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Cuba seguirá apostando por una emigración legal, ordenada y segura.

En este artículo: Cuba, Ley Migratoria, Migración
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Cuba pasaporte

  • Anuncian nuevas medidas migratorias adicionales a las ya informadas la pasada semana, que benefician las relaciones de la Nación con sus emigrados.

  • Los pasos adoptados no responden a presiones ni a imposiciones de nadie. Responden a las genuinas aspiraciones y sentimientos profundos de la nación cubana, incluidos aquellos cubanos que por una causa u otra residen en el exterior, y se adoptan a pesar de que Estados Unidos mantiene su obcecado afán de destruir a la Revolución Cubana.


Un programa especial transmitido por la Televisión Cubana la noche de este miércoles permitió profundizar en numerosos detalles de la actualización de la política migratoria del país y conocer nuevas medidas adoptadas en este campo, adicionales a las ya informadas la pasada semana. Participaron en el mismo el Secretario del Consejo de Estado de la República de Cuba, Homero Acosta, la Ministra de Justicia, María Esther Reus, el Segundo Jefe de la Dirección de Inmigración y Extranjería del MININT, Coronel Lamberto Fraga, y la Subdirectora de Estados Unidos del MINREX, Johana Tablada.

Una decisión acorde al presente y al futuro previsible

Al analizar las causas que llevaron a la adopción de importantes decisiones en el ámbito migratorio, el compañero Homero Acosta señaló que el trabajo que se ha llevado a cabo surgió a partir de la indicación del Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros, el General de Ejército Raúl Castro Ruz, de estudiar integralmente la política migratoria vigente en el país, sus implicaciones en el orden interno y externo, ajustándolas a las condiciones en que se desarrolla el país actualmente y en el futuro previsible, a tono con las transformaciones económicas que tienen lugar y de algún modo contribuir al fortalecimiento de la institucionalidad.

Un objetivo esencial en este estudio sería favorecer las relaciones con la emigración cubana, que con el decursar del tiempo ha cambiado sustancialmente de una eminentemente política en los años iniciales del proceso revolucionario a otra motivada por razones económicas, que en su gran mayoría mantiene una relación favorable con la Revolución y es contraria a la política de Estados Unidos contra Cuba.

Precisó que este estudio se realizó inicialmente un levantamiento de todas las normas vigentes, desde la Ley de Migración de 1976, su reglamento, hasta el resto de las resoluciones y disposiciones de carácter administrativo, algunas de las cuales respondían a otro momento histórico.

Para esta labor, y atendiendo a la complejidad y las implicaciones que tenía para diversos organismos y en la sociedad en su conjunto, fue creada una comisión presidida por el vicepresidente del Consejo de Estado y Ministro del Interior, General de Cuerpo de Ejército Abelardo Colomé Ibarra.

Recordó que el compañero Raúl en las tres últimas sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular abordó el tema.En agosto de 2011 hizo referencia al trabajo que en este sentido se llevaba a cabo como parte de las medidas valoradas para reducir prohibiciones y regulaciones emitidas en legítima defensa ante las agresiones de los últimos 50 años.

En esa ocasión, en su intervención, subrayó —y cito— que “la flexibilización de la política migratoria tendrá en cuenta el derecho del Estado revolucionario de defenderse de los planes injerencistas y subversivos del gobierno norteamericano y sus aliados, y, al propio tiempo, se incluirán contramedidas razonables para preservar el capital humano creado por la Revolución frente al robo de talentos que aplican los poderosos”
—fin de la cita.

En diciembre de ese propio año 2011, el General de Ejército, ante el Parlamento, expresó —y vuelvo a citar— que se avanzaba en la reformulación y elaboración de normativas reguladoras en correspondencia con las condiciones del presente y el futuro previsible, y sostuvo la invariable voluntad de introducir paulatinamente los cambios requeridos en esta compleja temática, sin dejar de valorar en toda su integralidad los efectos favorables y desfavorables de cada paso que demos.

En julio de 2012 ratificó —y cito— “la voluntad de la dirección del Partido y el Estado de acometer la reformulación de las normativas vigentes en esta esfera y proceder a su paulatina aplicación.

Homero Acosta precisó que las medidas aprobadas se han adoptado por decisión soberana del Estado cubano, no responden a presiones ni a imposiciones de nadie. Cuba no busca con ellas un certificado de buena conducta, responden, eso sí, a las genuinas aspiraciones y sentimientos profundos de la nación cubana, incluidos aquellos cubanos que por una causa u otra residen en el exterior, y se adoptan a pesar de que Estados Unidos mantiene su obcecado afán de destruir a la Revolución Cubana.

No podemos sustraernos en el análisis de este tema de esta realidad, que condiciona en parte nuestra posición.

Estados Unidos mantiene vigente la Ley de Ajuste Cubano de 1966, que facilita de manera expedita la residencia de los cubanos que lleguen por cualquier vía a suelo norteamericano, y aplica, a su vez, la política de pies secos, pies mojados, con lo cual alienta una emigración ilegal e insegura y ha provocado numerosas pérdidas de vidas humanas.

El gobierno de Estados Unidos mantiene un programa para sustraer nuestros médicos, en particular aquellos que colaboran de un modo noble en otros países.

