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Ordenar para cuidar nuestras playas

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Playa Pilar en Cayo Guillermo, Jardines del Rey. Foto: Lizardo Salazar Tibau / Cubadebate

Playa Pilar en Cayo Guillermo, Jardines del Rey. Foto: Lizardo Salazar Tibau / Cubadebate

Cuba está inmersa en un proceso de ordenamiento territorial de sus zonas costeras, para protegerlas de las agresiones de la naturaleza y de los seres humanos, y de manera especial para preservar sus más de 400 playas, que constituyen una de las mayores riquezas naturales de la nación.

En Cuba el poblamiento de las costas ha estado presente desde las comunidades indocubanas como reflejan los hallazgos de residuos de estas comunidades primitivas, después la fundación de las 7 primeras villas tuvieron una gran incidencia en las costas, tal es el caso de Baracoa, Santiago de Cuba, La Habana, Puerto Príncipe, Trinidad, algunas que cambiaron después a localidades interiores por seguridad, o aquellas que ubicadas en esas condiciones contaban con ríos navegables hasta las zonas costeras como Bayamo, Sancti Spíritus, etc.

En la actualidad Cuba cuenta según el Censo de Población y Viviendas de 2012 un total de 7015 asentamientos concentrados; de ellos se han conceptualizado como costeros aquellos que se hallan ubicados a: menos de 1m de altura sobre el nivel medio del mar y a una distancia inferior a los 1000 m de la línea costera así estos constituyen los de mayor exposición ante los fenómenos y procesos que son típicos en zonas costeras con efectos negativos. Bajo esta condición existen 262 poblados costeros con una población residente en estas zonas 1,5 millones de habitantes de incluirse entre ellos a aquellos que viven en zonas bajas de la capital. En este universo se incluyen 3 cabeceras provinciales (Cienfuegos, Santiago de Cuba y Matanzas, además de la capital del país. En general se trata de asentamientos humanos rurales con menos de 200 habitantes, pero de conjunto bajo las condiciones descritas hoy se encuentra el 13,6% de la población total y el 3,6% de los asentamientos existentes con muy diversos niveles de vulnerabilidad.

Un total de 49 asentamientos humanos coinciden con playas de muy diversas características que sirven para el desarrollo de actividades de recreación de la población de los municipios próximos aun cuando no todas reúnen las condiciones naturales más indicadas y otras ubicadas en costas sólo constituyen puntos de baño.

Características de las costas cubanas

Cuba posee un total de 5 746,0 km de costas, 3 209,0 km en el sector Norte y en el sector Sur 2 537,0 km, donde se distribuye una amplia gama de ecosistemas, muy diversos unos respecto a los otros y que dan origen a variados niveles de fragilidad.

Entre las más importantes:
Costas abrasivas (terrazas bajas y acantiladas).
Costas acumulativas (costa baja fangosa con vegetación de manglar con una formaciones boscosas con carácter sucesional (mangle rojo, mangle prieto, patabán y la llana); playas de muy diversos orígenes, entre ellas: las de desembocadura de ríos con depósitos de sedimentos terrígenos por el arrastre de la fuerza de sus aguas de diversa granulometría (chinas pelonas, gravas o arenas gruesas y finas); playas de origen coralino y conchas; playas por precipitación de carbonato de calcio en aguas cálidas, etc.).

Playas

En el caso de las playas, el Instituto de Oceanología del Citma reconoce la existencia de un total de 414 con una longitud aproximada que sobrepasa los 900 km del total de las costas del país. De ellas hay 10, entre las ubicadas al Sur de las provincias de Artemisa y Mayabeque, al Norte de Villa Clara y al Sur de Camagüey, que por el nivel de afectaciones que han sufrido de forma natural, artificial u ambas, han perdido su condición natural, con efectos claros por el impacto de los huracanes, el retroceso de la línea costera y la fuerte erosión de su duna arenosa.

Del universo de playas identificadas por el Instituto de Oceanología, existe un mayor nivel informativo de 242 playas y de estas se ha reportado que el 76% posee una erosión moderada, un 8% tiene erosión severa y un 16% no registra la presencia de este tipo de proceso aun.

