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Empresa estatal cubana: más autonomía, más posibilidades, mejor remuneración

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Antillana de Acero

Antillana de Acero

MEDIDAS Y NORMAS JURÍDICAS QUE FLEXIBILIZAN LA GESTIÓN DE LA EMPRESA ESTATAL SOCIALISTA.

El Lineamiento 02 de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución señala que: El modelo de gestión reconoce y promueve, además de la empresa estatal socialista, que es la forma principal en la economía nacional, las modalidades de inversión extranjera previstas en la ley (empresas mixtas, contratos de asociación económica internacional, entre otras), las cooperativas, los agricultores pequeños, los usufructuarios, los arrendatarios, los trabajadores por cuenta propia y otra formas, todas las que, en conjunto, deben contribuir a elevar la eficiencia.

Este lineamiento fue ratificado por el General de Ejercito Raúl Castro Ruz, Presidente de los Consejos de Estado y Ministros, en las conclusiones del XX Congreso de la Central de Trabajadores de Cuba, el pasado 22 de Febrero al declarar: ”Nunca debemos olvidar que el sistema económico que prevalecerá en la Cuba socialista, independiente y soberana, continuará basándose en la propiedad de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción y que la empresa estatal es y será la forma principal en la economía nacional, de cuyos resultados dependerá la construcción de nuestro socialismo próspero y sostenible”.

En función de lograr ese fortalecimiento de la empresa estatal socialista, se aprueba por el Consejo de Ministro el pasado año las Directivas para el proceso de elaboración del plan y el presupuesto 2014, que contienen un conjunto de medidas encaminadas a flexibilizar la actividad empresarial, dar más autonomía e independencia a la empresas, las cuales se implementan a través de Normas Jurídicas que se han publicado de forma escalonada y paulatinamente, por diferentes Organismos de la Administración Central del Estado.

Entre las medidas que se aplican a través las normas, se encuentran:

Por el Ministerio de Economía y Planificación:

Flexibilización de los objetos sociales de las empresas: pasó de la aprobación en detalle de lo que podía comercializar una entidad, especificando el tipo de moneda, destino, actividades auxiliares como por ejemplo comedores, alquiler de parqueo, productos secundarios, a solo fijar, la actividad fundamental que la identifica (productivas, comerciales y servicios), sin definir moneda y destino. Es facultad del director de la empresa decidir qué actividades secundarias derivadas de su actividad fundamental y de apoyo se pueden realizar, aprovechando eficientemente sus potencialidades.

• Se define en las Indicaciones Metodológicas para la elaboración del plan 2014, un sistema de indicadores directivos más reducido, para medir el desempeño de las empresas:

  • Encargo Estatal,
  • Ventas netas totales,
  • Ventas por exportación,
  • Utilidad del período,
  • Aporte por el Rendimiento de la Inversión Estatal,
  • Aporte en CUC,
  • Rotación del Capital de Trabajo.

En relación al Encargo Estatal, se autorizó, una vez cumplido este, la entidad podrá comercializar sus excedentes por eficiencia o inejecuciones, a precios fijados por correlación entre la oferta y la demanda o por comparables de acuerdo al mercado. Es facultad del director de la empresa aprobar este precio.

Se ha identificado al comercio mayorista como primer destino del excedente del Encargo Estatal y para insumo de producciones o servicios de quien los adquiera finalmente.

El plazo para dar como cumplida la comercialización del Encargo Estatal según el destino previsto, se define en el contrato, concediendo 30 días adicionales por encima de lo pactado.

El Plan de las empresas se aprueba por el Presidente del la Organización Superior de Dirección o Grupos Empresariales, antes era aprobado por el Ministro del Organismo de la rama a la que pertenecen, o por el Presidente del Consejo de la Administración del Provincial, si la empresa es de subordinación local.

Inversiones: Se definió un monto para resto de inversiones que son de aprobación de las Organizaciones Superiores de Dirección y deciden por si mismo cómo distribuirlo a sus empresas. El director de cada empresa podrá aprobar las inversiones que se presenten como imprevistos dentro de ese monto. Anteriormente este marco se centralizaba en el Organismo Central.

Este es un tema que se continúa trabajando, recientemente se aprobó la Política para las Inversiones, estando en proceso de aprobación las normas jurídicas que la implementa.

• Todo lo anterior tributa a la separación de las funciones estatales y empresariales: hay muchas funciones que se realizaban por los organismos sin dar participación al sistema empresarial, que atenta el buen funcionamiento de ambos, ya que se diluye la responsabilidad y la facultad que tiene cada cual, es una Política aprobada, la cual lleva un proceso de implementación gradual y paulatina.

Por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social:

Se eliminan las restricciones para la formación del salario en el sector empresarial, este estará en correspondencia con el cumplimiento de los indicadores directivos y del resultado del trabajo, se elimina el tope en su distribución.