Normas similares a las de otros Estados, con nuestras particularidades

En su intervención inicial, Homero Acosta destacó también que las normas aprobadas son similares a las que establecen diferentes Estados en el mundo, como la limitación para quienes están sujetos a procesos penales, los que están pendientes o en cumplimiento de una sanción penal, o quienes son poseedores de secretos del Estado, o derivan del cumplimiento de las obligaciones del servicio militar; pero también hay otras muy propias de la singularidad de Cuba, que responden a la legítima defensa del Estado revolucionario frente al accionar subversivo de Estados Unidos.

A pesar de esa obstinada política norteamericana, Cuba ratifica su voluntad de continuar paulatinamente favoreciendo sus relaciones con la emigración y garantizando que los movimientos migratorios continúen realizándose de forma legal, segura y ordenada.

Cuba no es un gulag tropical

Al analizar la repercusión de las medidas tomadas, el Secretario del Consejo de Estado declaró haber visto los reportes periodísticos de la prensa extranjera sobre el tema, y hay que decir que la mayor parte de los reportes publicados reflejan de manera objetiva las medidas aprobadas. Sin embargo, quiero significar un aspecto en particular, en relación con un enfoque que ha quedado como una matriz de opinión durante muchos años y al que de algún modo hoy se hace alusión, que es el tema que parece, de acuerdo a algunos medios y voceros internacionales de otros países, que Cuba por primera vez abre las puertas a la salida temporal de sus ciudadanos, poniendo a nuestro país como si fuera una gran prisión o un gran gulag tropical.

Algunos datos que de manera elocuente desmienten estas afirmaciones:

Desde el año 2000 hasta el 31 de agosto del 2012 del total de cubanos que solicitaron el permiso de salida temporal o definitiva, recibieron este permiso el 99,4%, apenas al 0,6%, y por razones fundadas no se le autorizó este permiso.

Un segundo dato: desde el año 2000 hasta el 31 de agosto de 2012 viajaron al exterior por asuntos particulares 941 953 cubanos, una cifra cercana al millón. De estos no regresó al país, no retornó apenas el 12,8%, un total de 120 705 personas.

Un tercer dato, sobre el cual se ha hablado también mucho, el tema de los universitarios. En este período, de esa cifra cercana al millón del total de viajeros, 156 068 eran graduados universitarios. Los que no regresaron: 17 153, el 10,9% del total de los universitarios.

Son datos que ilustran cómo a pesar de los mecanismos que hoy eliminamos, el permiso de salida y la Carta de Invitación, cifras importantes de cubanos, incluidos graduados universitarios han viajado al exterior y en su inmensa mayoría regresan al país.

Principales modificaciones y los beneficios

Al detallar los nuevos pasos dados en materia migratoria y refrendados en varios documentos, la Ministra de Justicia María Esther Reus apuntó que las principales modificaciones se concentran fundamentalmente en la eliminación del permiso de salida y la carta de invitación; por tanto, se expedirá pasaporte corriente a todos los ciudadanos que deseen viajar al exterior por asuntos particulares, los autorizados a residir en el exterior y los emigrados.

Igualmente, todos los ciudadanos cubanos mayores de 18 años podrán obtener el pasaporte y los padres o representantes de los menores que también pueden, en este caso, viajar.

Se introduce una flexibilidad, y es que las personas que hayan obtenido su pasaporte antes de la entrada en vigor de esta norma pueden actualizarlo en correspondencia con las nuevas disposiciones.

Extender hasta 24 meses la permanencia de las personas en el exterior por asuntos particulares y, también, cuando existan causas justificadas que imposibiliten el regreso de esa persona en ese término se podrá autorizar extenderlo por más tiempo.

Los residentes en el exterior podrán obtener esta categoría por una unión matrimonial ya no solo formalizada, sino también no formalizada, y se incorporan otras causales como son situaciones familiares, humanitas excepcionales; se incorpora además a los padres y los hijos menores de edad de las personas que tengan esas categorías.

El compañero Homero Acosta enfatizó en los beneficos de la nueva política migratoria al precisar que:

• El hecho de suprimir el permiso de salida y la Carta de Invitación ya de por sí, es el primer trámite beneficioso, más expedito, menos gastos que tiene que hacer la ciudadanía.
• El hecho de que los menores puedan viajar de manera temporal con sus padres también es una medida muy positiva.
• La ampliación de las causales para la repatriación de los cubanos que residen en el exterior y puedan volver a su tierra, también es muy positivo.
• El tiempo que pueden estar los cubanos sin considerarse emigrado estando en el exterior, que se extiende desde los 11 meses que hoy están establecidos, hasta los 24, también es muy positivo, es un mayor tiempo que las personas pueden estar en el exterior, trabajando, visitando a su familia y retornar, sin convertirse en emigrados.

Sobre el tratamiento a los profesionales

Sobre las comentadas decisiones adoptadas en el empeño por proteger el capital intelectual y enfrentar el robo de cerebros se recordó que el gobierno de Estados Unidos mantiene un programa para sustraer nuestros médicos, en particular aquellos que colaboran de un modo noble en otros países.

Estados Unidos manipula constantemente el tema migratorio como parte del cerco mediático que tiene contra Cuba, creando matrices de opinión tergiversadas y negativas contra nuestro país.

Esta política de Estados Unidos obliga a establecer determinadas regulaciones que limiten las consecuencias negativas que tiene dicha política para el país, en particular las que contribuyen a la salvaguarda de nuestro capital humano formado como resultado de la obra revolucionaria.

