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Ley Código de Trabajo: expresión de la democracia revolucionaria cubana

DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y JURÍDICOS SOBRE EL PROYECTO DE LEY CÓDIGO DE TRABAJO

José Luis Toledo, jefe de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional, presentó el dictámen de dicha Comisión sobre el Proyecto de Ley del Código de Trabajo. Foto: Ladyrene Pérez/Cubadebate.

José Luis Toledo, jefe de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional, presentó el dictámen de dicha Comisión sobre el Proyecto de Ley del Código de Trabajo. Foto: Ladyrene Pérez/Cubadebate.

El proyecto de Ley Código de Trabajo que se somete a la decisión de los diputados es expresión de la democracia revolucionaria cubana, donde el pueblo, como actor esencial de la misma, participa efectivamente en el ejercicio del poder.

Como se ha expresado, en cumplimiento del acuerdo VII-85 de este cuerpo legislativo, el proyecto fue sometido a un amplio proceso de consulta con todos los trabajadores del país. Se efectuaron sesenta y nueve mil cincuenta y seis asambleas en las que participaron dos millones ochocientos dos mil cuatrocientos cincuenta y nueve trabajadores. Este proceso de consulta comprendió a nuestras sedes diplomáticas y misiones de colaboración en el exterior, desarrollándose en 50 países, donde se realizaron novecientas noventa asambleas con la participación de cuarenta y tres mil trescientos ochenta trabajadores, que efectuaron dieciocho mil ciento veintidós intervenciones al respecto.

Resultado de este proceso, y a partir de los planteamientos realizados en la consulta del proyecto de Ley Código de Trabajo, en fase de anteproyecto, fue sometido a una detallada revisión que generó la modificación de ciento uno de sus artículos, la inclusión de veintiocho nuevas normativas y la total reelaboración del Capítulo II, referente a las Organizaciones Sindicales, el artículo 2 sobre los principios que rigen el derecho de trabajo y la modificación parcial de su Capítulo XV referente a las autoridades de trabajo.

Como parte de nuestra actividad legislativa, en el proceso de consulta y discusión del anteproyecto con los diputados, realizado por todo el territorio de la nación y en el que participaron además especialistas y operadores del derecho laboral, se efectuaron doscientos diez planteamientos encaminados al perfeccionamiento de la norma, los que en sesión de trabajo realizada previamente a esta plenaria se analizaron y explicó su pertinencia a todos ustedes.

Es oportuno significar, que el proyecto de Ley Código de Trabajo que se nos somete a decisión, además de actualizar el vigente Código en esta materia a las relaciones de producción que comienzan a generarse en el país con la implementación de los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, derivados del VI Congreso del PCC y ratificado por esta Asamblea Nacional, tiene como objetivo esencial recuperar la disciplina en el trabajo, fortalecer el papel de la administración en la dirección de las entidades, prever cualquier acto de injusticia que se manifieste en las relaciones empleado-empleador y consolidar el rol de los trabajadores y sus organizaciones sindicales en la eficiencia productiva y de los servicios.

Por su vigencia, parecen ser pronunciadas hoy, las palabras que el Comandante en Jefe Fidel Castro expresara ante esta Asamblea Nacional el 28 de diciembre de 1984, en ocasión de aprobarse entonces el Código de Trabajo, las que nos permitimos citar:

“No pensamos que sea perfecto nuestro Código, …tampoco creemos que nuestras disposiciones legislativas son perfectas, y es posible que cuando profundicemos mucho más en este aspecto, algunos criterios, algunas disposiciones deban ser modificadas, deban ser mejoradas, de modo que la legislación obrera contribuya no solo a la consagración del derecho de los trabajadores, sino también contribuya al desarrollo del país, a la utilización óptima de los recursos humanos, a que seamos un pueblo eficiente, disciplinado, productivo, altamente productivo…”

La Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos en correspondencia con los artículos 69 y 75 del Reglamento de la Asamblea Nacional del Poder Popular, significa a ustedes la concordancia del Proyecto de Ley Código de Trabajo con la Constitución de la República e interesa su aprobación.

La Habana, 20 de diciembre de 2013

“Año 55 de la Revolución”