Por el Ministerio de Finanzas y Precios:

• Se emite resolución para la formación de precios del excedente del Encargo Estatal.

• Se aprueba un nuevo Sistema de Relaciones Financieras para las empresas estatales, que comprende varios capítulos con el tratamiento a :

  • La creación de reservas y provisiones,
  • La distribución de las Utilidades después de Impuestos,
  • Del financiamiento de las Inversiones,
  • Tratamiento Financiero a las pérdidas,
  • Financiamiento de las Organizaciones Superiores de Dirección.
  • Los tributos e impuestos.

Además de la emisión de estas normativas, se modificó las relacionadas con las empresas que aplican el perfeccionamiento empresarial, se integran a las políticas del modelo económico.

En paralelo, como parte de todo lo que se está trabajando, se perfeccionan los organismos y organizaciones centrales del Estado, cambios de estructura, creación de las OSDE fortalecidas, aplicación de la separación de las funciones estatales de las empresariales y se ejecuta experimentalmente cambios en los Territorios en las Provincias de Artemisa y Mayabeque, que llega hasta las empresas de subordinación local.

Este es un proceso que recién comienza, se debe aplicar escalonadamente, está acompañado de capacitación a dirigentes y trabajadores de todos los niveles, que conlleva a la evaluación de su implementación el cual de tener un tiempo de maduración de cada una de las medidas, aparejado con el aumento de la responsabilidad de los Directivos.

Fábrica Vanesa

Fábrica Vanesa

PRINCIPALES MEDIDAS IMPLEMENTADAS EN EL SISTEMA DE RELACIONES FINANCIERAS DE LAS EMPRESAS ESTATALES CON EL ESTADO.

Con el objetivo de contribuir al fortalecimiento de la empresa estatal, se han implementado un grupo de modificaciones en el sistema de relaciones financieras de las empresas estatales con el Estado.

Las principales son las siguientes:

1.- Hasta el año 2013, las empresas estatales podían retener hasta el 30% de la utilidad después de impuestos, deducido el monto para incrementar la Reserva para Pérdidas y Contingencias, con el objetivo de constituir Reservas Voluntarias.
A partir del año 2014, el porciento se incrementa al 50%.
Esta medida permite a las empresas estatales disponer de mayor liquidez y amplía su capacidad de constituir reservas voluntarias, para financiar gastos de capacitación, desarrollo e investigaciones, inversiones, pérdidas contables de años anteriores, amortizar créditos para inversiones e incrementar su capital de trabajo, entre otros fines.

2.- Como parte de estas reservas voluntarias, se incluye una reserva para el pago por la eficiencia económica de los trabajadores, lo que conduce a una participación efectiva de los trabajadores en la distribución de utilidades.
Para ello, se establecerán por el Ministerio de Finanzas y Precios los indicadores financieros que deben cumplir las empresas.
Se establece como condicionante para la determinación del monto a distribuir como estímulo, que la correlación entre el ingreso medio por trabajador (salario medio más estímulo promedio por la eficiencia económica) y la productividad del trabajo, sea inferior a uno (1).
La cuantía a otorgar por trabajador puede ser el equivalente de hasta tres (3) salarios mensuales.

La distribución del estímulo no es igualitaria y está en correspondencia con el tiempo real trabajado, la complejidad y responsabilidad de las tareas asumidas y el aporte realizado por cada trabajador. Para ello, se pueden utilizar mecanismos que garanticen que el trabajador que más aporte a los resultados de la entidad, sea el que más gane; (Coeficiente de Participación Laboral u otros).

3.- La prioridad en la utilización y cuantía de las reservas voluntarias no está preestablecida y se evalúa por la empresa según su propuesta de plan económico-financiero y sus objetivos estratégicos.
Las reservas no utilizadas al cierre del año no tienen que aportarse al Presupuesto del Estado y se acumulan para el próximo período.

4.- Se autoriza también la constitución de reservas voluntarias a nivel de las Organizaciones Superiores de Dirección, a partir de las utilidades a retener de las empresas estatales y sociedades mercantiles que la integran o se relacionan, destinadas a financiar inversiones y el pago por la eficiencia económica de los trabajadores. La cuantía a aportar por cada empresa estatal o sociedad mercantil se determina teniendo en cuenta los resultados económicos-financieros y las características técnicos-productivas de cada una.