Se precisó que hoy todos los profesionales que van a salir al exterior por asuntos particulares tienen que hacer, además, de la Carta de Invitación, el permiso de salida, tienen que solicitar autorización de los jefes de organismos a los cuales pertenecen, y con la nueva regulación no son todos los profesionales, sino un universo de profesionales muy restringidos, que están vinculados a los llamados programas priorizados de la ciencia del país, del desarrollo económico y social, que cada uno de los organismos precisarán, por tanto, no son todos los profesionales y que, además, no es que no tengan la posibilidad de viajar al exterior, sino que tienen un mecanismo diferente para hacerlo. O sea, recibir la autorización de un jefe en particular. De todas maneras amplía la posibilidad del viaje de los profesionales.

El Decreto 306, que regula el tratamiento de los cuadros, dispone cuáles son los sujetos que están comprendidos y, se explica que son los cuadros categorizados en los diferentes niveles de dirección, de los órganos, organismos, entidades nacionales, los Consejos de la Administración y otras entidades nacionales; directivos y ejecutivos que desempeñan actividades vitales.

Están también los graduados de Educación Superior, técnicos de nivel medio que realizan actividades vitales y en esos casos se permite, o sea, pueden ser autorizados a viajar por asuntos personales, y solo cuando deciden emigrar, salir definitivamente del país es que se le impone un límite a los graduados universitarios de cinco años, y a los técnicos de tres años; pero los viajes temporales, la visita al exterior durante los 24 meses o el término que se les autorice, está contemplado en el tratamiento hacia estos profesionales que, como bien se explicaba, solo deben cumplir un procedimiento diferente al resto de los ciudadanos cubanos.

En estos casos son los jefes de las entidades los encargados de definir estas categorías y, además, autorizar las salidas de estas personas al exterior.
Se está estableciendo para ello un mecanismo, un sistema informatizado que será responsabilidad del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, donde se mantendrá actualizado y se tributará toda la información que se requiera para que se conozca no solo por los jefes y entidades, sino los propios sujetos de estas regulaciones van a conocer cuáles son sus derechos y sus deberes respecto a estas nuevas medidas adoptadas.

En este sentido también, en relación con estas salidas, se han establecido otras disposiciones que facilitan el término de estancia de las personas en el exterior. Por ejemplo, pueden usar sus vacaciones anuales pagadas para disfrutar de esa permanencia en el exterior. Pueden, además, recibir autorización de días de licencias no retribuidas siempre y cuando no sea más de dos meses, durante un año natural, y así se irán estableciendo mecanismos en que las personas podrán decidir en qué forma desean viajar al exterior por asuntos personales.

Precisiones importantes de los procedimientos

El Coronel Lamberto Fraga precisó durante el programa algunos elementos útiles sobre los procedimientos migratorios, entre ellos:

Sobre trámites de obtención de pasaporte

El requisito a presentar para la solicitud de pasaporte es solo el carné de identidad. Todos los mayores de 18 años concurrirán solo con su carné de identidad, no se exigirán formularios, no hay planillas, no hay que llevar fotografías, y a partir de su carné comenzará el proceso de otorgamiento del pasaporte. En los casos de menores, por supuesto, requieren una aprobación de su viaje, por parte de sus padres, llevarán, además de su Tarjeta del Menor, llevarán también el acta de consentimiento del padre, donde se exprese la voluntad del papá o de la mamá de que este niño pueda obtener su pasaporte.

Si está 24 meses, regresa y quiere volver a viajar…
El período de 24 meses será suficiente para que algunas personas regresen al país y una vez que regresen al país, si desean volver a viajar, simplemente tienen que ir directamente a la frontera, no requiere volver a realizar ningún trámite en las oficinas del Ministerio del Interior que están habilitadas, como ya les explicaba, de modo que la persona puede viajar, si está tres, cuatro meses, no llega a los 24 meses, regresa al país. Si tiene necesidad de volver a viajar, cuando lo desee, no importa qué tiempo necesite, le interese volver a viajar, y siempre que cumpla, por supuesto, los demás requisitos, para la aceptación de esa persona en el exterior, al país que se dirige, podrá hacerlo sin ningún tipo de trámite.

Los que necesitan un período superior a los 24 meses o residir en el exterior…

Hay personas que pueden necesitar un período superior, estas personas que requieran extender su permanencia en el exterior, podrán solicitarlo en las oficinas consulares cubanas,

algunos podrán solicitar residir en el exterior, en este caso, con el mismo procedimiento, en las oficinas consulares cubanas podrán hacer la solicitud y podrán obtener un período superior de estancia.

Sobre las prórrogas…
Es bueno significar que durante estos 24 meses no existe la prórroga de estancia, la prórroga era la prórroga de los permisos, una vez que se eliminan los permisos, por supuesto, se elimina la estancia. O sea que en estos 24 meses que las personas puedan estar en el exterior, no requieren solicitar prórroga de estancia ni, por supuesto, pagarla tampoco, si no la está pidiendo, mucho menos la tiene que pagar, es después de 24 meses que aquellas personas que les interese extender su permanencia deben hacer la solicitud de prórroga o solicitar la residencia en el exterior.

Sobre el pasaporte…

No es un requisito viajar, para tener un pasaporte, pero sí se necesita el pasaporte para viajar.

Es bueno saber que el pasaporte, por sí mismo, no le da la posibilidad a la persona de viajar; sino, además del pasaporte, la persona necesita la visa del país que lo va a aceptar.

Se puede actualizar en el país o en el exterior, depende de donde esté la persona.