La intervención humana en las costas y su incidencia desestabilizadora de los ecosistemas costeros han favorecido los procesos de erosión y el retroceso de la línea de costa: el corte de la vegetación natural, la introducción de especies ajenas al ecosistema, la extracción de arena, la emisión de contaminantes desde las comunidades establecidas en ellas o la que llega a través de ríos desde industrias y urbanizaciones ubicadas al interior de estas localidades, o el uso inadecuado de equipos pesados sobre la duna arenosa a partir dela edificación de viviendas y otras instalaciones sobre el perfil de las playas, son algunas de las intervenciones negativas más frecuentes

Este fenómeno se ha producido a nivel global y Cuba no ha sido la excepción. En otras latitudes el inadecuado manejo de estos recursos han vetado el uso de tramos de playas dedicadas al turismo o han incidido en la necesidad de incluir obras de protección a los inmuebles o el sistemático procesos de alimentación artificial de las zonas costeras.

perfil rocoso mirando al horizonte Playa Del Artista en el Peñón del Fraile,  tomada por Raúl Aguilar.

Perfil rocoso mirando al horizonte Playa Del Artista en el Peñón del Fraile. Foto: Raúl Aguilar / Cubadebate

 

Impacto de fenómenos hidrometeorológicos severos y la elevación del nivel del mar

Se ha avanzado en el conocimiento de la dinámica de las costas en los últimos años y ha sido de interés constatar cómo la localización de comunidades realizadas por desconocimiento de los procesos de formación, en particular de los perfiles de playa, han dado origen a la presencia de edificaciones en zonas inapropiadas y otras acciones punitivas que han generado dos problemas fundamentales:

  • La afectación directa al medio natural.
  • La exposición de viviendas, infraestructuras, entre otros, ante los eventos hidrometeorológicos severos, y los fenómenos que estos acarrean como son las penetraciones del mar por surgencia de huracanes, los mareas de leva, los vientos del sur, las bajas extra-tropicales, o los intensos procesos de erosión de los perfiles de playas, la desaparición de flora autóctona, etc.

Otro proceso que afecta a los asentamientos humanos costeros de hoy y con evidente agudización futura, viene dado por el incremento de temperaturas globales provocadas por el nivel de emisiones de gases de efecto de invernadero a nivel mundial, fundamentalmente por el uso de combustibles fósiles en diversas actividades, y que a nivel planetario en los últimos 100 años han provocado el ascenso de las temperaturas en 1,50 Celsios, según IPCC, 2014, y de +0,90 registrados por el Insmet en Cuba en los últimos 60 años de observación.

Este comportamiento incide en el derretimiento de los casquetes polares, glaciares, y consigo el ascenso del nivel medio del mar y la dilatación de los océanos con efectos nocivos en particular para las costas bajas.

Este proceso que se estima a largo plazo mediante la modelación de escenarios, aun pese a las incertidumbres lógicas, apuntan a un ascenso del nivel medio del mar en 0,27 m para el año 2050 y 0,85 m al 2100.  El ascenso anual ya registrado ha ido creando las condiciones propicias para el retroceso de las líneas de costa en particular en zonas de playas y de ciénagas. Existen las evidencias de que hay localidades costeras donde el fenómeno de retroceso de la línea costera y pérdida de tierra firme alcanza 3m /año y más, según las observaciones realizadas. Ello trae consigo un fuerte impacto en las zonas de playas y la afectación al asentamiento costero mal ubicados, con pérdida apreciables de sus instalaciones, infraestructuras y viviendas, además de que quedan perjudicados de forma irreversible los ecosistemas en que se asientan.

Con la modificación de los perfiles de playas, se pierden las dunas de arena y con ellos los valores para el turismo y la recreación, su biodiversidad, entre otras cualidades.

Los asentamientos costeros afectables por cambio climático con pérdidas de sus superficies actuales son 122, de ellos 21 desaparecerán en un 100%, entre los años 2050 y 2100 correspondiendo con los ubicados en zonas bajas de ciénagas o en dunas arenosas de muy pobre altura. El resto por su localización deben en lo sucesivo ser objeto de atención especializada para su reubicación o acomodamiento, o cambios en las características constructivas para su adaptación.