5.- Como parte de las reservas voluntarias, se puede constituir un fondo de compensación a nivel de las Organizaciones Superiores de Dirección, el que tiene como propósito cubrir desbalances financieros temporales de las empresas estatales y las sociedades mercantiles que la integran.
Este Fondo permite que las empresas no vean interrumpido su ciclo de reaprovisionamiento por déficits coyunturales de su flujo de caja.
El monto del Fondo y el importe que cada entidad que integra la Organización Superior de Dirección le aporta, lo aprueba la Junta de Gobierno, teniendo en cuenta las características de cada empresa. De no existir Junta de Gobierno, lo aprueba la propia Organización Superior de Dirección, previo análisis y acuerdo del Consejo de Dirección. La fuente del importe definido es un por ciento (%) del monto destinado a la creación de reservas voluntarias.
Las empresas que reciben recursos del Fondo de Compensación para cubrir desbalances financieros temporales, elaboran convenios de pago y devuelven estos recursos al Fondo libre de intereses y teniendo en cuenta sus características económico-productivas, en correspondencia con el procedimiento que a estos efectos sea aprobado por la Organización Superior de Dirección.

6.- Otra medida destinada a favorecer la liquidez de las empresas estatales es que a partir del año 2014 estas empresas no aportan la Depreciación ni la Amortización de los activos fijos tangibles e intangibles, ni la amortización de gastos diferidos a largo plazo. Estos recursos los destinan a financiar las inversiones, el reequipamiento, la modernización y otros destinos, según los intereses que determinen para su desarrollo y la ampliación de sus actividades y se utilizan según determinación de la propia empresa estatal o sociedad mercantil, a partir del plan de inversiones aprobado en el año.
El no aporte de la depreciación genera liquidez a la empresa, ya que este es un gasto no desembolsable.

7.- Se adopta además la decisión de facultar a los jefes máximos de las empresas, a aprobar los precios mayoristas para la venta de las producciones que constituyen excedentes del encargo estatal, según la correlación entre la oferta y la demanda, teniendo en cuenta el mercado y cubriendo todos los costos, gastos y compromisos tributarios.
Esta medida permite que las empresas estatales puedan obtener ingresos adicionales, cuando logran producir eficientemente y alcanzar niveles productivos que excedan los compromisos previamente establecidos con el Estado.

Impacto en el Presupuesto del Estado:
La implementación de estas medidas de apoyo a la gestión financiera de las empresas estatales, reduce los ingresos al Presupuesto del Estado en el corto plazo, ya que se retienen más recursos financieros por las empresas.

No obstante, estratégicamente tienen un efecto positivo si se alcanzan los niveles productivos que se proyectan, ya que una mayor eficiencia de la empresa estatal, generará ingresos superiores al Presupuesto del Estado.

empresa estatal 2MEDIDAS RELACIONADAS CON EL SALARIO

Existe conciencia y se ha reconocido en el proceso de actualización del modelo económico y social que el actual sistema salarial no garantiza que el trabajador reciba su salario según su aporte a la sociedad, que no satisface todas las necesidades de este y su familia, lo que genera desmotivación hacia el trabajo.

Por otro lado se han evaluado los efectos negativos que se producirían de disponer un aumento generalizado de los salarios en el sector estatal, de no estar debidamente respaldado por un incremento suficiente de la oferta de bienes y servicios.

Como se ha expresado la empresa estatal es la forma principal en la economía nacional y en ella recae la responsabilidad en el incremento de esa oferta de bienes y servicios, por lo que las medidas enunciadas y otras en proceso de evaluación crean las condiciones para incrementar los ingresos de los trabajadores.

En el sistema empresarial el salario se determina a partir de su vinculación a los resultados, las medidas están dirigidas a perfeccionar estos mecanismos con el objetivo de propiciar el incremento de la productividad del trabajo; entre sus principales objetivos se destacan los siguientes:

1. Modificar las facultades para la aprobación de los sistemas de vinculación del salario a los resultados.

Esta era una facultad de los ministros, jefes de entidades nacionales, presidentes de los consejos de administración y directores de empresas en perfeccionamiento empresarial que se descentraliza a las organizaciones empresariales y empresas que no se han integrado a las organizaciones empresariales.

2. Eliminar las restricciones administrativas relacionadas con los límites, la formación y la distribución del salario por rendimiento.

Anteriormente se establecían límites al salario asociados al cumplimiento del plan y hasta un 30 porciento para los trabajadores no vinculados directamente a la producción y los servicios.

Estos límites desaparecen y el nivel del salario de los trabajadores en la empresa dependerá de los resultados que obtengan, en correspondencia con el cumplimiento de los indicadores directivos aprobados por el ministerio de economía y planificación y su distribución a partir del aporte individual y colectivo. Estos temas son facultad de la autoridad que aprueba el sistema, previo acuerdo con el sindicato.

3. Los recursos financieros destinados al salario de los trabajadores de la empresa se crean por esta a partir del nuevo valor creado.

Uno de los cambios más importantes está referido a que la empresa tiene que crear los recursos financieros que destine al pago de los salarios de sus trabajadores a partir del cumplimiento del principio de sustentabilidad económica. No se puede distribuir lo que no se crea, este es un principio básico que no se puede violar.

4. Desplegar las reservas de productividad que hoy existen, asociadas a problemas de la organización, la racionalidad, la disciplina, al control y la creatividad entre otras.