Incluso la solicitud del pasaporte en Cuba se podrá hacer en cualquier oficina que la persona desee; no hay una oficina determinada, no está sujeto a donde él viva, sino es donde él quiera, donde más fácil le sea, donde mejor le resulte ahí podrá solicitar su pasaporte, incluso pedir que se le envíe a la que también él desee como una facilidad también.

Importantes medidas anunciadas

El programa de este miércoles sirvió también para anunciar nuevas y significativas medidas adoptadas por el Gobierno cubano para favorecer el intercambio entre la Nación y la emigración y que son de interés también para nuestro pueblo.

La primera medida anunciada es que se normaliza la entrada temporal al país de quienes emigraron ilegalmente después de los Acuerdos Migratorios de 1994. Los que salieron de una manera irregular con posterioridad a los Acuerdos Migratorios de ese año 1994, hoy están imposibilitados indefinidamente de volver al territorio nacional, y mediante esta medida podrán volver siempre que hayan transcurrido más de ocho años desde que ocurrió el hecho que dio origen a la prohibición.

En igual situación estarán los profesionales de la salud y deportistas de alto rendimiento que abandonaron la misión en el exterior e hicieron negativa de regreso o salieron ilegalmente del país posterior a 1990, e igualmente si han transcurrido más de ocho años de este hecho podrán regresar temporalmente al país.

¿Quiénes están exceptuados de este tratamiento?, quienes salieron a través de la ilegal Base Naval de Guantánamo, en este caso por razones de defensa y seguridad nacional.

Otra medida sería ampliar las causales de repatriación,de las personas que residen como emigrados en el exterior, como por ejemplo a quienes salieron del país con menos de 16 años de edad y a otras personas por razones humanitarias, entre ellas quienes requieran regresar para hacerse cargo de familiares desvalidos en Cuba o existan otras razones fundadas.

El proceso de repatriación ha ido incrementándose en los últimos tiempos, y muchas personas que hoy tienen la condición de emigrados por distintas razones han estado regresando al país y han sido acogidos. En la Resolución del Ministro del Interior se fijan los términos y los trámites que han de seguirse para este tema.

Y, por último, también regularizar las visitas al país de los ciudadanos cubanos que emigraron de manera ilegal cuando eran menores de 16 años. Aquí no se exige el término de los ocho años, se trata de personas que no tenían la voluntad, eran menores de edad y fueron arrastrados a esta aventura ilegal por mayores o se confabularon también con otras personas que los llevaron a esa aventura y se considera que no tenían la voluntad, la posibilidad de decidir en ese momento y, por tanto, pueden retornar al país aun cuando hayan salido de manera ilegal.

Estas serían las nuevas medidas que anuncia el Gobierno Revolucionario para seguir intensificando y profundizando la relación con la emigración cubana, hacerlo y ratificar el principio de que Cuba seguirá apostando por una emigración legal, ordenada y segura.

Un mayor acercamiento a la emigración

En el programa especial se puntualizó que las medidas adoptadas benefician el intercambio creciente con los mayoritarios sectores de la población que favorecen los vínculos familiares y respetan a su Patria y su pueblo.

Johanna Tablada (MINREX)informó que en estos momentos, Cuba tiene 136 oficinas consulares en el mundo, prácticamente cubren los principales asentamientos de cubanos en todo el planeta, y entre sus misiones principales, entre sus objetivos principales está precisamente prestar atención, atender, prestar un servicio de excelencia, cada vez más eficiente, a los emigrados cubanos. En este caso también esa emigración cubana está reunida, de alguna manera, en 133 asociaciones de emigrantes en 72 países, existen en este momento.

Homero Acosta, por su parte, resaltó que en el año 2011 viajaron a nuestro país alrededor de 400 000 cubanos que residen en el exterior; de ellos, casi 300 000 procedentes de Estados Unidos, esos que en Estados Unidos llaman refugiados y que son simplemente ciudadanos cubanos que residen, por una razón u otra, en ese territorio y que mantienen una posición, como explicamos al inicio, favorable, en sentido general, con su nación, con su país, con la Revolución y se oponen de manera mayoritaria a las medidas de hostilidad que mantiene Estados Unidos.

Reacciones en el imperio

Al valorar la reacción en Estados Unidos ante las medidas adoptadas por nuestro país, Johana Tablada informó que el gobierno norteamericano reaccionó en pocas horas al anuncio del Decreto 302, y la reacción, de alguna manera, es coherente con la manipulación que históricamente Estados Unidos ha realizado de todos los temas migratorios, del movimiento migratorio entre Cuba y Estados Unidos con fines políticos.
Reaccionaron dos voceros: el vocero para el Hemisferio Occidental, William Ostick, y también hubo declaraciones el mismo día de la vocera principal del Departamento de Estado, Victoria Nuland, ambos con una respuesta muy fría.

Estados Unidos lleva tantos años criticando, entre otros temas, el permiso de salida, que de alguna manera muy tímidamente dieron la bienvenida, para rápidamente proceder a cuestionar, a tergiversar su alcance y aclarar que no tenían mucha más información para evitar reconocer el significado de la medida y, sobre todo, como decías tú misma, no reconocer que el movimiento migratorio de los cubanos hacia el exterior era incluso antes de la eliminación del permiso de salida, mucho más normal que el que a ellos les gustaría admitir.