Una cifra superior de asentamientos humanos, hasta los 577 según los estudios realizados por del Instituto de Planificación Física, podrían registrar de forma temporal afectaciones por las penetraciones del mar pese a hallarse en zonas más altas y al interior de los territorios, por la acción combinada del ascenso del nivel medio del mar, la altura de la ola de surgencia de un huracán categoría V de la escala Saffir Simpson y las olas provocadas por la acción del viento. Existen reportes de que el huracán de 1944 generó una ola de surgencia de más de 6 metros de altura y la penetración del mar alcanzaron en profundidad, tierra adentro hasta 10 km al Suroeste de la antigua provincia de la Habana.

Playa blanca en Holguín. Foto: Dolennis Concepción

Playa blanca en Holguín. Foto: Dolennis Concepción

 

Legislación sobre la gestión de la zona costera, especialmente las playas.

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA, DE 24.2.1976
Fija el ámbito espacial de la soberanía del Estado, determina los bienes que son propiedad estatal socialista de todo el pueblo y reconoce la estrecha vinculación de la protección del medio ambiente y los recursos naturales del país con el desarrollo económico y social sostenible para hacer más racional la vida humana y asegurar la supervivencia, el bienestar y la seguridad de las generaciones actuales y futuras (Artículos 11, 15 y 27).

LEY No. 270 “LEY DE COSTAS”, DE 21.4.1959
Declara de uso público todas las costas del territorio nacional y playas que en las mismas existan, lo que autoriza a todas las personas a transitar libremente por ellas, bañarse y realizar cualquier otro acto no prohibido por las disposiciones legales y reglamentarias vigentes (Artículo Primero).
También declara de utilidad pública e interés social los terrenos comprendidos dentro de las costas (Artículo Segundo).

LEY No. 81 “LEY DEL MEDIO AMBIENTE”, DE 11.7.1997
Define como recursos marinos a la zona costera y su zona de protección, bahías, estuarios y playas, la plataforma insular, los fondos marinos y los recursos naturales vivos y no vivos contenidos en las aguas marítimas, fondos y subsuelos marinos y las zonas emergidas (Artículo 8).

DECRETO-LEY No. 212 “GESTIÓN DE LA ZONA COSTERA”, DE 8.8.2000
Tiene como objetivo establecer las disposiciones para la delimitación, la protección y el uso sostenible de la zona costera y su zona de protección, conforme a los principios del manejo integrado de la zona costera (Artículo 1).
La utilización de la zona costera será li¬bre, pública y gratuita para los usos comunes de acuerdo con su naturaleza, tales como pasear, permanecer, bañarse, pescar, navegar, varar y otros (Artículo 12).
El Instituto de Planificación Física es el encargado de dirigir, formular y controlar el Ordenamiento Territorial y el Urbanismo de la zona costera y de protección, en consulta con los órganos y organismos competentes (Artículo 9).

DECRETO-LEY No. 200 “DE LAS CONTRAVENCIONES EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE”, DE 22.12.1999
Se consideran contravenciones respecto al control territorial en la zona costera al que altere o destruya los hitos de las señalizaciones; construya muros de contención para la protección de las edificaciones; cemente los senderos o paseos marítimos que se establezcan en la zona costera y los cayos; interrumpa los accesos públicos y limite el derecho de paso, uso y disfrute; instale o construya nueva edificación, excepto en los casos previstos en la legislación específica.
(Artículo 9).

Medidas aplicables a los infractores:
a) amonestación;
b) prestación comunitaria, entendido como actividades relacionadas con la protección y conservación del medio ambiente;
c) obligación de hacer lo que impida la continuidad de la conducta infractora;
d) prohibición de efectuar determinadas actividades,
e) comiso o reasignación de los medios utilizados para cometer la contravención y de los productos obtenidos de ésta;
f) suspensión temporal o definitiva de licencias, permisos y autorizaciones; y
g) clausura temporal o definitiva.
(Artículo 4).