De la capacidad, inteligencia y preparación de los cuadros y trabajadores en la implementación de todas las medidas de forma integral dependerán los resultados.

Empresa de Cereales de Cienfuegos. Foto: Modesto Gutiérrez/AIN

Empresa de Cereales de Cienfuegos. Foto: Modesto Gutiérrez/AIN

PASOS A TONO CON LOS LINEAMIENTOS

El primer tema abordado es relacionado con la necesidad de vincular las medidas aprobadas para flexibilizar la gestión empresarial con la implementación de los lineamientos, poniendo como eje central el Lineamiento No 2 que define que la empresa estatal es la forma principal de la economía, pasando por otros, no menos importantes como es el referido a la separación de las funciones estatales de las empresariales, el papel de la planificación empresarial y la vinculación del salario a los resultados, entre otros.

En este sentido es importante señalar que no sólo es significativo hablar de una u otra norma jurídica, sino de un paquete de medidas que se han aprobado después de la celebración del VI Congreso que tienen una alta incidencia en la empresa estatal, no solo las normas jurídicas aprobadas recientemente, sino otras como la Ley tributaria, el Decreto de la Contratación, la Resolución de Objetos social además de las que integran la reciente gaceta oficial extraordinaria No. 21 del 2014.

Es preciso profundizar en que sin un conjunto de medidas que ceda más flexibilidad a la empresa estatal, es imposible cumplimentar el principio de que la empresa es el eslabón fundamental de la economía y por otra parte lograr la construcción de una sociedad socialista próspera y sostenible.

Otro elemento importante es el grado de interrelación que tiene unas con otras medidas, no podemos ni es correcto verlas de manera aislada, obedecen a decisiones y medidas que de cara a la empresa tienen una alta dependencia, por ejemplo: entre la flexibilidad del objeto social con la definición del encargo estatal; entre los indicadores directivos que son aprobados centralmente a la empresa y los otros indicadores que son facultad de la empresa aprobarlos y decidirlo centralmente; entre la aprobación de formas y sistemas de pago como una facultad de la empresa, vinculado al cumplimiento de los indicadores directivos y límites que no es facultad de esta, entre otros ejemplos.

Resumiendo: No son medidas aisladas, son medidas que obedecen en primera instancia a la implementación de los lineamientos, que tienen una alta dependencia, que se ejecutan de forma paulatina y que dependen en gran medida del grado de preparación de los directivos para asumir estas nuevas facultades.

En este sentido es bien importante estudiar las normas y prepararse, estas medidas entrañan más facultades y más responsabilidad. Esto también conlleva a la necesidad de fortalecer el análisis en colectivo en las empresas, en los consejos de dirección, en los comités de contratación, entre otros.

Otro elemento importante es señalar la relación de estas medidas con la aplicación del perfeccionamiento empresarial:

El perfeccionamiento que tiene sus génesis en los finales de la década de los 80 y que fue aprobada su generalización en el V Congreso del PCC, ha nutrido sin lugar a dudas lo que hoy hacemos de cara a la empresa estatal como parte de la Actualización del Modelo Económico Cubano, es por ello que el lineamiento No. 15 plantea que el Perfeccionamiento Empresarial, se integra a las Políticas de actualización del modelo económico cubano, pero también reconoce, y de hecho ha sucedido así, que este proceso genera formas superiores para la empresa, no prevista en el proceso de perfeccionamiento empresarial, motivo por el cual después del Congreso del Partido se han efectuado dos actualizaciones a las normas jurídicas que rigen este proceso.

Hoy conviven en el país empresas que aplican el perfeccionamiento y otras que no; las que aplican están en mejores condiciones para asumir estas nuevas medidas, pues están más entrenadas en el acto de organizar sus empresas en función del incremento de la eficiencia y han demostrado ser más organizadas, tener mejor control y mayores resultados.

El proceso de perfeccionamiento continúa, se enriquece con la actualización del modelo económico cubano y se transita en el país para crear condiciones en la instauración de un modelo único de gestión y dirección empresarial que tenga como salida la aprobación de una Ley de empresas en nuestro país para el 2015-2016.

Fuente: Intervenciones de los panelistas en la Mesa Redonda del 28 de mayo de 2014.

Se han publicado 293 comentarios



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  • Leofelipe dijo:

    casi sabia explicarme la 17 pero ahora con la aclracion de la misma he retrocedido o sea estoy mas confundido que antes que saliera la supuesta aclaracion (al final estoy fundido)

  • El Chavia dijo:

    Si somos un pais socialista donde los trabajadores son dueños de los medios de producción fundamentales y de las riquezas del país, ¿Por qué no implementar un sistema evaluativo de abajo hacia arriba?, donde el trabajador pueda sancionar y evaluar a los jefes que despilfarran, roban y desvian los recursos de los que somos dueños. De ese control no se habla por ninguna parte.