El señor Ostick, dijo que temían un incremento en el flujo migratorio y, además, se apresuró a aclarar que para ir a Estados Unidos los cubanos seguirán necesitando visas. Una cosa que resulta asombrosa e interesante es que aclaró que esperaban que los demás países de la región, terceros países a los que pudieran viajar los cubanos, además de Estados Unidos, también siguieran estableciendo los mecanismos de visado para los cubanos, en los que para algunos constituye un mensaje ya de enseñar los dientes de que van a estar prestando atención a cuán amplio o riguroso se aplicarán por otros países, no solamente por Estados Unidos.

Lo interesante aquí, señaló la funcionaria del MINREX, es que este señor no se refiere a que, precisamente, el Decreto Ley que acaba de aprobar Cuba es un decreto que favorece la emigración legal y en general el movimiento legal y normal de los cubanos, abarata los costos de estas operaciones, y de alguna manera fortalece la opción del movimiento legal de los cubanos, y por nada del mundo, como establece el Decreto en su primer Por Cuanto, pone en duda el compromiso de Cuba con la migración ordenada, segura y legal.

Cuando se le pregunta a la otra vocera, Victoria Nuland,sobre qué va a hacer Estados Unidos con aquellas medidas que tiene y que de alguna manera otorgan admisión automática a Estados Unidos a los cubanos que llegan por vías irregulares o no legales, ella dice —lo voy a citar textualmente—: “Yo no creo que vaya a haber ningún cambio en la letra de las leyes norteamericanas”. Pero después dice: “les pedimos y urgimos a las familias cubanas que utilicen las vías legales para la reunificación y otros mecanismos de migración que están en vigor”. Y también les manda el mensaje a terceros países, diciéndoles que esperan que los países sigan siendo firmes.

Esto es muy simpático-afrimó Johana; es decir, Estados Unidos les está pidiendo a otros que hagan su trabajo: Yo establezco una política diferenciada de estímulo a la migración ilegal de Cuba, pero me pongo brava si otros países les otorgan visas legales a los cubanos, si eso significa que pudieran hacerles más fácil el camino para llegar ilegalmente o presentarse en frontera en Estados Unidos.

Así que, realmente, de alguna manera habría que decir que la respuesta de Estados Unidos es coherente con toda la manipulación que, en general, desde el 1ro de Enero de 1959 ha mantenido en el tema migratorio.

Versión de DVM y RA

Se han publicado 103 comentarios



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  • juan16 dijo:

    Felicitaciones ante todo para Osmany79, ningún comentario con la claridad y valentía con que expone su criterio. Desearía me aclararan algunas dudas que quedan en el aire
    Por favor estás son mis preguntas:
    Si soy médico y no deseo abandonar definitivamente el país, según la ley no tengo que esperar el tiempo previsto de hasta 5 años pues esto es solo para los que quieran salir definitivamente , si me guio por la ley solo pido permiso por un mes de vacaciones que debo tener acumuladas y tengo el derecho a disfrutar dos meses de licencia sin sueldo y de no incorporarme perdería mi trabajo, pero podría estar dos años fuera del país y regresar, existe alguna condición particular para los trabajadores de la salud que no se haya dispuesto en la ley.
    Otra duda que también me surge y es que la ley plantea que durante el tiempo previsto de liberación (5 años para profesionales universitarios y 3 para técnicos), el desvincularte de la actividad laboral no exonera de esperar el período previsto, pero no dice que hay que estar vinculado obligatoriamente, es realmente así o seguirá siendo como hasta el momento que el que se desvincula del puesto de trabajo no se le otorga la liberación y por tanto el permiso para viajar.

  • J. González dijo:

    Amigos lectores:
    Escribo la presente con el objetivo de transmitir criterios, dudas e inquietudes personales sobre lo expresado en la Mesa Informativa y sobre el escrito publicado al efecto en la página 3 del periódico Granma del jueves 25 de octubre; referente a las nuevas modificaciones realizadas a la ley migratoria de nuestro país.
    Primeramente quisiera referirme a las afirmaciones de nuestra Ministra de Justicia, realizadas en dicha Mesa Informativa y publicadas en el mencionado escrito del periódico Granma, cuando refiere “… sobre las regulaciones para los viajes de los profesionales, …, que esos mecanismos solo aplicarán para aquellas personas que realizan actividades vitales, …”; así como las declaraciones del Secretario del Consejo de Estado, quién “… aclaró que con la normativa vigente, …, todos los profesionales tenían que pedir permiso en sus centro de trabajo. A partir del 14 de enero, solo un universo limitado de personas tendrán que solicitar la autorización.”
    Me parecen contradictorias estas afirmaciones si tenemos en cuenta lo establecido por la Resolución No. 43/2012 del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social (MTSS), publicada en la Gaceta Oficial No. 44, Edición Ordinaria, junto a los Decretos 302 y 306, modificativos de la Ley de Migración, y otras normas complementarias.
    La mencionada Resolución establece en sus Resuelvo PRIMERO y SEGUNDO la aplicación de la misma a los trabajadores (de forma general) y a la necesidad de que éstos soliciten al jefe de su entidad autorización cuando pretendan viajar al exterior por motivos particulares.
    En su Resuelvo TERCERO es que hace distinción, estableciendo que para el caso de los trabajadores comprendidos en el Decreto 306, que incluye los profesionales que trabajan en “actividades vitales”, su jefe de entidad deberá, además, tramitar esa solicitud ante el jefe facultado, generalmente perteneciente al organismo superior de esa entidad, y de acuerdo a un procedimiento del MTSS aun desconocido.
    Finalmente, en el Resuelvo CUARTO, establece que con posterioridad a la obtención de dicha autorización, del jefe facultado para los trabajadores comprendidos en el Decreto 306 y del jefe de la entidad para los restantes trabajadores, es que se procederá a definir el periodo de tiempo y el tratamiento laboral a seguir en cada caso.