PLaya de Baracoa, Guantánamo, Cuba. AIN FOTO/Oscar ALFONSO SOSA

PLaya de Baracoa, Guantánamo, Cuba. AIN FOTO/Oscar ALFONSO SOSA

Ordenamiento Territorial y Urbanismo en la zona costera

El Ordenamiento Territorial y el Urbanismo, deben a través de sus instrumentos de planeamiento, de gestión y control de los territorios asegurar con sus actuaciones la preservación y el rescate de los valores de los ecosistemas descritos y dar respuesta a las necesidades de protección y reubicación de las actividades no compatibles con su localización actual en zonas costeras y para ellos debe:

1. Actuar de forma preventiva en el caso de nuevas intervenciones en zonas de playas.
2. Propiciar las condiciones de adaptación en aquellas localidades expuestas definitivamente a procesos de inundación permanente.
3. Incidir en la eliminación de elementos que deterioran a los perfiles de playa, y propiciar su recuperación y restauración a las condiciones indicadas.
4. Brindar respuestas de acomodo, reubicación y /o protección de los inmuebles en zonas costeras, en particular en playas.
5. Logar un efectivo trabajo de localización de nuevas inversiones de imprescindibles a ubicar en zonas costeras y en particular las playas, creando las obras de protección si así se requiriese para salvaguardarlas.
6. Contribuir al cumplimiento de lo establecido (regulaciones, prohibiciones) en materia de preservación de ecosistemas, la eliminación de la tala indiscriminada del bosque, de la extracción de áridos desde las dunas de playas, la eli9minación de paulatina de edificaciones que entorpecen el desarrollo natural delos perfiles de playa y preservar su valores y entornos.

Como función estatal y así está refrendado en toda la legislación, compete al Sistema de la Planificación Física el ordenamiento de las playas como de todo el territorio nacional, y para ello se tienen varios instrumentos que van desde Esquemas de ordenamiento territorial, que solo trazan políticas, hasta Planes de ordenamiento territorial y urbano que ya definen estrategias y planes de actuación en diferentes alcances, que pueden ser general, especial, parcial o de detalle.

El Esquema Nacional de Ordenamiento Territorial (ENOT) establece políticas y determinaciones para el ordenamiento de las playas, como lo es potenciar el desarrollo de la actividad turística-recreativa en aquellas con potencialidades, y reducir su vulnerabilidad, en especial de los asentamientos humanos localizados en ellas, por la fragilidad de la que tanto se ha hablado. Estas políticas se precisan en los Esquemas y Planes de las 15 provincias y en los 73 Planes Generales de Ordenamiento Territorial de los municipios costeros con playas. A esta escala se define fundamentalmente el uso que van a tener, en la economía del país y como parte del medio ambiente a proteger, sin perder de vista el papel que juegan las playas en la recreación de nuestro pueblo.

Tenemos además 36 Polos Turísticos de sol y playa a los que se han elaborado Planes Especiales de Ordenamiento. Por ejemplo: Varadero, en Matanzas; Península Ancón, en Trinidad, Santi Spiritus, ambos revisados recientemente y los Polos Playas del Este, en La Habana y Jibacoa, en Mayabeque, actualmente en proceso de actualización.

En estos Planes, como en todos, se incorpora la gestión de riesgo, ya sea por cambio climático, desastres naturales o tecnológicos, en los que se determina el límite de las zonas afectadas y hacia dónde hay que construir.

A pesar de todo persisten los problemas: los asentamientos humanos y otras edificaciones en la zona costera están acelerando los procesos erosivos y los efectos del cambio climático, así como la contaminación de aguas subterráneas y superficiales por vertimientos inadecuados; ante estos mismos efectos y el riesgo a que está sometida la población se hace inminente la preservación de sus vidas; y por constituir un recurso económico y potencial excepcional para la recreación de la población es prioridad su conservación. Aún queda mucho por hacer y perfeccionar. Por ello se realiza un proceso de actualización de todos los Planes, previsto a realizar durante los años 2015 y 2016.

¿Qué establecen las regulaciones urbanísticas?

En primer lugar el uso aprobado para la playa: turístico, recreativo, forestal, de protección, y las funciones que allí se pueden localizar, dónde y cómo: áreas de baño, de sol, senderos, accesos peatonales, quioscos, alquiler de equipos, baños públicos, estacionamientos, entre otros.