    En las empresas estatales debe existir las juntas directivas donde el director y los dirigentes rindan cuenta a los verdaderos dueños: los trabajadores. Esto los capitalista lo tienen muy claro de ahi que dificilmente se les pueda robar y el que lo logra hacer no dura mucho.

  • b Luis dijo:

    El incremento del salario real de los trabajadores, que se vincula a los ingresos netos(que constituyan ganancias) que logre la empresa, es sin duda la mejor forma de distribuir las ganancias y estimular el aumento de la productividad, pero 1.? como se va ha lograr que las empresas produzcan de manera eficiente , si en la mayoría de los casaos, donde no se logra, están dados por insuficiencias en la entrega de materias primas y materiales ? 2. ?se podrá vincular los salarios y estimulaciones de las empresas y organismos encargados de las importaciones de materias primas, a los resultados reales de su gestión y el cumplimiento de los planes de entrega ? 3. ? en el caso de los centros presupuestados de investigación y desarrollo como se piensa estimular esta actividad, que no necesariamente genera una producción y ganancias, o por lo menos no inmediatamente ?.

  • O. Jiménez L. dijo:

    (NO PUDE VER LA MESA COMPLETAMENTE)
    Preocupaciones:
    1.- Los sectores que son presupuestado y que no son ni medicos,ni deportistas, ni maestros propiamente dicho ¿Como queda sus salarios?
    2.- Las entidades que pagan por resultados, como quedarián el pago respecto a la calidad. Ej. Hay empresas que su resultado final no tiene que ver nada con la calidad, como Aguas de la Habana, INRH, Viales, etc.
    3.- Como quedaría el pago por resultados a cada trabajdor cuando no siempre se es suficientemente justo en su ejecución y diferenciación
    4.- ¿Como quedaria lo que los ingresos promedio mensuales de un trabajador estatal respecto a cuenta propía?
    5.- Estos incrementos en los salarios que se preveen REALMENTE aumentara el PODER ADQUISITIVO REAL? o también aumentará los precios de los productos unido a ello.
    Gracias

  • AWY 9400 dijo:

    A los panelista

    Yo quisiera saber si empresas mixta como etecsa entran en este caso

  • Carlos dijo:

    Solo una pregunta. Alguien me puede decir algun pais en el cual esto haya tenido exito????

  • ernesto dijo:

    Buenos dias.
    1 - Las UEB tambien pueden repartir sus utilidades entre los trabajadores una vez al año??

    2- Tiene un limite la cantidad que puede recibir cada trabajador de estas utilidades??

    3 - Hay algun cambio en la estimulacion que se entrega anualmente (38 CUC) para ropa de presencia o de trabajo segun sea el caso??

    Este dinero me parece que se podría entregar al trabajador (en efectivo o tarjeta) y que el mismo pudiera consumirlo en la tienda que desee y en lo que quiera consumirlo al final es una estimulacion de EL. asi nos eliminamos el problema que año tras año se presenta en el 95% de las empresas del país con la compra de la ropa, que como pasa casi siempre cuando van a comprar, "no se puede comprar alli" "no hay surtido todavía" "no te toca de eso" etc

    Espero sus respuestas

  • las respuestas dijo:

    Seria muy bueno, que como estan en el Foro todos los organismos involucrados en la nueva politica economica del pais, RESPONDAN las muchas interrogantes publicadas en este sitio sobre la legislacion salarial en salud ( 1ra. a escala masiva) ya a punto de concretarse en junio y donde no han dado las respuestas correspondientes a las preguntas serias, a ningun nivel, ni el MINSAP ni ningun otro de los factores.
    Hasta ahora la van aplicar, porque SI, con todos los problemas que se le han senalado.
    ¿ Que respeto al trabajador ?

  • Raumell dijo:

    ¿Qué le pasará a las empresas que para cumplir sus planes de producción, dependen netamente de los importadores y que estos, como es lógico, no tengan previsto la mayoría del plan de sus importaciones en el año? Si este tema será de discusión en el día de hoy en la Mesa redonda me gustaría que se diera una explicación de que va a pasar cuando dichas empresas, aún cuando tengan buenos resultados, no cumplan sus planes de producción porque dichos importadores no suministraron la materia prima necesaria. En este caso ¿Por qué afectar al trabajador al mínimo salario de 225, sin tener responsabilidad en el incumplimiento de estos planes? Por otra parte ¿Qué pasará con aquellos altos dirigentes de empresa que toman malas decisiones y por esta causa pudieran, sin saber, comprometer a una empresa y, por consiguiente, afectar el salario de sus trabajadores?