    Por lo antes expuesto considero que se prevé mantener la imperatividad de que TODOS los trabajadores, profesionales o no, deban solicitar autorización, como mínimo, al jefe de la entidad para poder viajar al exterior por motivos particulares. Pudiendo dicho jefe de entidad negar o autorizar dicha solicitud, sin que en estos momentos exista definición legal de los aspectos a tener en cuenta para hacerlo.

    Además, NO podrán los trabajadores hacerse un pasaporte sin manifestar su intención de viajar, teniendo en cuenta que el inciso f) del artículo 23 de la Ley de Migración, posterior a su modificación, establece la prohibición de realizar pasaporte a quienes carezcan “… de la autorización establecida, en virtud de las normas dirigidas a preservar la fuerza de trabajo calificada…”
    ¿Y acaso no clasifica la Resolución No. 43/2012 del MTSS como una norma destinada “a preservar la fuerza de trabajo calificada”? Si fuera así entonces la autorización otorgada por los jefes de entidad y los jefes facultados a los trabajadores que pretendan viajar al exterior en una fecha definida sería un requisito previo para la realización de un pasaporte.

    Soy de la opinión que aunque con las nuevas modificaciones se flexibilizan mucho los trámites para viajar al exterior, los trabajadores, asumo que del sector estatal a pesar de no definirse en la Resolución No. 43, continúan siendo perjudicados por depender de una serie de autorizaciones que no necesitan los restantes ciudadanos cubanos; lo cual considero que atenta contra la correcta aplicación del artículo 41 de la Constitución de la República, que propugna que “…todos los ciudadanos gozan de iguales derechos y están sujetos a iguales deberes.”

    Nota: Relacionado con esto, da que pensar la adquisición por muchos ciudadanos cubanos de otras ciudadanías, aun cuando el segundo párrafo, articulo 32, de la Constitución de la República, establece que: “No se admitirá la doble ciudadanía. En consecuencia, cuando se adquiera una ciudadanía extranjera, se perderá la cubana.”

  • J. González dijo:

    Amigos lectores:
    Es primera ves que escribo, y lo hago con el objetivo de transmitir criterios, dudas e inquietudes personales sobre lo expresado en la Mesa Informativa televisada; y sobre el escrito publicado al efecto en la página 3 del periódico Granma del jueves 25 de octubre; referentes a las nuevas modificaciones realizadas a la ley migratoria de nuestro país.
    Primeramente quisiera referirme a las afirmaciones de nuestra Ministra de Justicia, realizadas en dicha Mesa Informativa y publicadas en el mencionado escrito del periódico Granma, cuando refiere “… sobre las regulaciones para los viajes de los profesionales, …, que esos mecanismos solo aplicarán para aquellas personas que realizan actividades vitales, …”; así como las declaraciones del Secretario del Consejo de Estado, quién “… aclaró que con la normativa vigente, …, todos los profesionales tenían que pedir permiso en sus centro de trabajo. A partir del 14 de enero, solo un universo limitado de personas tendrán que solicitar la autorización.”
    Me parecen contradictorias estas afirmaciones si tenemos en cuenta lo establecido por la Resolución No. 43/2012 del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social (MTSS), publicada en la Gaceta Oficial No. 44, Edición Ordinaria,junto a los Decretos 302 y 306, modificativos de la Ley de Migración, y otras normas complementarias.
    La mencionada Resolución establece en sus Resuelvo PRIMERO y SEGUNDO la aplicación de la misma a los trabajadores (de forma general) y a la necesidad de que éstos soliciten al jefe de su entidad autorización cuando pretendan viajar al exterior por motivos particulares.
    En su Resuelvo TERCERO es que hace distinción, estableciendo que para el caso de los trabajadores comprendidos en el Decreto 306, que incluye los profesionales que trabajan en “actividades vitales”, su jefe de entidad deberá, además, tramitar esa solicitud ante el jefe facultado, generalmente perteneciente al organismo superior de esa entidad, y de acuerdo a un procedimiento del MTSS aun desconocido.
    Finalmente, en el Resuelvo CUARTO, establece que con posterioridad a la obtención de dicha autorización, del jefe facultado para los trabajadores comprendidos en el Decreto 306 y del jefe de la entidad para los restantes trabajadores, se procederá a definir el periodo de tiempo y el tratamiento laboral a seguir en cada caso.

    Por lo antes expuesto considero que se prevé mantener la imperatividad de que TODOS los trabajadores, profesionales o no, deban solicitar autorización, como mínimo al jefe de la entidad, para poder viajar al exterior por motivos particulares. Pudiendo ese jefe de entidad negar o autorizar dicha solicitud, sin que en estos momentos exista definición legal de los aspectos a tener en cuenta para hacerlo.