Las intervenciones constructivas. En este caso hay que partir de lo establecido en el Decreto Ley 212, no se puede construir en la zona costera y de protección, la misma está reservada a actividades o instalaciones que por su propia naturaleza no admiten otra ubicación.

En el caso de que el uso al que está destinada la instalación sea procedente, se definen las tipologías constructivas que se permiten, en cuanto a los materiales que se pueden utilizar (preferentemente madera, guano) y en cuanto a la forma que pueden tener (sobre pilotes, que sean estructuras ligeras, que se integren al entorno natural).

Hay que definir la vegetación que se puede sembrar, que tiene que ser autóctona, propia de las zonas, para garantizar su pervivencia y la preservación del recurso natural.

Y algo muy importante, sobre las dunas no se puede construir nada, solo colocar pasarelas levantadas sobre el terreno, elementos necesarios para su conservación.

Por su fragilidad y constituir un excelente potencial, no solo para la recreación y el esparcimiento de la población, sino por su carácter dinamizador y catalizador de la economía, es imprescindible la preservación de estos espacios naturales sin negar su desarrollo. Es por ello que se hace más que necesario su adecuado ordenamiento, haciendo énfasis en las Regulaciones Urbanísticas como instrumento de gestión y control no solo de los Planes sino de todas las transformaciones que en las playas se puedan producir.

Recuperación de la duna de una Playa en Holguín. Foto: Periódico Ahora

Recuperación de la duna de una Playa en Holguín. Foto: Periódico Ahora

 

Estableciendo el orden

En cumplimiento a lo establecido en el Decreto 299/2012, que concedió al IPF el papel rector en el enfrentamiento a las ilegalidades en materia de ordenamiento territorial, urbanismo y demás actividades en el ámbito de su competencia, se han realizado seis inspecciones a las provincias,  con el objetivo de comprobar la erradicación de las ilegalidades incluidas en los Planes Integrales de Enfrentamiento a las Ilegalidades (PIEI) por violaciones del Decreto 272/2001 “Contravenciones en Materia del Ordenamiento Territorial y Urbanismo” y El Decreto Ley 212/2000 “Gestión de la Zona Costera ”, y otras violaciones incluidas en los Planes de Acción de los territorios; así como la elaboración y actualización de los planes de ordenamiento territorial y urbano, la delimitación de la zona costera y de protección.

De las 414 playas reconocidas por el CITMA y corroboradas con las unidades del Sistema de la Planificación Física, las provincias presentaron un inventario de la existencia en la zona costera y de protección de 5167 ilegalidades de personas naturales, de las jurídicas 1482, de ellas erradicadas 489 hasta febrero de 2015, pendientes a erradicar 993.

Las que se detectaron en la última inspección en lo fundamental fueron:
Cimientos y escombros de inmuebles demolidos e instalaciones en ruinas por la acción del mar y eventos meteorológicos en la zona costera y de protección.
Restos sólidos de instalaciones, plataformas, muros de contención y espigones deteriorados en el litoral.

De las pendientes a erradicar existe un % que están en distintas etapas de este proceso, pues es una exigencia del Instituto aceptar como eliminada una ilegalidad cuando comprobamos y el CITMA certifica que el lugar ha sido restituido a su estado original, esto incluye, en los casos que lo requiera, la forestación del área.

De forma general hay comprensión en la mayoría de las entidades y gobiernos en la necesidad de actuar en el rescate de estos ecosistemas. Se ha logrado disminuir las construcciones en la zona costera y de protección y se avanza gradualmente en el restablecimiento del orden.

Han existido dificultades en la solicitud en algunos casos y en otros en la asignación de recursos a los gobiernos y entidades para las acciones de erradicación.

Se realiza la demolición de los objetivos más complejos, que requieren volúmenes considerables de recursos humanos, financieros y materiales.

No todas las administraciones y órganos centrales ejercen la influencia necesaria sobre las entidades para la erradicación de estas ilegalidades.

En ocasiones no se logra la efectividad requerida en el trabajo divulgación y prevención con la población.

