cada uno de nosotros.

      • Alexander dijo:

        Alicia usted no sabe lo que dice , rectifique por favor , cuando nosótros enviámos remesas a nuestros familiares y recargamos celulares significa que estámos aportando a la economía cubana porque la mayoría de ese dinero se invierte en Cuba y son millones de dólares , tengo entendido que las remesas son un gran Alivio para el país , por ejemplo cuando yo remodelé la casa de mis familiares , ellos contrataron albañiles, plomeros y carpintéros locales, es decír que las remesas crean empleos y mueve la economía local , muchos cuentapropistas abren sus negocios con las remesas que recíben , y lea un poco más , hay países que dependen de las remesas .

      • Carlos dijo:

        Alicia. Realmente me defrauda tu comentário. Denota un enorme desconocimiento en economia o una muy mala intención de su parte.

      • Alexei dijo:

        Mis reconocimientos al autor del artículo y los entrevistas por los esclarecimentos. Ojalá que el parlamento cubano se dé el tiempo de legislar sobre este y otros asuntos, de modo que la inseguridad jurídica no siga campando por su respeto.

        Sobre la cuestión de la residencia efectivo, o sea, la pérdida de la residencia em Cuba cuando la persona de ausente por más de dos años, hay que decir es resago de las leyes migratórias soviéticas. Si estuviera equivocado, pido que algún especialista demuestro que otros países tienen prácticas semejantes.

        Acerca de si la emigración debería tener acceso gratuito a los servicios de salud en Cuba, creo que es un tema que podría discutirse, pero decir que los emigrados pagan sus impuestos en otro país y que no aportan al desarrollo de la Isla es una media verdad.

        Una señora comenta: "los que aportamos" en referencia a los cubanos que trabajan dentro. Pues bien, que tal si comparamos el promedio de productividad de un trabajador cubano con las remesas que entran al país. Individuo a individuo quién aportaría más? Otro señor afirma que con las remesas solo se ayuda a la família y no al país. Tal vez debería informarse acerca del destino final de los dólares y los euros que mandan los cubanos en el exterior.

      • AlexJSK dijo:

        Concuerdo con Alicia. Este es un concepto erróneo de la mayoría de los nacionales que envían dinero hacia Cuba. Los que no conocen de economía son los que critican el comentario de Alicia. Sus familiares están disfrutando de un beneficio aquí en Cuba, el cual está privado para los que no reciben remesas. Su familiar compra comida, aseo, equipos, paga Internet, electricidad, demás y demás, con el dinero que usted manda. En ningún momento usted está donando algo al país o al resto de los cubanos. ¿Qué las tiendas tienen unos precios abusivos? Es verdad, pero es el precio que pagamos todos, los que reciben remesas y los que no. Si su familiar recibe el dinero en moneda extranjera y lo cambia con un particular que luego lo vende para que alguien viaje al exterior: ¿Está usted ayudando al país enviando dinero a Cuba? Razones más allá de lo evidente.

      • Raul Rodriguez Alvarez dijo:

        Si es asi tu trabajas tambien por tu salario, Tu tampoco aportas nada

    • Leandro dijo:

      Es interesante observar cómo algunos residentes fuera del país que cada vez que opinan es para criticar y no precísamente de buena fe; cuando de derechos se trata, son "socialistas" y quieren tener todos los derechos que aquellos que día a día desde dentro luchamos por mejorar nuestro país con el sudor de nuestra frente, enfrentando las dificultades cotidianas e incluso la labor de aquellos que han establecido su residencia fuera del país y que no pocas veces han dejado vacante importantes responsabilidades económicas y sociales. Por los criterios de algunos, pareciera que Cuba se debe a los que están en el extranjero y no a los de adentro. Por suerte no son todos, sino como dije, son algunos, porque también en el extranjero residen muchos cubanos defensores de su patria.
      José Martí, el mismo que sentenció "Con todos y para el bien de todos" dejó claro que : "Para todos será el beneficio de la revolución a que hayan contribuido todos, y por una ley que no está en mano de hombre evitar, los que se excluyan de la revolución..., serán, en lo que no choque con el derecho humano, excluidos del honor e influjo de ella. El honor veda al hombre pedir su parte en el triunfo a que se niega a contribuir". Pareciera que algunos no saben lo que es honor y piden su parte sin contribuir al país, aun cuando no queiren aceptarlo.
      Por cierto, en Cuba los extranjeros que han establecido aquí su residencia reciben los mismos beneficios del sitema de salud y educación que los cubanos y también tienen su libreta de abastecimiento.