    Además, NO podrán los trabajadores hacerse un pasaporte sin manifestar su intención de viajar, teniendo en cuenta que el inciso f) del artículo 23 de la Ley de Migración, posterior a su modificación, establece la prohibición de realizar pasaporte a quienes carezcan “… de la autorización establecida, en virtud de las normas dirigidas a preservar la fuerza de trabajo calificada…”
    ¿Y acaso no clasifica la Resolución No. 43/2012 del MTSS como una norma destinada “a preservar la fuerza de trabajo calificada”? Si fuera así entonces la autorización otorgada por los jefes de entidad y los jefes facultados a los trabajadores que pretendan viajar al exterior en una fecha definida sería un requisito previo para la realización de un pasaporte.

    Soy de la opinión que aunque con las nuevas modificaciones se flexibilizan mucho los trámites para viajar al exterior, los trabajadores, asumo que del sector estatal a pesar de no definirse en la Resolución No. 43, continúan siendo perjudicados por depender de una serie de autorizaciones que no necesitan los restantes ciudadanos cubanos; lo cual considero que atenta contra la correcta aplicación del artículo 41 de la Constitución de la República, que propugna que “…todos los ciudadanos gozan de iguales derechos y están sujetos a iguales deberes.”

    Nota: Relacionado con esto, da que pensar la adquisición por muchos ciudadanos cubanos de otras ciudadanías, aun cuando el segundo párrafo, articulo 32, de la Constitución de la República, establece que: “No se admitirá la doble ciudadanía. En consecuencia, cuando se adquiera una ciudadanía extranjera, se perderá la cubana.”

  • Zareo dijo:

    J. Gonzalez, muy bueno y profesional tu comentario, hay cientos de dudas e interrogantes todavía por ejemplo lo que plantea LOME& sobre la TED (tarjeta de embarque y desembarque)esa duda es generalizada y nadie la aclara...
    Pero me llamó la atención tu último comentario y cito:

    "Relacionado con esto, da que pensar la adquisición por muchos ciudadanos cubanos de otras ciudadanías, aun cuando el segundo párrafo, articulo 32, de la Constitución de la República, establece que: “No se admitirá la doble ciudadanía. En consecuencia, cuando se adquiera una ciudadanía extranjera, se perderá la cubana.”

    Eso es cierto, no se sabe si el gobierno de Cuba tiene algún convenio con esos países, yo por ejemplo tengo ciudadania española y pasaparte de ese pais, y soy tan cubanito como el que más, con todos mis derechos y deberes. O sea que yo tengo doble ciudadania, con ese pasaporte (español) puedo viajar a cualquier pais de la Comunidad Europea, Norte-america y otros que los españoles no necesita visado, me entiendes!...siempre acompañado por supuesto de mi pasaporte Cubanito.

    Así que es posible que se modifique en un futuro no lejano el articulo 32 de la Constitución de la República de Cuba, y esto lo digo con todo respeto, porque en ese caso no son 2 ó 3 personas, son decenas de miles de cubanos, que tienen doble nacionalidad, y esto lo saben las autoridades competentes de este país.

  • Samuel dijo:

    Es necesario definir cuales son las actividades vitales para la economía del país, pues dejado de esta forma cada jefe puede interpretar el decreto a su criterio y por necesidad de personal en una plaza determinada pudiera decir que este profecional es vital para la economía.
    Sería muy oportuno que cada organismo liste las actividades vitales o los nombres de los profesionales que ocupan esta plazas.

  • Emilia dijo:

    Quiero comentar en las dudas que tiene mucha gente sobre la nueva regulación. Mucha gente tiene inquietudes y duda los intensions del gobierno cubano. Ellos creen que la nueva regulación solo es una demostración pública del poder del gobierno. Admito que sí, el gobierno permitirá que salgan personas, pero no todos. Es esto la libertad? Se dice: "Los pasos adoptados no responden a presiones ni a imposiciones de nadie." Y quizá el gobierno realmente quiere reconstruir sus relaciones con otros países y mejorar los condiciones en que viven la gente cubana. Sin embargo, tenemos que preguntarnos: porque cambia ahora?

  • Rosalinda dijo:

    hola me alegro que estemos avanzando tanto, eso es una forma de demostrar que los cubanos como siempre seguimos adelante y nuestra fortaleza ante cualquier situación, me imagino como debe estar el imperialismo.

  • marlie polanco dijo:

    Hola soy cubana y escribo aca porque tengo una duda que no se donde sacar informacion y espero por aqui sea posible que alguien de competencia me responda , resido en italia de 13 años con PRE y estoy en estos momentos esperando la ciudadania italiana , pero en estos momentos quisiera irme a vivir otra vez a mi adorado pais pero mi pregunta es que documentacion necesito para llevar a mi hijo conmigo el padre esta de acuerdo eso es claro y ademas mi hijo es italiano con una trascripcion de su nacimiento en la embajada cubana o sea tiene certificado de nacimiento sacado en cuba , en espera que alguien me ayude con esta informacion , gracias . Marlie

  • janises dijo:

    GRACIAS A TODOS LOS QUE HAN ECHO LOS SUENOS DE MUCHOS REALIDAD ; DE PODER VER NUESTROS FAMILIARES Y DEMAS........EN VERDAD MUCHASSSSSSSSSSSSS GRACIAS CUBA DE CORAZON SALUDOS DESDE ALEMANIA .SALUD Y SUERTE PARA TODOS DIOS LOS VENDIGA .