  • luis dijo:

    Siempre se dará espacio a la decisión de los trabajadores, dice alguien por allá arriba. No lo entiendo: Si al final el salario depende de la eficiencia, incluso, la extistencia o desparición por pérdidas de una empresa, muchas veces cmo ha demosrado la historia, no imputables a la empresa sino a sus relaciones contractuales con treceros que garantizan materia prima o mercados, no estoy de acuerdo. Todo el poder a los trabajadores para elegir sus directivos cada vez que haga falta, eliminando así las plazas para los cuadros que ponen de arriba. Si no, no funciona nada.

  • Yololo dijo:

    ¿Una empresa podrá solicitar servicios de un trabajo por cuenta propia y pagar directamente a este trabajador?

  • empresa dijo:

    Qué pasa con las empresas que su objeto social es importar y exportar y cuyas utilidades dependen de que un tercero requiera de importaciones( o tenga la capacidad de liquidez) o te entregue los productos para exportar y que en realidad lo que se mida en dicha empresa sea su eficiencia en ejecutar estas actividades ya que además los márgenes comerciales son topados o por los límites máximos o por la resolución 13 del MFP???? Se pueden deteriorar los indicadores sin ser reponsabilidad de los trabajadores ni de la empresa y al contrario demostrar incrementos en la gestión commercial????
    En otros años el MTSS ha exonerado a las empresas del cumplimiento del indicador salario por peso de valor agregado comprendiendo esta problemática

  • Ares dijo:

    Compañeros del MTSS, me gustaría preguntarles al respecto del pago de estimulación a los trabajadores. Una administración no se encuentra violando la Resolución 17 del 2014 si fija un límite de la estimulación a recibir hasta 150%??? Cuando la propia resolución plantea que no existe límite para el pago siempre que no se deterioren los índices. Es bueno destacar que las utilidades de mi empresa son superiores a los 14 millones de pesos y el Plan de Producción se encuentra en un 113% de cumplimiento.

  • Solopaello dijo:

    Solo quiero decir que ojalá la formúla dé, lo que se espera ,por que ya en los laboratorios ya no hay probetas para realizar ensayos ...optimista?, puede ser ,esperanzas quién sabe afirmación ummmmmmmmm ,no sé que pensar esto es muy bonito pero difícil de entender

  • Angel dijo:

    En relación al Encargo Estatal, se autorizó, una vez cumplido este, la entidad podrá comercializar sus excedentes por eficiencia o inejecuciones, a precios fijados por correlación entre la oferta y la demanda o por comparables de acuerdo al mercado. Es facultad del director de la empresa aprobar este precio.

    Por el Ministerio de Finanzas y Precios:
    • Se emite resolución para la formación de precios del excedente del Encargo Estatal.
    7.- Se adopta además la decisión de facultar a los jefes máximos de las empresas, a aprobar los precios mayoristas para la venta de las producciones que constituyen excedentes del encargo estatal, según la correlación entre la oferta y la demanda, teniendo en cuenta el mercado y cubriendo todos los costos, gastos y compromisos tributarios.

    ¿Qué es el encargo estatal ¿?

    Esto no me queda claro y no voy a repetir las discrepancias de los que ya lo han hecho aquí, con todo argumento y razón, es que acaso los que proceden, elaboran y aprueban estas normativas no son cubanos, o no viven en cuba ¿??
    Como tampoco aparece nada al respecto de las unidades presupuestadas sobre las formas de pago ni plantea nada con relación a los grupos escala salariales, si se tomar en cuenta la cantidad de trabajadores que hoy por hoy suman un gran por ciento de haber dejado de trabajar para el sistema empresarial y se convirtieron en trabadores por cuenta propia solo habría que reestructurar esos mismos salarios en esos mismos grupos escala, o donde están esos salarios ¿?¿?

  • lazaro Gonzalez. dijo:

    para que quede claro como funciona la resolucion 17 del ministerio del trabajo.
    supongamnos que en el mes de mayo el valor agregado bruto es de 800 mil pesos el fondo de salario de 300 mil pesos y el gasto de salario por peso de valor agregado es de 0,375 todas estas cifras conforman el plan.
    al concluir el mes de mayo el valor agregado bruto fue de 900 mil pesos el fondo de salario fue de 300 mil pesos y por lo tanto el gasto de salario por peso de valor agregado bruto fue de 0,333 por lo tanto la empresa puede pagar de acuerdo al cumplimiento de los indicadores formadores y condicionantes hasta 37500pesos.
    en el mes de junio el plan es de 900mil pesos de valor agregado bruto el fondo de salario siguen siendo los 300mil pesos y por tanto el gasto en salario por peso de valor agregado es de 0,333. suponiendo que en el mes de junio se cumpla el valor agregado bruto osea los 900 mil pesos el fondo de salario serian los 300mil planificados mas los 37500 que se pagaron de estimulo del mes anterior como resultado de esto el gasto en salario por peso de valor agregado resulta ser 0,375 mayor que el planificado para el mes que fue de 0,333 por lo que independientemente de como se hayan cumplido los indicadores formadores y condicionantes hay que reducir el salario de los trabajadores en 37500 pesos.
    ponemos este ejemplo para que todo el mundo este claro en que consiste el sistema.