  • Carlos dijo:

    y en mi país no? .
    Por otro lado. Como alguien puede decir que los cubanos que residen el exterior no aportan nada? . Cuanto ingresa el país por remesas y comunicaciones? En que país un ciudadano tiene que esperar que un familiar en el exterior le recargue el celular para poder comunicarse? Acaso ese dinero y el de las remesas no cuenta? . Y ademas creo que si los cubanos que estamos en el exterior no aportamos mas al desarrollo de nuestro país es porque nuestras próprias leyes lo impiden. Cosa esta que se ha estado debatiendo en el nuevo proyecto de Constitución. Creo firmemente que eliminarles derechos básicos a los cubanos en el exterior seria un error político que mas tarde o mas temprano tendriamos que rectificar.

    • m&m dijo:

      si los que han participado en las reuniones y los escritos y demas, han planteado esto asi, en mayoria (he estado en 3 reuniones sobre la constitucion, en 2 plantearon esto), tendra que resignarse, es el deseo de la poblacion

      • Ulis3s dijo:

        Hijo, pero tu no sabes que eso ya estaba aprobado antes de que lo sacarán a debate??? Ponte a trabajar que te ganes el pan de la OFICODA

  • Tomas López dijo:

    Todo eso está muy bien. Solo hace falta que bajen el precio del pasaporte cubano y quiten las prórrogas para que más cubanos puedan viajar a Cuba para visitar su familia, amistades y reencontrase con la Patria.

  • Yanet dijo:

    Hola a todos.
    Muy buenos los argumentos que se plantean en el artículo. Sin embargo, no coincido con el razonamiento planteado: "el individuo traslada su residencia, es una decisión personal, el Estado no te conmina a hacerlo. Pero si tú estableciste la residencia en otro lugar, si no trabajas y aportas en Cuba, no debes tener los mismos derechos que los residentes que sí trabajan y contribuyen al desarrollo del país." Muchas de las personas que emigran, se cuidan de no perder su residencia en Cuba entrando en los períodos de tiempo dispuestos por la ley, y se mantienen enviando remesas a sus familias durante todo el año según sus posibilidades. Ese dinero es enviado a Cuba en USD y en los correos, bancos u oficinas de Western Union se le entrega a sus familiares en CUC. De ahí que sea una inyección directa de USD a la economía cubana. Esto nadie lo reconoce, pero es la realidad del país. Entonces es bastante discriminatorio que ese cubano que aporta desde el exterior probablemente más dinero que el cubano que está trabajando dentro del territorio nacional se quede sin derechos dentro de su propio país. Es mi criterio.
    Estoy de acuerdo con que los hijos de madre o padre cubano, ciudadano cubano y residente legal de Cuba obtenga la ciudadanía por nacimiento, sin tanto trámite burocrático.
    Este es el momento de ganar claridad en muchos conceptos que no todos conocemos y debiéramos conocer.
    Gracias por publicarme.

    • morpheuz dijo:

      Tienes que tener en cuenta también que muchos productos que los familiares compran en CUC en Cuba, sus materias primas, los suministros médicos, etc. el país los compra con esos USD, así que la inyección no es ningún regalo.

      • Perez dijo:

        No es un regalo, es un gran aporte a la economía del país que permite comprar para todos, insumos, materias primas medicamentos, o pq crees que los representantes de la mafia cubanoamericana, batistiana por demás se opone a ello, y ha tratado de limitarlo

  • acv dijo:

    Gracias por aclarar un tema tan caótico hoy en el mundo entero, pero es licito que se precise las gratuidades que el estado garantiza en salud y demás con la ciudadanía efectiva, ya que en el mundo entero, usted paga impuestos del lugar donde reside o del que eres ciudadano, ya que este estado te representa, ejemplo clásico los peloteros para entrar en la MLB deben salir de Cuba para fijar su residencia en otro lugar y no pagar impuestos en Cuba, entonces si te pido que seas mi ciudadano para entrar y yo te represento, como contribuye esa persona la estado, porque se beneficia del estado, y lo otro se debe definir de forma clara en el constitución que cosa es ciudadanía, residencia, domicilio y la nacionalidad, pregunto los que se ha naturalizado de españoles que optienen la ciudadanía y la nacionalidad, España acepta la doble ciudadanía, y como regula el aporte de sus ciudadanos y porque los que se naturalizan en cuba como españoles, no le pagan al estado español, pero este si les paga.
    Pregunto por esto porque la Cuba nuestra pocos se preocupan por las obligaciones de sus ciudadanos y del estado con ellos, y todo pasa, por esos conceptos nacional, ciudadano, residencia y domicilio.

    • Carlos dijo:

      Amigo
      Usted no cree que con el salário que hoy se recibe en Cuba ya estamos pagando de antemano esos impuestos sin darnos cuenta? Lo invito a reflexionar.

  • Leandro dijo:

    Considero que las reflexiones que aquí se hacen son no solo interesantes, sino muy importantes.
    Coincido en que entre ciudadanía y nacionalidad hay diferencias, pero me pregunto: Si como se plantea: Ciudadanía “Es el vínculo político-jurídico entre los individuos y el Estado, del cual derivan —para ambas partes de la relación— derechos y deberes” ¿Por qué se asegura que “cuando se le otorga la ciudadanía a un extranjero éste ya debe hablar y entender el idioma, conocer nuestras leyes, la geografía, integrarse a nuestras costumbres, cultura y religiones”? ¿Le estamos exigiendo ser ciudadano o le estamos obligando a aceptar nuestra nacionalidad?
    Estoy de acuerdo en que: “Es una necesidad definir en las normativas qué derechos tiene un ciudadano cubano y cuáles un residente, es preciso ordenar mejor esos conceptos y plasmarlos en la legislación cubana”.
    Con relación a los extranjeros, en la manera que está redactado se le establecen más deberes que derechos lo que pudiera interpretarse como discriminatorio. El párrafo 262 del Proyecto (Artículo 93 e) asegura los derechos y deberes de los extranjeros en su conjunto. Considero que se debe establecer desde la Constitución que la ley diferenciará entre los residentes permanentes y los temporales. Las limitaciones son casi exclusivas de los derechos políticos, por lo que pudiera precisarse. Distinguir entre residentes permanentes y temporales en mi criterio es hacer justicia. En algunos países a los residentes permanentes se les garantizan determinados derechos políticos. Mis abuelos canarios arribaron a Cuba con 18 años, nunca regresaron a su país de origen, contribuyeron con la Revolución, murieron a los 80 años y no adoptaron la ciudadanía cubana. Conozco a personas de las repúblicas de la extinta URSS que residen en Cuba de manera permanente por 40 o más años. Pienso que esas personas deben tener derechos políticos en correspondencia con la cantidad de años de residencia en Cuba y la ley después de determinado período de permanencia en Cuba, en lo fundamental solo establecerá las limitaciones que posibiliten a la legislación cubana no entrar en contradicción con las leyes del país de origen.
    Algo que tiene relación no solo con la ciudadanía, sino con todo el texto constitucional es lo que plantea Martha Prieto y que a mi juicio es uno de los problemas del Proyecto: “la Constitución no es para enunciar, es para mandar. No puede ser para que fije solo unos mínimos, y después se dé la posibilidad de que se creen regulaciones que desvíen o condicionen su realización”. Ejp.: “Artículo 54: Las personas tienen libertad de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional, cambiar de domicilio o residencia, sin más limitaciones que las establecidas por la ley.” Aquí quien realmente tiene libertad no son las personas, sino la ley para establecer cuantas limitaciones se consideren y todas están amparadas por la Constitución.

  • DPS Camaguey dijo:

    Todos tenemos derecho a ser ciudadanos y residentes de un país, tener un país reconocido de origen y tener leyes migratorias de forma ordenada y organizada..

  • Ricardo dijo:

    Todo para al final indicar qué... "somos únicos en el género..."

  • Justo Morales dijo:

    Todo fuera muy fácil si no fueran tan onerosos los precios de los pasaportes, si los consulados prestaran bien sus servicios cumpliendo lo plazos de tiempo para los trámites y si realmente representaran a los ciudadanos cubanos en el exterior

  • AlbertGarcia35 dijo:

    Por leer rapido en el trabajo no entendi bien...
    Los ciudadanos españoles....se van de aire.?????