Entre las provincias con mejores resultados sostenidos podemos señalar a Holguín, Villa Clara, Granma y Cienfuegos. La prioridad es eliminar las ilegalidades cometidas o permitidas por las entidades estatales, para que el Estado de el ejemplo. Pero se trabaja también para enfrentar las violaciones cometidas por las personas naturales.

(Fuente: Intervenciones de directivos del Instituto de Planificación Física en la Mesa Redonda de la TVC, el 12 de mayo de 2015)

Atardecer en la playa Boca de Galafre, Pinar del Río. Foto: Nixon González / Cubadebate

Atardecer en la playa Boca de Galafre, Pinar del Río. Foto: Nixon González / Cubadebate

Se han publicado 117 comentarios



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  • REFLEXIVO dijo:

    Una pregunta indiscreta: ¿Dónde estaban el IPF, los gobiernos municipales, los gobiernos provinciales, viviendas y todo lo que tiene que ver con eso, porque tengo entendido que para construir una vivienda, un hotel, el inmueble para una empresa u organismo, hacen falta permisos de planificación física y de los gobiernos territoriales. Entonces, no estaban donde tenían que estar, permitieron y ahora eso le cuesta al país, perder edificaciones, inversión hasta en divisas, instalaciones turísticas, de viviendas y de empresas y toca la casualidad que no estamos para perder dinero. ¿Nadie responde ahora por eso? Las explicaciones tecnocráticas y legales, son bonitas, pero no justifican lo que está pasando.

  • PG dijo:

    Es una pena que el debate se realizara ayer, tenia muchas ganas de por lo menos ver un comentario al respecto de IPF.
    A mi me parece genial que se quiera proteger las playas y la costa, muy y a pesar que nunca fue el principal problema medioambiental de Cuba (por lo menos declarado); pero bueno siempre es bueno rectificar, ahora de que manera rectificar si lo primero que hay que crear es conciencia a los moradores donde están estos asentamientos, hoy los que de alguna manera protegían esas áreas, le da lo mismo una que otra cosa, y se percibe desde mi criterio un efecto contrario. Seamos más capaces para garantizar un mejor futuro.
    Es una pena que aun sin solucionar problemas de viviendas por ciclones y desastres , obliguemos a los gobiernos municipales a prestas presupuesto y atención en áreas y zonas que con otras acciones que no sea la demolición se pueden ir amortiguando y recuperando.

  • Rafa dijo:

    Yo comparto 100% toda medida que se tome a favor de cuidar nuestro entorno, nuestras costas, nuestras playas, esto debió hacerse hace mucho tiempo, y ahora enfrentamos la deuda con la naturaleza, pues se permitieron las construcciones cercanas a la playa, pienso además que se debe tener cuidado ya que hay poblaciones que desde tiempos inmemorable la costa siempre fue un medio de sustento, si creo que el nivel del mar afectara en el futuro esas instalaciones, no importa que las eleven a x cantidad de metros, cuando el agua este a la altura que plantea IPF, dudo mucho que los turistas quieran ir al cayerío a pasear en góndolas, el medio ambiente no solo esta afectado en las playas, pensemos también en la basura que no se recoge y pasa meses en las calles o en las márgenes de los ríos, medio que se le debe prestar especial atención, pues en Cuba ya no queda ninguno que sirva para algo, pero nadie ha pensado en separar las casas de las márgenes de los otrora ríos, vallan alas cabeceras de provincia para que vean como no solo la población sino las industrias vierten desechos a los mismos, y esa si es una deuda que tiene que pagarse, creo que es mas urgente que lo de las playas.

  • margarita dijo:

    german que pena de playa y sobre todo de las personas que la visitan que son los que no la cuidan yo visite el pasado año la paya arenas negras en la isla de la juventud y te puedo decir que la encontre limpia vaya no es una limpieza adsoluta pero comparada con las playas de nuestra capital nada que ver felicidades a los isleños tienen mas sentido de pertenencia ya que son las cuidadosos y limpios.