  • Veguero dijo:

    Si no se apuran en mi empresa en implementar estos cambios y si los resultados no son los esperados, entonces me voy a quedar con el sentido de pertenencia en cero, tal y como lo tengo ahora mismo, que triste... después de haber estudiado tanto y de tener 20 años de trabajo en la misma empresa echando la vida desde que me gradué de ingeniero. Ya hemos esperado bastante, no se sostiene esto así como está con esos salarios decorativos que no resuelven nada y que nos obliga a inventar diariamente y a cometer alguna que otra ilegalidad para sobrevivir, es hasta ahora la HISTORIA SIN FIN. Gracias.

  • Angel Cruz Cruz dijo:

    En relación al Encargo Estatal, se autorizó, una vez cumplido este, la entidad podrá comercializar sus excedentes por eficiencia o inejecuciones, a precios fijados por correlación entre la oferta y la demanda o por comparables de acuerdo al mercado. Es facultad del director de la empresa aprobar este precio.

    Por el Ministerio de Finanzas y Precios:
    • Se emite resolución para la formación de precios del excedente del Encargo Estatal.
    7.- Se adopta además la decisión de facultar a los jefes máximos de las empresas, a aprobar los precios mayoristas para la venta de las producciones que constituyen excedentes del encargo estatal, según la correlación entre la oferta y la demanda, teniendo en cuenta el mercado y cubriendo todos los costos, gastos y compromisos tributarios.
    ¿Qué es el encargo estatal ¿?
    Esto no me queda claro y no voy a repetir las discrepancias de los que ya lo han hecho aquí, con todo argumento y razón, es que acaso los que proceden, elaboran y aprueban estas normativas no son cubanos, o no viven en cuba ¿??
    Como tampoco aparece nada al respecto de las unidades presupuestadas sobre las formas de pago ni plantea nada con relación a los grupos escala salariales, si se tomar en cuenta la cantidad de trabajadores que hoy por hoy suman un gran por ciento de haber dejado de trabajar para el sistema empresarial y se convirtieron en trabadores por cuenta propia solo habría que reestructurar esos mismos salarios en esos mismos grupos escala, o donde están esos salarios ¿?¿?

  • Pedro Luis dijo:

    No me atrevo a opinar acerca de algo en concreto, pq los tecnicismos son de tal magnitud y tal el caos, que se convierte todo en un inescifrable hilo de Ariadna. Sin embargo, para algo entre aqui.
    Creo que independientemente de cualquier formula, sistema, etc, el pueblo trabajador, los intelectuales, los campesinos y el pueblo en general, se merecen un sosten diario o mensual, o como quiera que se le quiera llamar, mas acorde con las necesidades actuales.
    Cierto que es necesario trabajar mas y mejor, pero lo que no me cabe aun en la cabeza, es:
    que tengamos empresarios y dirigentes montados en flamantes autos de lo ultimo que rueda en Europa o Asia y las colas en los amarillos son cada vez mayores,
    que unos, no importa lo que hayan hecho, o el cargo que ostenten, descansan en balnearios de cinco estrellas a precios de nada y otros, tambien cubanos, tambien obreros, tambien revolucionarios, apenas consiguen algun campismo popular,
    que a unos les llevan las cosas a la casa pq no tienen tiempo (a veces no tienen ni libreta de abastecimiento) por su trabajo y otros, con menos tiempo aun, pq tambien trabajan pero no tienen en que regresar a casa, guapean en los mercados hasta ultima hora, o no les queda mas remedio que pagar a otra persona para que les compren los mandados,
    que seamos uno de los mayores derrochadores de agua del mundo y aun no hay medidas efectivas, ni en el campo empresarial, ni en el publico
    que nos tratemos como extraños en entidades comerciales u administrativas, sin respeto a aquello de "ud tiene la razon" (salvo contadas excepciones)
    que solo en casos singulares (ciclones, accidentes de gran magnitud, eventos politicos nacionales o internacionales, etc) seamos realmente solidarios y que en la cotidianidad campean por sus predios el sociolismo y el "money"...
    A muchos podra disgustar lo que comento, pero es de corazon. ¿Cuantos que, de un lado o del otro pudiese citar en este comentario? Cito a Silvio: seamos un tilin mejores.

  • Marcos Pérez dijo:

    para el MTSS:
    los precios de los productos del objeto social estan topados, y por ende resulta imposible formar un salario digno cuando el gasto material en el que deben incurrir es cada vez mayor. Si no se atienden estas cuenstiones se ira progresivamente a la quiebra.