  • otniel dijo:

    Muy buen artículo. Me aclaró muchas dudas. Bien por el periodista. Bien por que haya debate y se presenten diferentes puntos de vista sobre el tema . Totalmente de acuerdo con lo que expresó Martha Prieto cuando deijo que que “la Constitución no es para enunciar, es para mandar. No puede ser para que fije solo unos mínimos, y después se dé la posibilidad de que se creen regulaciones que desvíen o condicionen su realización". Este es un serio problema que se presenta en el proyecto de consticuión; se abusa de decir según disponga la ley sin aclarar en el artículo cuales son los límites sobre los que pueden actuar las leyes. Si se deja como está entonces una ley puede limitar e incluso anular un articulo. Pongo un ejemplo: Usted desea elevar como ciudadano una propuesta a la Asamblea Nacional (la constitución lo permite), pero hay una Ley o procedimiento que dice que esto solo es posible si se llena un formulario específico y ese formulario nunca está disponible. ¿Donde quedó el derecho constitucional?. Debe aclararse los límites de acción de la ley en los articulos de la constitución.

  • Juan Carlos dijo:

    Muy bueno el artículo, pero si una vez ya está demostrado que somos cubanos, por que tenemos que seguir usando el pasaporte para poder entrar a nuestro país, recalco, nuestro país. Pero claro eso no lo van a quitar ya que yo debo pagar desde Estados Unidos 850 dólares para un pasaporte obsoleto que permite sólo la entrada a mi propio país

  • Jorge dijo:

    Muy interesante y esclarecedor este artículo, pero qué lástima que haya salido publicado ahora y no cuando estaba en pleno apogeo la discusión de nuestro proyecto de Constitución, que sin lugar a dudas, con más conocimiento de causa, muchos cubanos hubiéramos asistidos a esas discusiones con mucha mayor preparación y con pleno dominio de estos temas. Gracias a la Dra. Martha Prieto por sus precisiones, siempre muy atinadas, lejos de la luna y más cerca de la tierra como dijera un famoso trovador cubano.

  • Yo dijo:

    Hoy es de segunda el residente en el exterior

  • WhiteSnake++ dijo:

    no hay comentarios aqui ? que raro eh ?

    • por el retrovisor dijo:

      Para Yo, esos que derrochan bilis y ponen distancias entre cubanos seguro que no tienen ni un vecino en ningún lugar del mundo, y calladitos lloran por la mala suerte que en ese sentido les ha tocado, o igual puede ser que aquí viven como reyes y no necesitan nada de nadie.
      Cualquiera de las 2 condiciones los ha convertido en fieras.

      • Leandro dijo:

        No creo que haya personas de segunda o tercera categoría; residan en el extranjero o dentro de Cuba todos merecen similar respeto y consideración; pero no son solo algunos desde dentro los que intentan poner distancia entre cubanos; no pocos desde fuera hieren a los de dentro queriéndose mostrar como salvadores de la patria y cuestionándolo todo. Las historias que Ud. cuenta pueden ser enriquecidas: yo he visto a un anciano llorar a las puertas de un hospital porque tiene que ingresar a su esposa y solo está él para hacer todas las gestiones y cuidarla, porque su hijo, al que le dió todo cuanto pudo, marchó a otro país; él no quiere dinero, ni bienes materiales, quiere el acompañamiento de su hijo. Yo vi deteriorarse abruptamente la salud de mi madre y morir, cuando un nieto (sobrino mío) al que había criado como a un hijo, decidió marchar al extranjero en busca de mejor vida y su madre (mi hermana) sufre cada día el abandono.

  • German dijo:

    Buenos días este articulo está muy interesante, muy informativo gracias.
    Yo solo veo un detalle que siempre se olvida y que creo que es de los mas importante la prorroga y el precio del pasaporte. Lo demás uno lo aprende por el camino pero el precio ese es un golpe que recibimos periódicamente y del que no nos podemos olvidar. Digo yo, no se…

  • Carlos de New York City dijo:

    ! Yo soy Cubano , Siempre e sido Cubano y Muero siendo Cubano porque naci en mi Cuba querida, alli estan mis familias , mi cementerio de Colon donde estan mis padres , demas familiares en otros cementerios , mi hermano en cenizas regado en el malecon de la habana ,eran sus deseos, YO aunque Viaje al sol y a la Luna Dire siempre ! Soy Cubano y mucha Honra !