  • Emanuel P. C. dijo:

    Sali de Cuba legal como turista a Ecuador en el 2010,mis 90 dìas vencia en noviembre de 2010,por problemas en Ecuador, sali legalment de Ecuador, antes de vencer Visa, ingreso a Peru por la frontera, pero migraciones no me dio la Tarjeta Andina,llego a Lima solicito a la ACNUR refugio, a la fecha ostento el status de aspirante a refugiado, convivo con peruana aprox. 03 años, producto de ello tengo dos niños. Recientemente con mi pasaporte vigente he contraido matrimonio. Pero necesito urgente mi carnet de extranjeria. Que puedo hacer para regularizar mi situacion necesito trabajar legalemnte para mantener a mi familia, Quien me puede ayudar a solucionar mi problema y que tramite debo seguir y asimismo, deseo viajar a Cuba para ver a mi anciana madre. Me favorece la nueva Ley... o me perjudica..
    Gracias CUBADEBATE por tu respuesta. Dios Bueno los bendiga.......

  • Leonardo García Pérez dijo:

    Teniendo en cuenta la especial y fraternal relacion entre las dos naciones de Cuba y Venezuela, su integración al ALBA, y a la CELAC
    Teniendo en cuenta que los Gobiernos Europeos a pesar de tener grandes discrepancias y diferencias son uno solo en cuanto a sus políticas interfrontreras se refiere
    Y a diferencia de estos , nuestros gobiernos y pueblos de la CELAC cada vez tenemos más en común y nos unen lazos más fuertes por la similitud de nuestras culturas y nuestras luchas contra el mismo enemigo
    ¿POR qué son los cubanos los únicos seres humanos (**ningún ser humano es ilegal**) en la región o en el mundo que por emigrar de manera irregular se les mal llama desertores?
    Es cierto que no se aspira ni se educan a los medicos u otros colaboradores para que luego de sus misiones se queden
    Eso no debe suceder y no es lo que nuestro idealismo revoluciónario concibe, pero resulta que desafortunadamente sucede.
    Como mismo reitera osmany79 la mayoria aabrumadora de los cubanos emigra por mejorar económicamente y no por política. Es mentira que sean desertores.
    El mundo está lleno de emigrantes irregulares pero ningún gobierno del q sean ciudadanos los rechaza por haber buscado mejora economica. El dia q deje de existir el concepto de desertor, especialmente para los cubanos que permanecen en territorios de la CELAC, y puedan entrar y salir libremente a su Cuba, se reducirá en un gran % la emigración permanente y retornarán constantemente entrando y saliendo cerca del 100% de los que en muchas ocasiones impulsivamente se quedan
    Que no es secreto que muchos lo hacen impulsados por injusticias laborales de administraciones cubanas de colaboración y no por encantamientos del imperialismo
    Téngase en cuenta que irónicamente muchos hermanos latinoamericanos que se les facilita estudiar en cuba deciden trabajar luego de graduados en el sector privado en sus países motivados por razones económicas, sin embargo ni cuba ni sus gobiernos los califica como desertores y mucho menos les impone 8 años sin entrar a su pais
    La diferencia entre ellos y los cubanos es que ellos no tienen que emigrar de mamera irregular pues tienen la bendicion del libre ir y virar
    Reflexionemos sobre estas realidades para seguir modificando nuestros acuerdos migratorios y la política o mejor las leyes para tratar a nuestros seres humanos hermanos cubanos que sufren esta situación
    Ningún ser humano con dificultades económicas emigra legalmente
    Es bastante insensato no dejar entrar a personas que hicieron lo mismo que otros que tal vez simplemente se casaron pero emigraron igual. ¿Un papel hace la diferencia?
    Busquemos como unirnos y no como separarnos pues estariamos inconscientemente ayudando al único que no puede entrar ni en 8 ni en 1000 años, al imperialismo
    ¿existe algún arreglo especial para facilitar la visita por parte de ciudadanos cubanos residentes en la isla a ciudadanos cubanos que permanecen en Venezuela tras haber emigrado de manera irregular ?
    ¿Se han estudiado soluciones de este tipo para endulzar un poco el abismo que nos separa de quienes aunque hayan emigrado amamos?

  • Leonardo García Pérez dijo:

    Ojalá que ningún extremista intente manipular lo que a continuación plantearé.
    Primero que todo reafirmo mi apoyo incondicional a los 5 y mi desprecio por la política del gobierno de Obama.
    Soy un cubano digno y respetuoso de mi sociedad y de quienes me rodean.
    Pero soy testigo y victima que sufre el dolor de estar separado de mi amada teniendo que soportar el espantoso silencio de los mismos medios y gobierno que amo que reclama con toda pasión y fuerza inspiradora el fin del bloqueo y el retorno de los 5
    El che reflexionó sobre el odio que puede llegar a sentir una persona contra la injusticia aun cuando esté inmerso en una lucha noble apasionada revolucionaria como en la que estamos inmersos los cubanos
    Yo me siento como un niño que sufre con desprecio y odio el divorcio de los mismos padres que ama.
    Y me lacera el alma y la existencia
    Mi amada, como miles más, llora y se arrepiente y ama esta isla pero su dolor y sus pregarias a la virgen de la caridad no reducen la condena de 8 años impuesta a una acción que nuestro propio gobierno sabe que aunque duela no fue un acto ilegal. MÁS doloroso que la ausencia temporal de un medico de su nación es el arrepentimiento eterno de quién se equivocó y no le permiten regresar para subsanar.
    Mañana 12 sept por el canto abierto por los 5 llevaré algo amarillo y por el silencio de la separación de otros miles llevaré algo negro
    Give me 5 ...and give thousands
    Viva la unidad Abajo la separacion

Se han publicado 103 comentarios



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