  • Marcos Pérez dijo:

    para el MTSS:
    los precios de los productos del objeto social estan topados por el MFP, y por ende resulta imposible formar un salario digno cuando el gasto material en el que deben incurrir es cada vez mayor. Si no se atienden estas cuenstiones se ira progresivamente a la quiebra.

  • caridad.fabregas dijo:

    Propongo que puedan las UEB funcionar como centros productivos que son, ser independientes, capaces de recibir de su trabajo, y la producción, la remuneración que a cada cual les corresponde. Considero que las Empresas en su mayoría se llenan de un personal administrativo que en muchos casos no es necesario y que siempre cobra mas que los que realmente están directos a la producción.

  • Mayra dijo:

    En el diseño de los sistema de pago , ahora con la resolución 17/14 unos de los objetivos a medir es Indicadores a Cumplir, ¿dentro de los indicadores a Cumplir se puede mantener la definición de indicador formador y condicionates? y ¿dentro de los indicadores condicionantes se puede mantener la penalización total o parcial por incumpliento de los indicarores como se venía haciendo en la práctica con la extinta resolución 9/08?

  • ovc dijo:

    Estoy de acuerdo con MEP y LA en cuanto a la confección objetiva de los planes. Pero cuando un plan se realiza acorde a las condiciones del momento y perpectivas del período a planificar y luego realmente por situaciones coyunturales del país, no hay garantía para la compra de algunos recursos, lo que genera un bajo cumplimiento de los gastos materiales y sin embargo se realizan diversas estrategias con recursos propios para que se cumplan y sobrecumplan los planes de ingresos, lógicamente las utilidades se sobrecumplirán excesivamente o sea por encima del 10% estalecido por el MEP¿por qué entonces en vez de fundamentar las causas tengo que realizarles ajustes al plan para lograr el 110% de sobrecumplimiento, siendo ésto un bumerang para los trabajadores.Mi pregunta es ¿a partir de ahora van a eliminarse estos engorrosos ajustes ?

  • desde Villa Clara dijo:

    Sobre la referida resolución 17 existen varias dudas, las cuales no ha sido posible aclarar sobre todo los organismos que no tiene una subordinación nacional, ya que no se ha seminariado sobre el tema, entre ellas:
    • Las empresas que aun no tienen condiciones para aplicar sistemas de pago a destajo por normas de rendimiento a los trabajadores directos la producción, el sistema a destajo 1x1 no nos puede engañar eso no da nada porque los sobre cumplimientos de los planes están limitados con la asignación de materias primas, canasta básica entre otros.
    • En el sistema de pago de las áreas de regulación y control el comportamiento de los indicadores directivos a cumplir se conoce una vez concluido el balance contable por lo que no es posible efectuar el pago que corresponda por los resultados dentro del periodo evaluado, desfasando este en el mes siguiente, ¿Cómo mido el resultado de los indicadores económicos cuando tengo dentro del mes un salario correspondiente al mes anterior?, de existir un deterioro del gasto de salario por valor agregado bruto planificado ¿Qué salario penalizo?, cuando ya estoy ejecutando salario del mes siguiente.

  • Loreto dijo:

    Realice un comentario en relaacion a los gastos en que incurrimos por la enorme violacion de los mantenimientos en el pais y no se me dio respuesta.
    Hoy sigo preocupado enormemente con los gastos en que se siguen violando los mantenimientos en todas las maquinas, equipos, industrias etc. etc. y dije que los mantenimientos son necesario para todo lo antes expuestos, seres humanos animales y no nos percatamos de eso solo nos dirigimos al estado para la compra de un equipo nuevo, transporte etc. etc. eso al dueño no le ocurre porque instantanemente te separa de su institucion y estas obligado a resarcir lo daños

  • maestro dijo:

    Y soy maestro y peisno desertar del sector para irme al menos a limpiar pisos en algunas de esas empresas.

  • Alejandro dijo:

    En el articulo se expone que : La cuantía a otorgar por trabajador puede ser el equivalente de hasta tres (3) salarios mensuales.
    Esto es representa un tope que se tendra en cuenta o solo supone un ejemplo de lo que se pudiese llegar a percibir.

  • Rodolfo dijo:

    No olvidar que deberes y derechos han de ir juntos, creo que se hace mucho enfasis en las nuevas prerrogativas, pero me resulta dificil entender como, con las que tenian, no pocas empresas son eficientes y eficaces. creo que corremos el riesgo de que la falta de liderazgo y algunas otra chapusas se escondan detras de la falta de autonomia. valoro de muy positiva la iniciativa y creo que se debia hablar de lo que falta y lo que no ha salido como se espeba .Muchas gracias por la oportunidad de permitirme opinar.

  • MPP dijo:

    Yo trabajo en una inversión que pertenece a una que lo único que genera es gasto y hasta tanto no se termine y empiece producir no tiene ganancia. ¿Como me miden a mí para pagarme por resultado. ?

Se han publicado 293 comentarios



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