  • tahis enrique dijo:

    muy esclarecedor este articulo pienso que hacia mucha falta esta aclaración porque precisamente en la discusión del proyecto de la Constitución esa fue mi duda. y pienso que seria la duda de muchas personas. aunque siempre me queda la duda de los cubanos que tengan permiso de residencia en el exterior, lo que se llamaba PRE, que estatus migratorio tienen?? porque ciudadanos efectivos no son? porque no residen en el país

  • __Dairon__ dijo:

    Partiendo de que somos cubanos y siempre queremos ayudar en todo lo que se pueda, sea o no residentes o ciudadanos; no es menos cierto que de los ingresos de todas las instituciones del pais muy buena parte se destina a las instituciones educativas y médicas, enre otras, pero no podemos dejar a un lado que debido a esto(entre otros factores) los salarios son bastante bajos, por lo que no sería justo que trabajando fuera del país y solo vienen a atenderse la salud, sin pagar un centavo.... no lo veo correcto ya que su nivel adquisitivo es muy superior. Ahh si existiera algun mecanismo donde ellos pudieran mantener como un seguro médico no sería problemas porque estarían aportando su granito de arena también.
    Aunque hay otro tema también que son los que no trabajan y viven ya sea de remesas o "del invento" a esos también habría que ponerlos a trabajar en función de nuestra sociedad, para que aporten su granito de arena también.
    Entre todos granito a granito, hacemos una extensa playa.....

    • Mesrine dijo:

      O hay socialismo para todos los cubanos o no hay para ninguno. Porque si me dices que no tengo derecho a la salud gratuita porque no aporto al pais(al cual mando euros), entonces debemos quitarle la salud gratuita a todos los que no esten trabajando, o los obligamos a trabajar, o mejor los que no aporten al pais mas de 1000 cup mensuales tienen que pagar la salud. En vez de ponerse a analizar temas mas importantes que limitan el desarrollo del pais, proponemos quitarle derechos a los cubanos porque al estado le sale mas barato.

      • __Dairon__ dijo:

        Ves tu misma te respondiste, a eso mismo me refería, mandando X cantidad mensual, pudieran permitir el derecho a la salud, ya que estas aportando, no dije en ningun momento que no fuera permitido, solo fue una idea cuando comente sobre pagar un seguro médico. Y si ves al final de mi comentario de acuerdo contigo en poner a trabajar a los vagos, ;-). PD: Al final si Cuba tubiera una economía robusta, a mi en lo particular no me interesaba aportar de mi salario para que TODOS, no solo los cubanos, sino todos los seres humanos pudieran atenderse en nuestro país de manera gratuita.

  • Francisco Rivero dijo:

    Es de agradecer por este especial a los periodistas : José Raúl Concepción, Dianet Doimeadios Guerrero, Beatriz Albert Pino, Edilberto Carmona Tamayo y a la Dra.Martha Prieto Valdés, asi como al Teniente Coronel Hernández Concepción por sus consideraciones sobre este tema.

    Cuando lei Ciudadania Efectiva, este termino asi como los fundamentos, en el proyecto de la Cosntitucion de la Repubica de Cuba., me dije que despues que concluya la valoracion de las opiniones de todos los compatriotas. Tengo fe que la sabiduria, las razones inmediatas, como mediatas de hoy, como del futuro, garantizaria la guia de esta ley primera.

    Solo eche en falta y si me lo permiten con todas las consideraciones a tener presente. Me hubiera gustado agregar la palabra afectiva, es decir : - ciudadania efectiva y afectiva. Por que los vinculos con la Nación Cubana se nutre del afecto humano, familiar, social, historico y ese largo interminable de etc que nos acompañan en nuestra exitencia y que recibimos ( pienso en mis Honorables Mayores, a los cuales debo de lo que soy como ser e individuo, hasta la condicon de ciudadano del mundo que es un sentir, que no necesita de regalmentos juridicos y de ordenamientos de gobiernos algunos,)
    .