  • El barrendero dijo:

    Me alegro de que se hayan tomado acciones energicas en el rescate de nuestras playas y la linea de nuestras costas y que sean las construcciones propiedad de entidades estatales las que a modo de ejemplo encabecen la lista de las demoliciones. Siento y a la vez comprendo que dado el deficit de fondo habitacional las demoliciones de las construcciones ilegales en pueblos y ciudades. Pero creo que no se debe dilatar mucho el proceso y entrarle de lleno a la situación que hay en zonas urbanas, entiendase en ello la usurpación que hacen los propietarios de los apartamentos de planta baja con los espacios comunes de los edificios de viviendas, los cuales son utilizados para dicimiles actividades en beneficio de los usurpadores y en perjuicio del resto de los cooprpietarios, soy del criterio de que urge una modificación a la legislación que respalda la habitabilidad de los edificios que poseen espacios de uso comun de modo tal que institucionalice la administración de estos inmuebles y combata la fragmentación de los mismo que se produjo a partir de adjudicar la propiedad de los apartamentos a sus ocupantes dejando en limbo el uso de los espacios comunes. Por otra parte provoca multitud de sentimientos ver aceras obstruidas por escaleras construidas arbitrariamente y infinidad de ilegalidades que debido a su naturaleza persisten como muda evidencia acusadora no se si de la ilegalidad y la impunidad o de la desidia, en cualquier caso la ilegalidad triunfante; en muchos casos herencia ancestral u objeto de compraventa sigue ahí en franca burla de la legalidad convertida en letra muerta de la ceguera e impotencia de los encargados de exigir su cumplimiento. La justicia demorada es justicia negada

  • luisa dijo:

    Para mantener limpios Varadero y Miramar sì hay recursos de recogida de basura y contenedores sufucientes. Por què no los hay para Guanabo que es un basurero????

  • luisa dijo:

    Para mantener limpios Miramar y Varadero sì hay recursos suficientes, para Guanabo, que es un basurero, no. Por què???

  • Un melenero dijo:

    Saludos a todos Los meleneros , Nuestra playa el sueno de nuestra infancia , seria bueno , que unamos nuestras fuerza y no dejar que nuestra playa se desrroche de esa manera , yo estoy de acuerdo de que todos , tenemos que poner , un poco mas que solo hablar y hablar digan el dia y empesaremos una nueva vida , junto a nuestra palya querida cualquiera me puede escribir yo contesto sin problemas y sin compromiso el melenero

  • edgardo dijo:

    Dónde están las papeleras de la calle Obispo, primero les arrancaron las agarraderas que las sostienen dichas, después se las llevaron completas, yno digamos de los bancos que ya las familials ni siquiera pueden sentarse a tomar el fresco pues los travesaños de madera se los han llevado uno por uno cuando no todos de una sola vez, el otro caminé con un papel en la mano cuadras y cuadras sin encontrar una de estas, dónde están lo baños públicos, pues en todo Ocispo no hay ninguno, las personas tienen que esconderse en las áreas verdes para hacer sus necesidades en las áreas verdes de dicho parque que está en la calle Aguacate e/Obispo, dicho parque es un asco sin luces, sitio de reunión de los borrachos que son muchos,

  • Pedro Gelabert dijo:

    El proceso de erosion de playas es complejo. Comienza tierra a dentro con los ssedimentos que abastecen la arena de las playas. Gestiones relacionadas con la desforestacion y la agricultura adelantan la erosion en la montana quetiene un resultado positivo o negativo en el abastecimiento de arena en la playa. Las represas en los rios son una barrera al flujo de sedimentos y reducen el abastecimiento de arena en la playa. La extraccion minera de arena en los rios, dunas y playas reduce drasticamente el abastecimiento de arena y la playa no puede restaurarse con arena de granos similares al pasado. La construccion de estructuras costaneras y marina tambien alteran, cambian, reducen o impiden el movimiento litoral de sedimentos a traves de las playas. Por lo tanto, todas estas medidas deben controlarse mediante estudios detallados de geomorfoligia costanera, reglamentacion ambiental, proteccion de costas e ingenieria de costas adecuadamente estudiada, disenada y construida.
    Pedro Gelabert
    Geologo Ambiental

  • Jose r martinez dijo:

    Hemos visto presencia de caballos en las playas (zona costera). El dec. Ley 212 lo prohibía.

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