    Una vez que se den a conocer el resultado y aprovacion de la constitucion, ella traera consigo la posibilida real por su espiritu participativo de elevar, como de considerar todo aquello que permita la plenitu del desarrollo prospero de mujeres y hombres cubanos.

    En otro orden cuanto me gustaria leer en las areas de entrada internacional de los aeropuertos un gran cartel en que se incriba : CUBANOS BIENVENIDOS A LA PATRIA.

    Un saludo fraterno

  • e.berger dijo:

    Muy bueno el articulo, hacia tiempo que se esperaba algo asi, muchas gracias

  • Oscar dijo:

    Me parece que el Pasaporte es solo un Documento de Viaje que acredita Nacionalidad, lugar de nacimiento.
    Ciudadanía es un concepto más fuerte. Indica Nacionalidad + Derechos Ciudadanos
    Residencia se refiere al permiso de residir en un país que no es el de nacimiento
    Un ciudadano no necesita permiso de residencia en su país, ni trámite de repatriación alguno. Porque un ciudadano jamás pierde la residencia en el pais donde nació

  • jorgemica.077 dijo:

    Sigo sin entender por qué los deportistas cubanos residentes en el exterior y con ciudadanía cubana siguen sin poder representarnos aunque supuestamente hay leyes y proyecciones que los amparan pero en la práctica siguen siendo excluidos por el INDER, acaso este organismo va por otro camino??? Todo esto a pesar que la gran afición del fútbol, el Voleibol, el béisbol...en Cubadebate, Juventud Rebelde y otras plataformas han pedido por el llamado de estos deportistas para poder disfrutar de nuestras selecciones nacionales con todo el talento de raíces cubanas, sin embargo dicho organismo continúa haciendo oídos sordos y negándole el derecho a aquellos deportistas que desean representarnos y que se encuentran en tal condición y sin embargo no hay formas de que ellos puedan establecer una demanda por violación de sus derechos??? Si es así no estamos haciendo mucho

  • Felito dijo:

    Excelente trabajo periodístico. Mucho ojo. Gozar de las bondades de adentro y afuera le puede costar muy caro a los pobres de adentro que de por sí tienen poco. Que afinen bien la puntería con la regulación. ¿Vienen se operan y se van?: NO

  • Marcel dijo:

    en una sección del artículo dice: "El Teniente Coronel defiende el concepto que la residencia no se pierde, “el individuo traslada su residencia, es una decisión personal, el Estado no te conmina a hacerlo. Pero si tú estableciste la residencia en otro lugar, si no trabajas y aportas en Cuba, no debes tener los mismos derechos que los residentes que sí trabajan y contribuyen al desarrollo del país. Esa es la preocupación de la población y las dudas las tiene que despejar y resolver la norma jurídica”. Y los que residimos en el exterior no contribuimos al desarrollo del país? remesas, recargas, servicios consulares con unos superprecios (incluso precios diferentes en cada país de acuerdo al salario mínimo de estos), envíos de ayuda, apoyo político a cuba en el exterior para defender la imagen de cuba. Creo que hay que ver a que llamamos "contribuir al desarrollo del país". Porque capaz nos ponemos a sacar cuentas y desde afuera se contribuye más que desde adentro con empresas improductivas que nunca cumplen un plan y que siempre "están trabajando" para resolver los problemas.

Se han publicado 132 comentarios



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Dianet Doimeadios Guerrero

Dianet Doimeadios Guerrero

Periodista cubana. Máster en Relaciones Internacionales. Subdirectora de Cubadebate de 2019 a 2021. Reportera en el periódico ¡ahora! de 2010 a 2012. Graduada de Periodismo de la Universidad de Oriente. Twitter: @ddoimeG

José Raúl Concepción

José Raúl Concepción

Periodista cubano, graduado en 2015 en la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana. En twitter: @joseraulcl

Beatriz Albert Pino

Beatriz Albert Pino

Periodista, graduada en 2015 en la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana.
En Twitter: @BettyAlbert18

Edilberto Carmona Tamayo

Edilberto Carmona Tamayo

Subdirector de Desarrollo y Soporte a los Medios de Ideas Multimedios. Licenciado en Periodismo en 2016 por la Universidad de Holguín. Contacto: edilberto@cubadebate.cu

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